/ martes 8 de septiembre de 2020

Giran segunda orden de aprehensión contra Raymundo Collins, extitular del Invi

Collins es señalado por el delito de uso ilegal de atribuciones y facultades

Un juez de la Ciudad de México libró otra orden de aprehensión contra Raymundo Collins, extitular del Instituto de Vivienda (Invi) y de la Policía capitalina.

Es señalado por el delito de uso ilegal de atribuciones y facultades, el cual es sancionado con una pena de cárcel de entre tres meses y dos años, así como multa de 500 a mil días.

Fue el juez Centésimo Décimo Tercero del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Ciudad de México, adscrito a la Unidad de Gestión Judicial Doce, quien libró la orden de captura contra Collins Flores el 21 de marzo pasado.

La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México inició la carpeta judicial contra Collins Flores y otros exfuncionarios por presuntas irregularidades durante su gestión en el Invi que causaron agravio al Servicio Público de la Ciudad de México y de la sociedad.

La orden de aprehensión fue notificada en abril pasado a Patricio Leopoldo Vargas, juez Décimo de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México, ante quien Collins Flores tramitó un amparo.

“Como se desprende del informe justificado de cuenta, (la orden de aprehensión) fue librada el 21 de marzo de 2020, en la carpeta judicial en contra de Raymundo Collins Flores por el hecho que la ley señala como delito Uso Ilegal de Facultades, notificó en su momento Vargas.

Actualmente, dicho juicio de amparo se desahoga en el Juzgado Séptimo de Distrito, cuyo titular, Julio Veredín Sena, aceptó la competencia del caso en el cual no se ha emitido alguna suspensión por no haber sido solicitada por Collins Flores, es decir, la orden de captura sigue vigente.

Veredín Sena convocó para el 28 de septiembre a la audiencia constitucional en la cual determinará si ampara o no a Collins Flores.

Con esta, es la segunda vez que la FGJ-CDMX intenta detener a Collins Flores. La primera fue en diciembre pasado cuando se le imputó una querella similar similar, pero días después se canceló dicho mandamiento debido a que un juez determinó que el delito ya había prescrito.

Un juez de la Ciudad de México libró otra orden de aprehensión contra Raymundo Collins, extitular del Instituto de Vivienda (Invi) y de la Policía capitalina.

Es señalado por el delito de uso ilegal de atribuciones y facultades, el cual es sancionado con una pena de cárcel de entre tres meses y dos años, así como multa de 500 a mil días.

Fue el juez Centésimo Décimo Tercero del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Ciudad de México, adscrito a la Unidad de Gestión Judicial Doce, quien libró la orden de captura contra Collins Flores el 21 de marzo pasado.

La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México inició la carpeta judicial contra Collins Flores y otros exfuncionarios por presuntas irregularidades durante su gestión en el Invi que causaron agravio al Servicio Público de la Ciudad de México y de la sociedad.

La orden de aprehensión fue notificada en abril pasado a Patricio Leopoldo Vargas, juez Décimo de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México, ante quien Collins Flores tramitó un amparo.

“Como se desprende del informe justificado de cuenta, (la orden de aprehensión) fue librada el 21 de marzo de 2020, en la carpeta judicial en contra de Raymundo Collins Flores por el hecho que la ley señala como delito Uso Ilegal de Facultades, notificó en su momento Vargas.

Actualmente, dicho juicio de amparo se desahoga en el Juzgado Séptimo de Distrito, cuyo titular, Julio Veredín Sena, aceptó la competencia del caso en el cual no se ha emitido alguna suspensión por no haber sido solicitada por Collins Flores, es decir, la orden de captura sigue vigente.

Veredín Sena convocó para el 28 de septiembre a la audiencia constitucional en la cual determinará si ampara o no a Collins Flores.

Con esta, es la segunda vez que la FGJ-CDMX intenta detener a Collins Flores. La primera fue en diciembre pasado cuando se le imputó una querella similar similar, pero días después se canceló dicho mandamiento debido a que un juez determinó que el delito ya había prescrito.

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