/ viernes 11 de febrero de 2022

¿El SAT puede divulgar información sobre ingresos o pago de impuestos?

El Servicio de Administración Tributaria maneja información sensible de los contribuyentes, por lo que debe manejarse con el mayor de los cuidados

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no puede divulgar información de los contribuyentes de manera pública, a menos de que haya una investigación en contra de una persona, de acuerdo con especialistas consultados por El Sol de México.

Juvenal Lobato, académico de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), explicó que solamente autoridades ministeriales o judiciales pueden solicitar información tributaria al SAT, siempre y cuando haya algún delito en proceso.

Se puede solicitar y divulgar información solamente entre las autoridades cuando haya acusaciones de lavado de dinero, por ejemplo, o cuando una persona se niega a pagar una pensión alimenticia; se hace principalmente para conocer el monto de los ingresos de una persona”, señaló el especialista.

➡️ ¿Debo declarar mi tanda? Te decimos lo que dice el SAT

Otro de los casos en que sí puede haber un intercambio de información tributaria es mediante solicitud de algún país que pida la asistencia del SAT para una investigación, pero solamente si se tiene pactado algún convenio o acuerdo internacional.

Además, refirió que el SAT no puede divulgar información de manera pública debido al secreto fiscal, plasmado en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, que señala que el organismo deberá reservarse información declarada por los contribuyentes en general.

“Toda la información que le damos a la autoridad fiscal tiene que ser reservada, sin importar las actividades que realicemos. Ni los mismos trabajadores del SAT pueden divulgar la información a terceros”, señaló Verónica Zepeda Vargas, docente de la Escuela Bancaria y Comercial (EBC).

El Sol de México pidió una postura sobre el tema al SAT, pero no hubo respuesta.

Esta mañana, el presidente Andrés Manuel López Obrador divulgó las presuntas ganancias del periodista Carlos Loret de Mola, a raíz de un informe que le llegó y por lo cual pedirá al SAT, al igual que al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la verificación de estos datos.

La académica de la EBC explicó que las personas pueden interponer una queja a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) en caso de que exista una violación al secreto fiscal.

Según la especialista, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública también respalda la secrecía de los datos de los contribuyentes en general.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no puede divulgar información de los contribuyentes de manera pública, a menos de que haya una investigación en contra de una persona, de acuerdo con especialistas consultados por El Sol de México.

Juvenal Lobato, académico de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), explicó que solamente autoridades ministeriales o judiciales pueden solicitar información tributaria al SAT, siempre y cuando haya algún delito en proceso.

Se puede solicitar y divulgar información solamente entre las autoridades cuando haya acusaciones de lavado de dinero, por ejemplo, o cuando una persona se niega a pagar una pensión alimenticia; se hace principalmente para conocer el monto de los ingresos de una persona”, señaló el especialista.

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Otro de los casos en que sí puede haber un intercambio de información tributaria es mediante solicitud de algún país que pida la asistencia del SAT para una investigación, pero solamente si se tiene pactado algún convenio o acuerdo internacional.

Además, refirió que el SAT no puede divulgar información de manera pública debido al secreto fiscal, plasmado en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, que señala que el organismo deberá reservarse información declarada por los contribuyentes en general.

“Toda la información que le damos a la autoridad fiscal tiene que ser reservada, sin importar las actividades que realicemos. Ni los mismos trabajadores del SAT pueden divulgar la información a terceros”, señaló Verónica Zepeda Vargas, docente de la Escuela Bancaria y Comercial (EBC).

El Sol de México pidió una postura sobre el tema al SAT, pero no hubo respuesta.

Esta mañana, el presidente Andrés Manuel López Obrador divulgó las presuntas ganancias del periodista Carlos Loret de Mola, a raíz de un informe que le llegó y por lo cual pedirá al SAT, al igual que al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la verificación de estos datos.

La académica de la EBC explicó que las personas pueden interponer una queja a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) en caso de que exista una violación al secreto fiscal.

Según la especialista, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública también respalda la secrecía de los datos de los contribuyentes en general.

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