/ lunes 8 de noviembre de 2021

Profeco advierte a aerolíneas de acciones legales por cobro de equipaje

La Profeco recordó que desde el 5 de noviembre solicitó a las aerolíneas detener este cobro al que calificó de “prácticas abusivas”

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) advirtió a Aeroméxico, Viva Aerobús y Volaris que emprenderá acciones legales si continúan cobrando el equipaje de mano a los usuarios.

El organismo reiteró su exhorto a las empresas de “detener el cobro indebido que hacen en su tarifa por equipaje de mano, y evitar con ello acciones legales en su contra”.

➡️ Estas son las aerolíneas confirmadas para el Aeropuerto de Santa Lucía

En un comunicado, la Profeco recordó que desde el 5 de noviembre solicitó a las aerolíneas detener este cobro al que calificó de “prácticas abusivas” y que detectó en un monitoreo hecho en las páginas de las empresas.

“Lo anterior, se considera, podría constituir una práctica que lesiona los intereses y derechos de los consumidores”, explicó el organismo.

Recordó que de acuerdo con el artículo 47 Bis, fracción IX, tercer párrafo de la Ley de Aviación Civil, los pasajeros podrán llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano que no excedan los 10 kilogramos.

En ese sentido, la Profeco subrayó que, bajo el apercibimiento que de no eliminar este cobro, se emitirá una Alerta y se iniciarán procedimientos por infracciones a la Ley.



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La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) advirtió a Aeroméxico, Viva Aerobús y Volaris que emprenderá acciones legales si continúan cobrando el equipaje de mano a los usuarios.

El organismo reiteró su exhorto a las empresas de “detener el cobro indebido que hacen en su tarifa por equipaje de mano, y evitar con ello acciones legales en su contra”.

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En un comunicado, la Profeco recordó que desde el 5 de noviembre solicitó a las aerolíneas detener este cobro al que calificó de “prácticas abusivas” y que detectó en un monitoreo hecho en las páginas de las empresas.

“Lo anterior, se considera, podría constituir una práctica que lesiona los intereses y derechos de los consumidores”, explicó el organismo.

Recordó que de acuerdo con el artículo 47 Bis, fracción IX, tercer párrafo de la Ley de Aviación Civil, los pasajeros podrán llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano que no excedan los 10 kilogramos.

En ese sentido, la Profeco subrayó que, bajo el apercibimiento que de no eliminar este cobro, se emitirá una Alerta y se iniciarán procedimientos por infracciones a la Ley.



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