El Congreso de la Ciudad de México, podrá designar a integrantes del Consejo Judicial Ciudadano, que se encargara de designar a los jueces de la capital, por lo que desestimó la acción de inconstitucionalidad que presentó la PGR. Pese a que siete ministros estuvieron en contra de esta figura, alegando que puede incidir indebidamente en la independencia de los jueces, no alcanzó la mayoría en el pleno para invalidarlo.
En sesión de este jueves, los ministros de la Corte también determinaron que quien presida el Consejo de la Judicatura no podrá presidir dicho consejo y solo declararon inválido el precepto de que tres consejeros deben ser de carrera judicial, indicando que en su totalidad, los siete consejeros deben ser magistrados.
En su artículo 35, la constitución de la Ciudad de México señala la creación del Consejo Judicial Ciudadano, que estará conformado por 11 ciudadanos y serán designadas por dos tercios del Congreso.
A este respecto, el ministro presidente, Luis María Aguilar advirtió que el Consejo Judicial Ciudadano, “puede incidir indebidamente en la independencia de los jueces, al no ser un nombramiento que se haga con una legitimidad democrática que no tiene responsabilidades constitucionales y que es ad hoc al desaparecer una vez que hay hecho los nombramientos”.
En contraparte, el ministro José Ramón Cossío sostuvo que el Consejo de la Judicatura local tiene funciones propias, y reglas, “no es un cheque en blanco que se le esté dando a estos señores, que vienen de un origen ciudadano, no veo que se les diga ustedes por haber sido designados por ciudadanos, tienen la posibilidad de intervenir”.
Al momento de la votación, Arturo Saldivar, Jorge Mario Pardo, Fernando Franco, Alberto Pérez, Eduardo Medina, Margarita Luna y Luis María Aguilar se pronunció por invalidar el precepto, pero al no haberse alcanzado la mayoría calificada de ocho votos, el punto fue desestimado.
También se mantuvo en vigor la prohibición de que el Presidente del Tribunal Superior de Justicia encabece dicho Consejo, siete ministros se pronunció por su invalidez, al considerar que atenta contra la independencia del Poder Judicial y la separación de Poderes. Sin embargo al no alcanzar la mayoría calificada de ocho votos, el punto fue desestimado.
En donde sí hubo consenso, fue que dicho consejo debe integrarse mayoritariamente por miembros de carrera judicial, es decir que al menos siete integrantes del Consejo deben ser magistrados, y no solo tres como se proponía al considerar que ello no era una garantía de independencia judicial.