La Procuraduría Federal del Consumidor informó a través de su titular, Rogelio Cerda Pérez, que ganó una acción de grupo, presentada desde 2012, originada por el cobro indebido de cuotas extraordinarias por mil 044 dólares, que en el año 2010 realizó la empresa Howard Johnson Hotel Puerto Vallarta.
El fallo fue dictado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito con residencia en Jalisco en favor de más de cuatro mil consumidores, en su mayoría extranjeros, por lo que el Primer Tribunal Unitario del Tercer Circuito, resolvió condenar a la empresa que ofrece tiempos compartidos. Se promovió un amparo directo, a través de la Subprocuraduría Jurídica, después de dos instancias desfavorables, cuyas sentencias dictadas por las autoridades judiciales en Jalisco absolvieron a la demandada.
La condena es a reparar los daños ocasionados a quienes se acrediten como consumidores del tiempo compartido en análisis, mediante la vía incidental, lo cual realizarán en la segunda etapa del juicio.