En el caso de Alejandra Cuevas y Laura Morán, el Ministerio Público (MP) capitalino actuó en todo el proceso sin ser influido por terceros ni por instrucciones al margen de la ley, por lo que cumplió con su encomienda constitucional de investigar los delitos, aseguró Ernestina Godoy Ramos, fiscal general de Justicia de la Ciudad de México.
Luego de que el lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a Alejandra Cuevas y Laura Morán, a quienes Alejandro Gertz Manero, fiscal general de la República, responsabilizó de la muerte de su hermano Federico, la funcionaria salió hace unos momentos a a responder a las críticas por la actuación de la institución a su cargo.
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De entrada, en un mensaje a medios, advirtió lo siguiente: Ni confabulaciones ni acuerdos al margen de la Ley. Estricto acatamiento a las órdenes judiciales.
Recordó que el caso inició en 2015 a partir de una denuncia y que en dos ocasiones el MP de la entonces Procuraduría General de Justicia local, tras valorar las constancias del expediente, determinó el no ejercicio de la acción penal, lo cual fue impugnado por el Gertz Manero, quien, al recibir la negativa de un amparo, interpuso un recurso de revisión.
El 29 de noviembre de 2017, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito concedió el amparo al denunciante, estableció con precisión los lineamientos para las actuaciones ministeriales y ordenó al MP acopiar testimonios, pruebas periciales en distintas especialidades, declaraciones de testigos, de las indiciadas, tras de lo cual debía valorar todas las pruebas obtenidas y resolver lo que en derecho procediera, por lo que decidió solicitó detener a Laura Morán y Alejandra Cuevas.
Asimismo, la juez 67 Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México consideró que las pruebas presentadas por el MP eran suficientes para obsequiar las órdenes de aprehensión y dictar un auto de formal prisión.
La titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCM) agregó que el denunciante y las imputadas siempre hicieron valer su derecho a inconformarse, aportaron pruebas, testimoniales y pruebas periciales y hubo respuestas favorables en diversos momentos para las partes en conflicto, sin que se advirtiera jurídicamente alguna inclinación hacia alguna de ellas.
Así, el asunto llegó a la SCJN que por unanimidad otorgó el amparo a las dos mujeres, pero, señaló la fiscal local, cada una y uno de los ministros fijo posiciones diferentes, lo cual muestra claramente que no hay una sola apreciación jurídica de los hechos que se juzgaron.
“Las y los ministros del máximo tribunal del país, a quienes reitero nuestro más amplio respeto, en ningún caso, sostuvieron que las autoridades hubiesen fabricado un delito o que hubiesen manipulado la ley”, recalcó Godoy Ramos.
Tampoco refirieron que las pruebas de cargo aportadas por la acusación fueran falsas, o que se hubieran obtenido ilícitamente o hubieran sido alteradas y mucho menos, puntualizó, señalaron que en ningún momento existiera alguna actuación irregular de la FGJCM.
Tras lo anterior, la fiscal reafirmó que es obligación del MP investigar las denuncias que reciba, que cumplió su encomienda constitucional de indagar los delitos investigar los delitos y su actuación fue revisada por jueces, salas penales, tribunales federales, tanto de distrito como colegiados, hasta llegar a la SCJN.
Se presentaron pruebas, mismas que sirvieron para que las autoridades judiciales tomaran sus determinaciones y que la autonomía del MP, subrayó, se demostró a lo largo del proceso.
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Finalmente, reiteró que la institución a su cargo atenderá lo que le corresponda jurídicamente y esperará el documento final y oficial de la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.