Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmaron en definitiva el carácter de agente preponderante de Radiomóvil Dipsa, mejor conocida como Telcel, en el mercado de la telefonía celular en nuestro país.
Desde marzo de 2014, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitió una resolución en el sentido que Telcel, parte de América Móvil del empresario mexicano Carlos Slim, debe adoptar 186 medidas asimétricas para permitir a otras empresas competir, evitando prácticas monopólicas.
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Dichas medidas son aplicables a Telmex, Telnor y Telcel, todas partes de América Móvil, e incluyen la regulación de tarifas de interconexión entre su red celular y otras empresas, la obligación de desbloquear sus equipos celulares cuando sus usuarios cancelen el contrato de servicio y la prohibición de aplicar tarifas adicionales por recibir llamadas de otras compañías, entre muchas otras.
En sesión de este miércoles, ministros de la Segunda Sala de la Corte avalaron por unanimidad, la resolución dictada por el IFT en 2014, dejando sin efecto el amparo que interpuso Telcel ante el Juzgado Segundo Especializado en Telecomunicaciones, quien en noviembre de 2015 le negó la protección de la justicia federal.
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No obstante, la empresa de telefonía celular apeló la decisión y acudió ante el Primer Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones, quien avaló el fallo del juzgado de origen, en marzo de 2017.
El caso fue atraído por la Corta a petición de la firma de Slim, y tocó al ministro Fernando Franco, elaborar el proyecto de sentencia confirmando la declaración de preponderancia dictada por el IFT. El proyecto recibió el respaldo de todos los integrantes de la sala.
El alcance en la resolución de los ministros es que las medidas ordenadas por el IFT son aplicables a Telmex, Telnor y Telcel, todas partes de América Móvil, e incluyen la regulación de tarifas de interconexión entre su red celular y otras empresas.
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Así como la obligación de desbloquear sus equipos celulares cuando sus usuarios cancelen el contrato de servicio y la prohibición de aplicar tarifas adicionales por recibir llamadas de otras compañías, entre muchas otras.