/ martes 17 de enero de 2017

Se declara SCJN incompetente para revisar amparos vs. gasolinazo

  • Hasta el momento han interpuesto al menos diez demandas deorganizaciones sociales y particulares

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se declaróincompetente para revisar las demandas de amparos presentadas encontra de la liberación de precios de los combustibles, aplicado apartir del 1 de enero pasado y determinó que sean los juzgados dedistrito en materia administrativa que se encarguen de ello.

Hasta el momento, ante la SCJN diferentes colectivos,organizaciones sociales y particulares, han interpuesto al menos 10amparos contra el alza en los precios de la gasolina, además de lacontroversia constitucional que 24 presidentes municipales deJalisco, surgidos de Movimiento Ciudadano (MC), interpusieron porel llamado gasolinazo.

Mediante un acuerdo, la Corte determinó declinar competencia alos jueces de distrito en materia administrativa, quienesresolverán si dichos amparos proceden o no, y por el momento, soloel Juzgado Décimo Tercero de Distrito de Amparo en MateriaAdministrativa de la Ciudad de México ha aceptado a trámite dosjuicios.

“Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación no es legalmentecompetente para conocer del presente asunto. II. Remítase copiasimple de este acuerdo y los originales de las demandas de amparoseñaladas en la cuenta a la Oficina de Correspondencia Común delos Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad deMéxico”, sostiene la Corte en el acuerdo publicado ayer.

La Corte enfatizó que una vez obtenido el turno o los turnosreferidos, tanto este acuerdo, como los escritos primeros dedemanda de amparo iniciales serán enviados por conducto de laOficina de Correspondencia Común al Juzgado de Distrito en MateriaAdministrativa en la Ciudad de México a fin de que provea lo queen derecho proceda.

“En virtud de que este alto tribunal resulta incompetente paraconocer de las demandas de amparo citadas en la cuenta, resultainnecesario mantener bajo resguardo de este alto tribunal losescritos de demanda y sus anexos en el expediente en que seactúa”, apuntó.

Por el momento, solo el Juzgado Decimotercero de Distrito enMateria Administrativa de la Ciudad de México aceptó un amparo encontra del gasolinazo interpuesto por Óscar Valdés Ramírez, elabogado que tramitó este recurso legal.

De esta forma, todos los amparos que lleguen a la Corte, seránremitidos a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados deDistrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México para quesean distribuidos conforme al turno establecido.

Esta decisión abre la puerta para que, una vez concentrados lasdemandas en los juzgados administrativos y que emitan sus primerassentencias, sea la Corte la que resuelva en definitiva lasdemandas.

  • Hasta el momento han interpuesto al menos diez demandas deorganizaciones sociales y particulares

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se declaróincompetente para revisar las demandas de amparos presentadas encontra de la liberación de precios de los combustibles, aplicado apartir del 1 de enero pasado y determinó que sean los juzgados dedistrito en materia administrativa que se encarguen de ello.

Hasta el momento, ante la SCJN diferentes colectivos,organizaciones sociales y particulares, han interpuesto al menos 10amparos contra el alza en los precios de la gasolina, además de lacontroversia constitucional que 24 presidentes municipales deJalisco, surgidos de Movimiento Ciudadano (MC), interpusieron porel llamado gasolinazo.

Mediante un acuerdo, la Corte determinó declinar competencia alos jueces de distrito en materia administrativa, quienesresolverán si dichos amparos proceden o no, y por el momento, soloel Juzgado Décimo Tercero de Distrito de Amparo en MateriaAdministrativa de la Ciudad de México ha aceptado a trámite dosjuicios.

“Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación no es legalmentecompetente para conocer del presente asunto. II. Remítase copiasimple de este acuerdo y los originales de las demandas de amparoseñaladas en la cuenta a la Oficina de Correspondencia Común delos Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad deMéxico”, sostiene la Corte en el acuerdo publicado ayer.

La Corte enfatizó que una vez obtenido el turno o los turnosreferidos, tanto este acuerdo, como los escritos primeros dedemanda de amparo iniciales serán enviados por conducto de laOficina de Correspondencia Común al Juzgado de Distrito en MateriaAdministrativa en la Ciudad de México a fin de que provea lo queen derecho proceda.

“En virtud de que este alto tribunal resulta incompetente paraconocer de las demandas de amparo citadas en la cuenta, resultainnecesario mantener bajo resguardo de este alto tribunal losescritos de demanda y sus anexos en el expediente en que seactúa”, apuntó.

Por el momento, solo el Juzgado Decimotercero de Distrito enMateria Administrativa de la Ciudad de México aceptó un amparo encontra del gasolinazo interpuesto por Óscar Valdés Ramírez, elabogado que tramitó este recurso legal.

De esta forma, todos los amparos que lleguen a la Corte, seránremitidos a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados deDistrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México para quesean distribuidos conforme al turno establecido.

Esta decisión abre la puerta para que, una vez concentrados lasdemandas en los juzgados administrativos y que emitan sus primerassentencias, sea la Corte la que resuelva en definitiva lasdemandas.

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