/ lunes 14 de septiembre de 2015

Aprueba la SCJN 3 jurisprudencias en materia de delitos electorales

Ciudad de México.- El Pleno de la Suprema Corte deJusticia de la Nación aprobó 3 jurisprudencias en materia dedelitos electorales; todas se relacionan con lo previsto en elArtículo 16 de la Ley General en la materia.

De esta manera resolvieron las Tesis 20/2015, 18/2015y la 19/2015. La primera de ellas establece que al prever loselementos del tipo penal que regula, respeta el derecho fundamentalde exacta aplicación de la ley, reconocido en el Artículo 14 dela Constitución.

Pues contiene los elementos del tipo penal que regulay al sujeto activo, que corresponde a los ministros de cultoreligioso o a cualquier persona en el ejercicio del mismo.

Las conductas a sancionar consisten en presionar elsentido del voto o inducir al electorado a votar o abstenerse devotar por un candidato, partido o coalición.

Imponiendo como pena o sanción la de 100 a 500 díasmulta.

El Pleno determinó que dicha multa tampocotransgrede el derecho humano a la libertad religiosa.

Pues la medida busca inhibir que los ministros deculto, realicen proselitismo a favor de un determinado candidato opartido.

Además, con ello, se garantiza el voto libre delciudadano, sin ningún tipo de coacción externa.

El Pleno también fijó como criterio que el habereliminado la porción normativa: “Orientar el sentido delvoto”, tampoco transgrede el derecho humano a la libertadreligiosa.

Ciudad de México.- El Pleno de la Suprema Corte deJusticia de la Nación aprobó 3 jurisprudencias en materia dedelitos electorales; todas se relacionan con lo previsto en elArtículo 16 de la Ley General en la materia.

De esta manera resolvieron las Tesis 20/2015, 18/2015y la 19/2015. La primera de ellas establece que al prever loselementos del tipo penal que regula, respeta el derecho fundamentalde exacta aplicación de la ley, reconocido en el Artículo 14 dela Constitución.

Pues contiene los elementos del tipo penal que regulay al sujeto activo, que corresponde a los ministros de cultoreligioso o a cualquier persona en el ejercicio del mismo.

Las conductas a sancionar consisten en presionar elsentido del voto o inducir al electorado a votar o abstenerse devotar por un candidato, partido o coalición.

Imponiendo como pena o sanción la de 100 a 500 díasmulta.

El Pleno determinó que dicha multa tampocotransgrede el derecho humano a la libertad religiosa.

Pues la medida busca inhibir que los ministros deculto, realicen proselitismo a favor de un determinado candidato opartido.

Además, con ello, se garantiza el voto libre delciudadano, sin ningún tipo de coacción externa.

El Pleno también fijó como criterio que el habereliminado la porción normativa: “Orientar el sentido delvoto”, tampoco transgrede el derecho humano a la libertadreligiosa.

Finanzas

Comisiones del Senado aprueban creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar

Con 19 votos a favor, 10 en contra y una abstención las Comisiones Unidas de Seguridad Social, y de Estudios Legislativos, Segunda, aprobaron dicho dictamen

Elecciones 2024

Pobladores de Motozintla descartan montaje en incidente con Claudia Sheinbaum

Pobladores del municipio de Motozintla, Chiapas, negaron que el incidente registrado este domingo con la candidata de la coalición Sigamos Haciendo Historia, Claudia Sheinbaum Pardo, haya sido un montaje

Sociedad

Detienen a cuatro supuestos involucrados en el homicidio del ex alcalde de Ixtapaluca

Este mismo miércoles Fernando Fernández fue acribillado por unos motociclistas

Metrópoli

Vuelca Mexibus en Ecatepec; hay tres lesionados

Una unidad de la línea 4 del Mexibus volcó a la altura de Venta de Carpio, en Ecatepec

Sociedad

México es muchísimo más peligroso que hace 18 años: Amnistía Internacional

Amnistía Internacional sostuvo que México comete múltiples fallas en materia de derechos, lo que lo vuelve un país más peligroso

Elecciones 2024

Candidatos de Xochimilco debaten en menos tiempo y sin confrontaciones

Los tres candidatos no agotaron el tiempo disponible para el diálogo y debate