/ jueves 16 de junio de 2022

Expertos consideran que sanción a Cuevas es fácilmente rebatible

A razón de que no es una sentencia definitiva, Sandra Cuevas puede seguir ejerciendo como alcaldesa, según explican los abogados

El proceso que tiene el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México en contra de la alcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Cuevas, se debe a que la conducta de la funcionaria al cerrar el deportivo Guelatao fue clasificada como “grave”; sin embargo, abogados especialistas en la materia administrativa consideraron que no amerita esa sanción, por lo que es fácilmente rebatible en la apelación y en amparo.

Asimismo, coincidieron en que la alcaldesa puede permanecer en su cargo hasta que sea una sentencia definitiva.

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Según el Tribunal, la funcionaria no se condujo con legalidad y eficiencia que requiere su cargo. Para la sanción consideró que los servidores públicos deben buscar la excelencia para asegurar y controlar la calidad y continuidad de su actividad.

“Su actuación debe satisfacer los valores y cualidades de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia de la gestión y acción administrativa; en consecuencia, al no realizarse así la hoy alcaldesa se ubica en el supuesto de responsabilidad administrativa”, apunto el Tribunal en una tarjeta informativa.

Iván Nochebuena Mendoza, académico de la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) señaló que existen algunos vicios en cuanto al debido proceso, ya que la falta administrativa no debería clasificarse como grave. La alcaldesa tiene la salvedad de que, previo al cierre por 41 días del deportivo, había un protocolo por daños estructurales.

"De manera particular yo considero que no es una falta grave, ya que no está legitimando algún derecho humano en contra de la sociedad o bien es cierto, no está deteriorando o no está cometiendo una cuestión de carácter penal o lesiva directamente", detalló.

Lo ideal para la funcionaria, argumentó, será interponer un amparo a la par de la apelación.

El abogado Carlos I. Mena consideró que, sin conocer el fondo del asunto, el acarrear una solicitud de inhabilitación o destitución por el cierre de un deportivo podría ser una sanción excesiva pues el argumento de la alcaldesa de Cuauhtémoc es que el cierre temporal del Deportivo Guelatao fue por motivos de protección civil.

La vida y la integridad de las personas que usan el espacio podría ser un argumento suficiente para justificar el cierre, y se ponderaría sobre lo que sostienen en la denuncia que salió de la Contraloría interna de la alcaldía Cuauhtémoc.

El proceso que tiene el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México en contra de la alcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Cuevas, se debe a que la conducta de la funcionaria al cerrar el deportivo Guelatao fue clasificada como “grave”; sin embargo, abogados especialistas en la materia administrativa consideraron que no amerita esa sanción, por lo que es fácilmente rebatible en la apelación y en amparo.

Asimismo, coincidieron en que la alcaldesa puede permanecer en su cargo hasta que sea una sentencia definitiva.

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Según el Tribunal, la funcionaria no se condujo con legalidad y eficiencia que requiere su cargo. Para la sanción consideró que los servidores públicos deben buscar la excelencia para asegurar y controlar la calidad y continuidad de su actividad.

“Su actuación debe satisfacer los valores y cualidades de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia de la gestión y acción administrativa; en consecuencia, al no realizarse así la hoy alcaldesa se ubica en el supuesto de responsabilidad administrativa”, apunto el Tribunal en una tarjeta informativa.

Iván Nochebuena Mendoza, académico de la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) señaló que existen algunos vicios en cuanto al debido proceso, ya que la falta administrativa no debería clasificarse como grave. La alcaldesa tiene la salvedad de que, previo al cierre por 41 días del deportivo, había un protocolo por daños estructurales.

"De manera particular yo considero que no es una falta grave, ya que no está legitimando algún derecho humano en contra de la sociedad o bien es cierto, no está deteriorando o no está cometiendo una cuestión de carácter penal o lesiva directamente", detalló.

Lo ideal para la funcionaria, argumentó, será interponer un amparo a la par de la apelación.

El abogado Carlos I. Mena consideró que, sin conocer el fondo del asunto, el acarrear una solicitud de inhabilitación o destitución por el cierre de un deportivo podría ser una sanción excesiva pues el argumento de la alcaldesa de Cuauhtémoc es que el cierre temporal del Deportivo Guelatao fue por motivos de protección civil.

La vida y la integridad de las personas que usan el espacio podría ser un argumento suficiente para justificar el cierre, y se ponderaría sobre lo que sostienen en la denuncia que salió de la Contraloría interna de la alcaldía Cuauhtémoc.

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