/ miércoles 1 de febrero de 2017

¿A qué se refieren los Lineamientos sobre la Defensa de las Audiencias?

El presidente Enrique Peña Nieto ha ordenado interponer unademanda de controversia constitucional en contra de los ochoartículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones yRadiodifusión, relativos a los derechos de las audiencias ante laSuprema Corte de Justicia de la Nación.

Humberto Castillejos Cervantes, consejero jurídico de laPresidencia, detalló que se establece una demanda de controversiaconstitucional en contra de estos ocho artículos y señaló comoautoridad demandada al Congreso de la Unión.

Los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audienciasimplantan el deber de los concesionarios de distinguir entre lainformación que se presenta y la opinión de quien la presente, entorno al derecho de las audiencias, que proviene de las reforma detelecomunicaciones.

Las suspensiones se emplearán cuando los medios violen lasnormas establecidas en dicha materia y contemplan multas de entre1% y 3% de los ingresos de los concesionarios.

Los lineamientos fueron aprobados por el pleno del IFTel 29 de noviembre del 2016se publicaron el 21de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF)y entrarán en vigor el próximo 16 defebrero.

Más información: 

El presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones,Gabriel Contreras, expresó en su momento que la ley que entraráen vigor en el ámbito de las transmisiones televisivas yradiofónicas el próximo mes establece que los medios decomunicación deben diferenciar entre información y publicidad, yal IFT le corresponderá vigilar que su aplicación se cumpla.El IFT sorprendió a los medios decomunicación del país con estas nuevas normas, pues en sudocumento, artículo 15, demanda que se haga una diferencia entreuna información de rubro noticioso y de opinión; en su artículo13, también se exige a programas de televisión y radio que haganrespectivas pausas en pantalla para comunicar que se iniciaráncortes de contenido publicitario de al menos cinco segundos.Si alguien -cualquier persona- de laaudiencia considera que dicha opinión no está sustentada, podríadenunciar al periodista y al medio de comunicación, y esealguien podría ser cualquier político, funcionario o personaje alque le haya incomodado la información.

El presidente Enrique Peña Nieto ha ordenado interponer unademanda de controversia constitucional en contra de los ochoartículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones yRadiodifusión, relativos a los derechos de las audiencias ante laSuprema Corte de Justicia de la Nación.

Humberto Castillejos Cervantes, consejero jurídico de laPresidencia, detalló que se establece una demanda de controversiaconstitucional en contra de estos ocho artículos y señaló comoautoridad demandada al Congreso de la Unión.

Los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audienciasimplantan el deber de los concesionarios de distinguir entre lainformación que se presenta y la opinión de quien la presente, entorno al derecho de las audiencias, que proviene de las reforma detelecomunicaciones.

Las suspensiones se emplearán cuando los medios violen lasnormas establecidas en dicha materia y contemplan multas de entre1% y 3% de los ingresos de los concesionarios.

Los lineamientos fueron aprobados por el pleno del IFTel 29 de noviembre del 2016se publicaron el 21de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF)y entrarán en vigor el próximo 16 defebrero.

Más información: 

El presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones,Gabriel Contreras, expresó en su momento que la ley que entraráen vigor en el ámbito de las transmisiones televisivas yradiofónicas el próximo mes establece que los medios decomunicación deben diferenciar entre información y publicidad, yal IFT le corresponderá vigilar que su aplicación se cumpla.El IFT sorprendió a los medios decomunicación del país con estas nuevas normas, pues en sudocumento, artículo 15, demanda que se haga una diferencia entreuna información de rubro noticioso y de opinión; en su artículo13, también se exige a programas de televisión y radio que haganrespectivas pausas en pantalla para comunicar que se iniciaráncortes de contenido publicitario de al menos cinco segundos.Si alguien -cualquier persona- de laaudiencia considera que dicha opinión no está sustentada, podríadenunciar al periodista y al medio de comunicación, y esealguien podría ser cualquier político, funcionario o personaje alque le haya incomodado la información.

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