/ viernes 27 de mayo de 2016

Prohíben a Arne, city manager delegacional usar Periscope como funcionario

México.- El Juzgado 14 de Distrito en MateriaAdministrativa en la Ciudad de México dictó la suspensióndefinitiva al amparo promovido por el city manager de ladelegación Miguel Hidalgo, Arne aus den Ruthen Haag, que lo obligaa no utilizar Periscope y sus demás redes sociales ostentándosecomo servidor público.

La resolución 728/2016 señala que el funcionariolocal podrá hacer uso de las redes igual que hace la ciudadaníaen general y no como medio de comunicación oficial para abordarasuntos que competen al ámbito de gobierno.

El documento precisa que la medida se toma a fin deevitar cualquier tipo de intervención e incidencia en el procesoelectoral que se desarrolla en la capital del país.

La suspensión definitiva no lo exime de cumplir conlas normas legales aplicables ni de acatar las prohibicionescontenidas en distintos ordenamientos legales, además de que noampara la violación o infracción a diversas disposiciones legalesen materia electoral, ni ninguna otra de diversa naturaleza.

“Dicha medida cautelar no es concedida con respectode otros actos que sean violatorios de diversas normas legales, ode actos realizados con posterioridad a la presentación de lademanda, y que constituyan cuestiones no planteadas en la misma”,establece el texto.

/eupr

México.- El Juzgado 14 de Distrito en MateriaAdministrativa en la Ciudad de México dictó la suspensióndefinitiva al amparo promovido por el city manager de ladelegación Miguel Hidalgo, Arne aus den Ruthen Haag, que lo obligaa no utilizar Periscope y sus demás redes sociales ostentándosecomo servidor público.

La resolución 728/2016 señala que el funcionariolocal podrá hacer uso de las redes igual que hace la ciudadaníaen general y no como medio de comunicación oficial para abordarasuntos que competen al ámbito de gobierno.

El documento precisa que la medida se toma a fin deevitar cualquier tipo de intervención e incidencia en el procesoelectoral que se desarrolla en la capital del país.

La suspensión definitiva no lo exime de cumplir conlas normas legales aplicables ni de acatar las prohibicionescontenidas en distintos ordenamientos legales, además de que noampara la violación o infracción a diversas disposiciones legalesen materia electoral, ni ninguna otra de diversa naturaleza.

“Dicha medida cautelar no es concedida con respectode otros actos que sean violatorios de diversas normas legales, ode actos realizados con posterioridad a la presentación de lademanda, y que constituyan cuestiones no planteadas en la misma”,establece el texto.

/eupr

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