A través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo(Profedet) podrás recibir asesoría sobre el monto correspondientey la fecha para recibir el pago correspondiente a tu aguinaldo.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) semantendrá vigilante, en esta temporada de fin de año, para quelas empresas cumplan con su obligación de pagar a tiempo elaguinaldo a sus empleados, que a partir del 20 de diciembrepróximo, podrán iniciar juicio por incumplimiento.
Durante todo el mes se brindará asesoría a trabajadores sobreeste derecho en el que tienen todo un año para presentar sudenuncia, donde la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajosolicitará, en su caso, la intervención de la InspecciónFederal.
Será a partir del 20 de diciembre cuando losempleados podrán iniciar el trámite de juicio o conciliación porincumplimientos. En ningún caso el patrón puede alegardificultades económicas de la empresa o falta de utilidades comojustificación para no pagar este derecho o reducir su importe.
Los trabajadores podrán solicitar información al respecto,vía telefónica, en el número gratuito 01 800 9117877 (con servicio de buzón de voz para horas y díasinhábiles), o en el 5134 9800 para la Zona Metropolitanade la Ciudad de México, con horario de atención de 08:00a 20:00 horas de lunes a viernes.
También podrán enviar sus inquietudes mediante correoelectrónico a la direcciónorientacionprofedet@stps.gob.mx; la respuesta seles hará llegar por la misma vía.
La STPS pone a disposición una Unidad Móvil que se ubicará endiferentes partes de la Ciudad de México y el Área Metropolitana,así como atención personalizada en cualquiera de las 48oficinas con las que cuenta en la RepúblicaMexicana.
El Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que losempleados tienen derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarseantes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario,por lo menos.
Los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicio,independientemente de que se encuentren laborando o no en la fechade liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les paguela parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubierentrabajado, cualquiera que fuere éste.
El aguinaldo, por tanto, es un derecho de todos lostrabajadores, sin excepción alguna, ya sean de base, de confianza,de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempodeterminado o eventuales, así como para los comisionistas, losagentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, quese rijan por la legislación laboral.