Este jueves se realizó ante un Juez de Control, la audienciainicial del potosino Juan René Silva Martínez, quien apuñaló alpadre Miguel Angel Machorro en la Catedral Metropolitana.
Por un lado, el juez de Control Alejandro Cruz Sevilla, declaróla inimputabilidad del agresor acusado de tentativa de homicidioagravado y por otra parte, calificó de legal su detención y leimpuso como medida cautelar su sometimiento a vigilancia en elCentro Varonil de Readaptación Psicosocial. Será hasta el 22 demayo, cuando se defina si es vinculado o no, a proceso.
Asimismo, el acusado se reservó su derecho a declarar y unperito en psiquiatría confirmó que presenta síntomas activos detrastorno psicótico.
El detenido que llegó a las 11 de la mañana a las salas dejuicio oral en el Tribunal Superior de Justicia capitalino,asesorado por su defensor privado, solicitó la duplicidad deltérmino constitucional para que le sea definida su situaciónjurídica.
Por ello, se programó la continuación de audiencia para elpróximo día 22 de mayo, en la que el juez determinará si lovincula o no a proceso.
Al inicio de la audiencia el Juez Cruz Sevilla hizo unainterpretación armónica de la legislación nacional y deconvenciones internacionales signadas por México para determinarque, a pesar de la inimputabilidad del detenido, éste tiene lacapacidad jurídica de goce y ejercicio de sus derechos.
Para su comparecencia en la audiencia, y dada la condición delacusado, el juez determinó que éste debía estar asistido,además de sus defensores públicos, por un perito en psiquiatríay una facilitadora encargada por hacer valer sus derechos, en estecaso una especialista de la organización Documenta.
En la solicitud de audiencia por parte del agente del MinisterioPúblico hecha al TSJCDMX, se estableció que un perito deinstitución pública de psiquiatría, consideró que el detenidopresentaba un trastorno psicótico de origen a determinar, que locoloca en la condición de no reconocer lo que es un hechodelictivo.
Entérate:
Por tal motivo, el juzgador procedió a declarar lainimputabilidad, aclarando que, con base en una interpretaciónarmónica de la legislación mexicana y de la Convención sobre losDerechos de las Personas con Discapacidad, el detenido tienecapacidad jurídica y goce y ejercicio de sus derechos.
Por otra parte, el agente del Ministerio Público tuvooportunidad de imputar el delito al detenido, refiriendo que causóuna herida al párroco con un cuchillo en la cara posterior delcuello, hecho que atestiguaron diversas personas que alertaron a unpolicía federal, a quien solicitaron su intervención para deteneral agresor.
El juez Cruz Sevilla consultó al detenido si era su deseodeclarar, lo que motivó que su abogado defensor solicitara unreceso para discutir en privado este punto con su defendido, elperito y la facilitadora.
Una vez culminado el receso de 20 minutos, el juez consultó aldetenido, quien, asesorado por su abogado, expresó su deseo dereservarse su derecho a declarar.
En este punto, el perito en psiquiatría advirtió que, duranteel receso, y con base en un examen mental, el sujeto presentabasíntomas activos de trastorno psicótico, tales como ideasdelirantes de tipo persecutorio y distorsión de la realidad.