/ domingo 9 de junio de 2019

Capitalinos, a trabajo comunitario por infracciones cívicas

Sancionarán a las personas que beban alcohol en las calles o hagan falsas llamadas de emergencia

Desde ayer las faltas cívicas ya no serán sancionadas solamente con una multa económica o un arresto temporal, también se podrán imponer jornadas de trabajo comunitario que irán de tres a 18 horas.

Lo anterior quedó establecido en la nueva Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial el viernes por la noche y entró en vigor desde ayer. En ella también se regulan las sanciones de fotocívicas.

De esta manera infracciones como orinar en la calle, tirar basura en lugares no autorizados, ingerir bebidas alcohólicas en espacios públicos, riñas o falsas llamadas de emergencia serán sancionables también con trabajo en favor de la comunidad.

Para ello la autoridad clasificó las infracciones cívicas en cuatro tipos. La A se sancionará con multa de 1 a 10 veces la Unidad de Medida (que equivale a 84.49 pesos), arresto de seis a 12 horas o trabajo comunitario de tres a seis horas.

En este supuesto están infracciones como “vejar, intimidar o maltratar física o verbalmente a cualquier persona”.

Las infracciones tipo B ameritarán una multa de 10 a 40 veces la Unidad de Medida, arresto de 13 a 24 horas o jornadas comunitarias de seis a 12 horas. En este nivel está, por ejemplo, “proferir silbidos o expresiones verbales de connotación sexual a una persona”.

Las C con una multa de 21 a 30 Unidades de Medida, arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas. Aquí están infracciones como “ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados”.

Finalmente están las infracciones tipo D, que no admiten el pago de una multa y se van directo al arresto de 20 a 36 horas o jornadas de trabajo comunitario de 10 a 18 horas. En este nivel recaen, por ejemplo, provocar lesiones que tarden menos de 15 días en sanar.

También se formaliza la inclusión del sistema de fotocívicas en la Ley de Cultura Cívica y se detalla en el artículo 106, fracción VI, que si el probable infractor “no está de acuerdo con las infracciones tendrá un plazo de 5 días hábiles para hacer valer lo que a su derecho convenga, así como presentar las pruebas que considere adecuadas”.

Desde ayer las faltas cívicas ya no serán sancionadas solamente con una multa económica o un arresto temporal, también se podrán imponer jornadas de trabajo comunitario que irán de tres a 18 horas.

Lo anterior quedó establecido en la nueva Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial el viernes por la noche y entró en vigor desde ayer. En ella también se regulan las sanciones de fotocívicas.

De esta manera infracciones como orinar en la calle, tirar basura en lugares no autorizados, ingerir bebidas alcohólicas en espacios públicos, riñas o falsas llamadas de emergencia serán sancionables también con trabajo en favor de la comunidad.

Para ello la autoridad clasificó las infracciones cívicas en cuatro tipos. La A se sancionará con multa de 1 a 10 veces la Unidad de Medida (que equivale a 84.49 pesos), arresto de seis a 12 horas o trabajo comunitario de tres a seis horas.

En este supuesto están infracciones como “vejar, intimidar o maltratar física o verbalmente a cualquier persona”.

Las infracciones tipo B ameritarán una multa de 10 a 40 veces la Unidad de Medida, arresto de 13 a 24 horas o jornadas comunitarias de seis a 12 horas. En este nivel está, por ejemplo, “proferir silbidos o expresiones verbales de connotación sexual a una persona”.

Las C con una multa de 21 a 30 Unidades de Medida, arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas. Aquí están infracciones como “ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados”.

Finalmente están las infracciones tipo D, que no admiten el pago de una multa y se van directo al arresto de 20 a 36 horas o jornadas de trabajo comunitario de 10 a 18 horas. En este nivel recaen, por ejemplo, provocar lesiones que tarden menos de 15 días en sanar.

También se formaliza la inclusión del sistema de fotocívicas en la Ley de Cultura Cívica y se detalla en el artículo 106, fracción VI, que si el probable infractor “no está de acuerdo con las infracciones tendrá un plazo de 5 días hábiles para hacer valer lo que a su derecho convenga, así como presentar las pruebas que considere adecuadas”.

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