/ miércoles 26 de julio de 2017

Se sancionará con 3 años de prisión a personas que abandonen a adultos mayores

Por Aurelio Sánchez

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF)aprobó modificaciones a la ley con lo que se castigará hasta contres años de cárcel a quienes, teniendo la obligación decuidarlos, abandonen adultos mayores o personas con discapacidad enla Ciudad de México. Sin embargo, esta sanción podrá ser evadidacon el pago de una fianza.

Los cambios aprobados por el pleno sancionan tambiénque se les impida su participación plena y efectiva en lasociedad, se les discrimine, explote o ponga en riesgo su persona,bienes y derechos.

El dictamen propuesto por la diputada ElizabethMateos adiciona y reforma la Ley de las Personas Adultas Mayores,la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas conDiscapacidad y el Código Penal para el Distrito Federal.

Se tipifica el abandono como todo acto de aislamientoo hacinamiento sistemático, permanente, consciente y deliberadohacia las personas adultas mayores, entendidos como una exclusióno como actos discriminatorios o de menosprecio hacia supersona.

El reformado artículo 156 del Código Penal para elDistrito Federal establece que a quien abandone a una personaincapaz de valerse por sí misma, teniendo la obligación decuidarla, se le impondrán de tres meses a tres años de prisiónsi no resultare lesión o daño alguno. Si el responsable esascendiente o tutor del ofendido se le privará también de lapatria potestad o de la tutela.

En tanto, el artículo 158 prevé la misma penaprivativa de la libertad a quien exponga en una institución o antecualquier persona, a un incapaz de valerse por sí mismo,incluyendo a las personas adultas mayores y/o con discapacidad,respecto del cual tenga la obligación de cuidar o se encuentrelegalmente a su cargo.

Hogar, un infierno

La presidenta de la Comisión de Atención a GruposVulnerables dijo que cada día en nuestro país unas 850 personascumplen 60 años de edad, lo que representa que 306 mil adultosmayores se sumen a los que existen al año, cuya población totalse duplicará para 2030.

En México, tres de cada cinco personas adultasmayores sufren violencia al interior de la familia y otro 16% esvíctima de maltrato, como golpes, ataques sicológicos, insultos yrobo de bienes.

Mateos Hernández puntualizó que otro tipo demaltrato es el abandono, lo cual incide también en que 62% de losaccidentes que sufren las personas adultas mayores ocurra en casa y26% en la calle; en muchos de los casos, la víctima requierehospitalización, destacó.

El dictamen aprobado por los diputados de todas lasfracciones parlamentarias promueve un acto de justicia entre losintegrantes de ese grupo de la población toda vez que el abandonono estaba tipificado en el Código Penal para el Distrito Federal,concluyó.

Por Aurelio Sánchez

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF)aprobó modificaciones a la ley con lo que se castigará hasta contres años de cárcel a quienes, teniendo la obligación decuidarlos, abandonen adultos mayores o personas con discapacidad enla Ciudad de México. Sin embargo, esta sanción podrá ser evadidacon el pago de una fianza.

Los cambios aprobados por el pleno sancionan tambiénque se les impida su participación plena y efectiva en lasociedad, se les discrimine, explote o ponga en riesgo su persona,bienes y derechos.

El dictamen propuesto por la diputada ElizabethMateos adiciona y reforma la Ley de las Personas Adultas Mayores,la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas conDiscapacidad y el Código Penal para el Distrito Federal.

Se tipifica el abandono como todo acto de aislamientoo hacinamiento sistemático, permanente, consciente y deliberadohacia las personas adultas mayores, entendidos como una exclusióno como actos discriminatorios o de menosprecio hacia supersona.

El reformado artículo 156 del Código Penal para elDistrito Federal establece que a quien abandone a una personaincapaz de valerse por sí misma, teniendo la obligación decuidarla, se le impondrán de tres meses a tres años de prisiónsi no resultare lesión o daño alguno. Si el responsable esascendiente o tutor del ofendido se le privará también de lapatria potestad o de la tutela.

En tanto, el artículo 158 prevé la misma penaprivativa de la libertad a quien exponga en una institución o antecualquier persona, a un incapaz de valerse por sí mismo,incluyendo a las personas adultas mayores y/o con discapacidad,respecto del cual tenga la obligación de cuidar o se encuentrelegalmente a su cargo.

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La presidenta de la Comisión de Atención a GruposVulnerables dijo que cada día en nuestro país unas 850 personascumplen 60 años de edad, lo que representa que 306 mil adultosmayores se sumen a los que existen al año, cuya población totalse duplicará para 2030.

En México, tres de cada cinco personas adultasmayores sufren violencia al interior de la familia y otro 16% esvíctima de maltrato, como golpes, ataques sicológicos, insultos yrobo de bienes.

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