Este miércoles, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) dio a conocer que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la suspensión contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT)
La primera sala del alto tribunal confirmó por cuatro votos a favor y uno en contra, la concesión respecto a la obligación de instalar, operar, regular y mantener la iniciativa la cual permitía exigir datos biométricos de los usuarios de teléfonos celulares.
➡️ Padrón de telefonía móvil desconectará a 20 millones de mexicanos
"Esta suspensión permite salvaguardar el mandato constitucional del IFT como regulador y garante, en su ámbito de competencia, de los derechos humanos contenidos en los artículos 6° y 7° constitucionales", menciono el IFT.
Asimismo, el organismo señaló que esta suspensión “impide que se obligue al IFT a implementar un modelo regulatorio que inhibe y condiciona un acceso libre y sin injerencias arbitrarias a los servicios de telecomunicaciones".
El IFT dejo en claro que como parte del estado mexicano, tiene el deber de "garantizar y propiciar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y a los servicios de telecomunicaciones" para todos los mexicanos.
Señaló que la resolución apoyará a que estos aspectos sean conocidos y resueltos "sin que el PANAUT entre en vigor", y por tanto se generen afectaciones adicionales a los usuarios de telefonía móvil, pues impide aplicar la medida de requerirles sus datos biométricos para contar con el servicio.
El PANAUT, una iniciativa envuelta en polémica
La reforma legal que exige el padrón de datos biométricos de los usuarios de teléfonos móviles causó polémica porque los concesionarios y el gobierno dejarán sin servicio a quienes no proporcionen esos datos en un plazo de dos años para líneas preexistentes y de seis meses para nuevas líneas.
El presidente, Andrés Manuel López Obrador, ha defendido el padrón con el argumento de que combatirá las extorsiones y al crimen organizado.
Desde el 27 de abril la reforma legal estaba suspendida de forma indefinida por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, que consideró que la norma "viola derechos de usuarios y no disminuirá los delitos".
➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo
Por su parte, IFT expuso que no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del PANAUT con cargo a su presupuesto.
“El IFT no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del PANAUT con cargo a su presupuesto. La totalidad de los recursos presupuestales aprobados por la Cámara de Diputados para el presente ejercicio fiscal 2021, están asignados a las funciones que mandata la Constitución a este órgano regulador”, indicó en un comunicado.
TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️
Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music