/ miércoles 7 de julio de 2021

Elimina Congreso de CDMX el plazo para abortar en caso de violación

Ya no habrá ninguna limitante, como es el embarazo hasta de cinco meses para abortar por caso de violación, se podrá hacer después de las 20 semanas de gestación

Con 44 votos a favor y 7 en contra, integrantes del Congreso capitalino aprobaron no obstaculizar el aborto a las mujeres víctimas de violación, ya que se limitaba esta práctica hasta las 20 semanas de gestación.

Sin que prosperaran los argumentos de los diputados panistas que no respaldaron el documento y presentaron reservas que fueron rechazadas, el pleno del Poder Legislativo local, en periodo extraordinario de sesiones, aceptó modificar el artículo sexto de la legislación para eliminar párrafo que especificaba la definición de interrupción voluntaria del embarazo y limitaba el acceso al aborto para víctimas de violación hasta las 20 semanas de gestación.

De esta manera, con el aval del dictamen que presentó la Comisión de Salud, que preside la morenista María de Lourdes Paz Reyes, tuvieron eco las observaciones enviadas por la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, al decreto porque se expide la Ley de Salud de la Ciudad de México.

Quedó establecido que ya no habrá ninguna limitante, como es el embarazo hasta de cinco meses para abortar por caso de violación, se podrá hacer después de las 20 semanas de gestación, de una manera segura, con la garantía de técnicas adecuadas y profesionales de salud, al considerarse que lleva tiempo la denuncia del delito que presenta una mujer, como cuando el atacante es uno de sus familiares.

Paz Reyes indicó que ese plazo no está establecido en la Norma Oficial Mexicana 046, sobre criterios de atención a víctimas de violencia, ni en la Ley General de Víctimas, por lo que fue eliminado.

Dentro de la argumentación se expone que “es procedente eliminar las semanas de gestión para determinar la interrupción voluntaria del embarazo”.

A lo anterior se fundamenta que “en respeto y garantía de los derechos humanos de las víctimas de violencia sexual, no son las normas jurídicas las que deban establecer la procedencia de la interrupción voluntaria del embarazo, si no que este debe ser analizado y valorado en cada caso en específico”.

Ello, de conformidad con los protocolos de atención, guías técnicas y de políticas establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para la provisión de servicios de aborto seguro, que puede ser brindado con garantía sin importar el plazo, siempre y cuando se utilicen las técnicas adecuadas y profesionales de salud.

Al aceptar el dictamen, los representantes populares decidieron abrogar la Ley de Salud del Distrito Federal y expedir la Ley de Salud de la Ciudad de México, enviada por la titular de la jefatura de gobierno.



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Con 44 votos a favor y 7 en contra, integrantes del Congreso capitalino aprobaron no obstaculizar el aborto a las mujeres víctimas de violación, ya que se limitaba esta práctica hasta las 20 semanas de gestación.

Sin que prosperaran los argumentos de los diputados panistas que no respaldaron el documento y presentaron reservas que fueron rechazadas, el pleno del Poder Legislativo local, en periodo extraordinario de sesiones, aceptó modificar el artículo sexto de la legislación para eliminar párrafo que especificaba la definición de interrupción voluntaria del embarazo y limitaba el acceso al aborto para víctimas de violación hasta las 20 semanas de gestación.

De esta manera, con el aval del dictamen que presentó la Comisión de Salud, que preside la morenista María de Lourdes Paz Reyes, tuvieron eco las observaciones enviadas por la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, al decreto porque se expide la Ley de Salud de la Ciudad de México.

Quedó establecido que ya no habrá ninguna limitante, como es el embarazo hasta de cinco meses para abortar por caso de violación, se podrá hacer después de las 20 semanas de gestación, de una manera segura, con la garantía de técnicas adecuadas y profesionales de salud, al considerarse que lleva tiempo la denuncia del delito que presenta una mujer, como cuando el atacante es uno de sus familiares.

Paz Reyes indicó que ese plazo no está establecido en la Norma Oficial Mexicana 046, sobre criterios de atención a víctimas de violencia, ni en la Ley General de Víctimas, por lo que fue eliminado.

Dentro de la argumentación se expone que “es procedente eliminar las semanas de gestión para determinar la interrupción voluntaria del embarazo”.

A lo anterior se fundamenta que “en respeto y garantía de los derechos humanos de las víctimas de violencia sexual, no son las normas jurídicas las que deban establecer la procedencia de la interrupción voluntaria del embarazo, si no que este debe ser analizado y valorado en cada caso en específico”.

Ello, de conformidad con los protocolos de atención, guías técnicas y de políticas establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para la provisión de servicios de aborto seguro, que puede ser brindado con garantía sin importar el plazo, siempre y cuando se utilicen las técnicas adecuadas y profesionales de salud.

Al aceptar el dictamen, los representantes populares decidieron abrogar la Ley de Salud del Distrito Federal y expedir la Ley de Salud de la Ciudad de México, enviada por la titular de la jefatura de gobierno.



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