/ lunes 26 de octubre de 2020

Dan revés a freno del Cenace sobre energías limpias

Desarrollos Eólicos Mexicanos de Oaxaca 2 y Desarrollos Eólicos Mexicanos de Oaxaca obtuvieron una sentencia favorable

Por determinación de un juez federal, dos empresas que operan plantas de energía limpia dejaron sin efecto el acuerdo del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) que impedía su entrada al mercado.

Se trata de Desarrollos Eólicos Mexicanos de Oaxaca 2, y Desarrollos Eólicos Mexicanos de Oaxaca, las cuales obtuvieron una sentencia favorable con “efectos generales” la cual beneficia a todas las centrales solares y eólicas.

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De esta forma, el juez Juan Pablo Gómez Fierro, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, emitió la primera sentencia sobre este tema.

En su resolución el juzgador indicó que la resolución debe tener efectos generales, ya que de otorgar la protección constitucional con efectos concretos para las empresas, se les estaría otorgando una ventaja competitiva frente a los demás participantes del mercado eléctrico mayorista, lo que podría ocasionar distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector.

“Se considera que esta sentencia de amparo debe tener efectos generales, con la finalidad de evitar un efecto adverso no solo para las quejosas, sino también para los demás participantes del mercado eléctrico mayorista, evitando que se generen distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector y, principalmente, a los usuarios finales y la población en general”, detalla la sentencia.

Fue el Cenace el que emitió el pasado 29 de abril, el Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional con motivo del reconocimiento de epidemia por el virus covid-19, porque aseguró que los usuarios finales habían reducido el consumo de energía eléctrica, lo que generó una disminución de la demanda.






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De esta forma, el juez Juan Pablo Gómez Fierro, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, emitió la primera sentencia sobre este tema.

En su resolución el juzgador indicó que la resolución debe tener efectos generales, ya que de otorgar la protección constitucional con efectos concretos para las empresas, se les estaría otorgando una ventaja competitiva frente a los demás participantes del mercado eléctrico mayorista, lo que podría ocasionar distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector.

“Se considera que esta sentencia de amparo debe tener efectos generales, con la finalidad de evitar un efecto adverso no solo para las quejosas, sino también para los demás participantes del mercado eléctrico mayorista, evitando que se generen distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector y, principalmente, a los usuarios finales y la población en general”, detalla la sentencia.

Fue el Cenace el que emitió el pasado 29 de abril, el Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional con motivo del reconocimiento de epidemia por el virus covid-19, porque aseguró que los usuarios finales habían reducido el consumo de energía eléctrica, lo que generó una disminución de la demanda.






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