/ sábado 1 de julio de 2017

Movistar deberá reparar daño a todos sus usuarios del 2010 por deficiencias en servicio

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación(SCJN), resolvió por unanimidad un juicio de amparo interpuestopor la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), para que lasempresas subsidiarias que integran Telefónica Movistar, respondany reparen el daño a los usuarios afectados por deficiencias en losservicios de telefonía móvil durante el año 2010, quienesinterpusieron una acción de grupo.

La resolución marca un precedente trascendental en defensa delos derechos de los consumidores, al determinar que laconcesionaria que explotan una red de telefonía móvil en sucalidad de empresa filial, es considerada como “obligadasolidaria” y deberá responder también ante las fallas delservicio.

La decisión, tomada el 28 de junio de 2017, evita dejar impuneslas prácticas que lesionaron los derechos de los usuarios deempresas de Telefónica Movistar.

Entérate:

Los ministros establecieron que cuando un grupo de consumidoresde telefonía móvil es muy numeroso, es imperativo establecer unafórmula para garantizar el resarcimiento de los derechosvulnerados.

En la acción contra Telefónica Movistar, la resoluciónestablece que la carga de pruebas en la ejecución sobre afectadosconcretos es de la compañía telefónica y no de los usuarios,como proponía la empresa, con lo cual en caso de que no laspresente, la bonificación será para todos los usuarios que lacompañía tenía en 2010, es decir, aproximadamente 19 millones deusuarios.

Asimismo, el fallo de la Primera Sala esboza esquemas deresarcimiento y bonificación para los usuarios, sobre los cuales,el Primer Tribunal Unitario de Circuito de la Ciudad de Méxicodeberá dar cumplimiento a la ejecutoria.

Rafael Ochoa Morales, en funciones de Procurador Federal delConsumidor, reconoció el análisis realizado por los ministros dela Primera Sala en este asunto, el cual empodera a los consumidoresafectados por deficiencias en el servicio de telefonía móvil, loque permite proteger a una colectividad, garantizar el respeto asus derechos y la reparación del daño.

El proyecto de esta sentencia se hizo público en la sesión dela Primera Sala de la Corte del pasado miércoles, y pasó aengrose para la versión definitiva de la sentencia.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación(SCJN), resolvió por unanimidad un juicio de amparo interpuestopor la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), para que lasempresas subsidiarias que integran Telefónica Movistar, respondany reparen el daño a los usuarios afectados por deficiencias en losservicios de telefonía móvil durante el año 2010, quienesinterpusieron una acción de grupo.

La resolución marca un precedente trascendental en defensa delos derechos de los consumidores, al determinar que laconcesionaria que explotan una red de telefonía móvil en sucalidad de empresa filial, es considerada como “obligadasolidaria” y deberá responder también ante las fallas delservicio.

La decisión, tomada el 28 de junio de 2017, evita dejar impuneslas prácticas que lesionaron los derechos de los usuarios deempresas de Telefónica Movistar.

Entérate:

Los ministros establecieron que cuando un grupo de consumidoresde telefonía móvil es muy numeroso, es imperativo establecer unafórmula para garantizar el resarcimiento de los derechosvulnerados.

En la acción contra Telefónica Movistar, la resoluciónestablece que la carga de pruebas en la ejecución sobre afectadosconcretos es de la compañía telefónica y no de los usuarios,como proponía la empresa, con lo cual en caso de que no laspresente, la bonificación será para todos los usuarios que lacompañía tenía en 2010, es decir, aproximadamente 19 millones deusuarios.

Asimismo, el fallo de la Primera Sala esboza esquemas deresarcimiento y bonificación para los usuarios, sobre los cuales,el Primer Tribunal Unitario de Circuito de la Ciudad de Méxicodeberá dar cumplimiento a la ejecutoria.

Rafael Ochoa Morales, en funciones de Procurador Federal delConsumidor, reconoció el análisis realizado por los ministros dela Primera Sala en este asunto, el cual empodera a los consumidoresafectados por deficiencias en el servicio de telefonía móvil, loque permite proteger a una colectividad, garantizar el respeto asus derechos y la reparación del daño.

El proyecto de esta sentencia se hizo público en la sesión dela Primera Sala de la Corte del pasado miércoles, y pasó aengrose para la versión definitiva de la sentencia.

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