/ martes 16 de abril de 2019

Publica Semovi requisitos para operación de bicicletas y monopatines

Los monopatines con motor eléctrico y las bicicletas sin anclaje no pueden circular en espacios exclusivos para peatones como lo son las banquetas

Para evitar confusiones, este martes el Gobierno capitalino realizó ajustes al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México que fueron publicados en la Gaceta Oficial.

Entre ellos se encuentra los hechos a los artículos 4, 5 y 11 en donde se establece que los monopatines con motor eléctrico y las bicicletas sin anclaje de empresas como Grin, Mobike, entre otras, no pueden circular en espacios exclusivos para peatones como lo son las banquetas.

De igual forma se hicieron ajustes al Artículo 35 en donde se menciona que las autoridades están facultadas puedan retirar vehículos o remolques abandonados en la vía pública que no estén en posibilidades de circular.

Y se deja en claro que vehículos o remolques que estén sin movimiento por 15 días, acumulen residuos que generen foco de infección, malos olores, fauna nociva o participen en un hecho de tránsito y no cuenten con el permiso correspondiente también serán retirados.

Y para incorporar el Programa de Fotocívicas en el Reglamento de Tránsito, mismo que entrará en operaciones el 22 de abril, se ajustaron los artículos 60 y 64.

El primero de ellos ahora cuenta con las características que tendrán las boletas de infracción emitidas a través de sistemas tecnológicos, detallan qué tecnología se usará, dónde está ubicada y mencionan que habrá un formato con imagen de la infracción.

También se agregaron las sanciones cívicas en el Artículo 64 como cursos en línea, sensibilización presencial, actividades a favor de la comunidad y puntos de penalización que se contemplan cuando un automovilista sea sancionado por el Programa Fotocívicas.

Además se incluye la tabla de puntos y sanciones del programa por lo que quien exceda el demérito de los 10 puntos, las sanciones seguirán contabilizando horas de actividades a favor de la comunidad, las cuales no podrán exceder 36 horas y cuyo cumplimiento será en términos de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México.

De acuerdo con el documento contenido en la Gaceta Oficial, las modificaciones entrarán en vigor a partir de este miércoles.

Para evitar confusiones, este martes el Gobierno capitalino realizó ajustes al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México que fueron publicados en la Gaceta Oficial.

Entre ellos se encuentra los hechos a los artículos 4, 5 y 11 en donde se establece que los monopatines con motor eléctrico y las bicicletas sin anclaje de empresas como Grin, Mobike, entre otras, no pueden circular en espacios exclusivos para peatones como lo son las banquetas.

De igual forma se hicieron ajustes al Artículo 35 en donde se menciona que las autoridades están facultadas puedan retirar vehículos o remolques abandonados en la vía pública que no estén en posibilidades de circular.

Y se deja en claro que vehículos o remolques que estén sin movimiento por 15 días, acumulen residuos que generen foco de infección, malos olores, fauna nociva o participen en un hecho de tránsito y no cuenten con el permiso correspondiente también serán retirados.

Y para incorporar el Programa de Fotocívicas en el Reglamento de Tránsito, mismo que entrará en operaciones el 22 de abril, se ajustaron los artículos 60 y 64.

El primero de ellos ahora cuenta con las características que tendrán las boletas de infracción emitidas a través de sistemas tecnológicos, detallan qué tecnología se usará, dónde está ubicada y mencionan que habrá un formato con imagen de la infracción.

También se agregaron las sanciones cívicas en el Artículo 64 como cursos en línea, sensibilización presencial, actividades a favor de la comunidad y puntos de penalización que se contemplan cuando un automovilista sea sancionado por el Programa Fotocívicas.

Además se incluye la tabla de puntos y sanciones del programa por lo que quien exceda el demérito de los 10 puntos, las sanciones seguirán contabilizando horas de actividades a favor de la comunidad, las cuales no podrán exceder 36 horas y cuyo cumplimiento será en términos de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México.

De acuerdo con el documento contenido en la Gaceta Oficial, las modificaciones entrarán en vigor a partir de este miércoles.

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