/ viernes 7 de octubre de 2016

Cofepris y Profeco buscan sacar de los bares a las perlas negras

La Comisión Federal para la Protección contra RiesgosSanitarios (Cofepris) y la Procuraduría Federaldel Consumidor (Profeco) alertaron a la población sobreel uso de bebidas energetizantes mezcladas con alcohol, mejorconocidas como "perlas negras".

Este tipo de cocteles, suelen servirse en algunosestablecimientos como bares, discotecas, restaurantes y antros, ypueden tener efectos adversos en el organismocomo aceleración de la frecuencia cardíaca, ansiedad,intoxicación, náuseas y vómito.

La Cofepris vigila el uso de cafeína en bebidas noalcohólicas, permitiendo entre 20 mg y 33 mg de cafeína por 100ml de producto y éstas son consideradas como bebidas adicionadascon cafeína, de conformidad con lo establecido en laNOM-218-SSA1-2011 “Productos y servicios. Bebidas saborizadas noalcohólicas, sus congelados, productos concentrados paraprepararlas y bebidas adicionadas con cafeína. Especificaciones ydisposiciones sanitarias. Métodos de prueba.”

La legislación sanitaria vigente establece que lasbebidas alcohólicas deben contener alcohol etílico en proporciónde 2% y hasta 55% según lo establecido en la Ley Generalde Salud, el Reglamento de Control Sanitario de Productos yServicios y la NOM-142-SSA1/SCFI-2014 “Bebidas Alcohólicas.Especificaciones Sanitarias. Etiquetado Sanitario y Comercial”, ya diferencia de las bebidas energizantes, la bebida alcohólica esun depresor del sistema nervioso central.

La combinación de ambos productos puede causar una sensaciónmomentánea de bienestar que se encuentra asociada a riesgos a lasalud porque puede provocar ansiedad,insomnio, trastornos del ritmo cardiaco y en ciertos casos,intoxicación, náuseas y vómito.

El límite máximo de cafeína recomendado para un adulto es de300 mg diarios y la ingesta de bebidas adicionadas con cafeína nodebe rebasar los 165 mg por día, y el exceso en el consumo de esteingrediente puede generar efectos adversos en el sistema nervioso,la presión arterial y el sistema cardiovascular.

La normatividad que regula a estos productos obliga a informardentro del etiquetado, la cantidad de producto que se puedeconsumir al día, según las recomendaciones, la cual dependerá dela concentración de cafeína que contenga el producto.

Las bebidas adicionadas con cafeína no deben consumirse pormujeres embarazadas, menores de edad, personas sensibles a lacafeína y personas con padecimientos cardíacos.

La autoridad mantiene la vigilancia permanente en losestablecimientos como bares, antros y restaurantes, donde seexpenden bebidas alcohólicas preparadas, realizando las accionesde protección contra riesgos sanitarios, por lo que se recomiendaa la población no consumir este tipo de productos ya que puedengenerar un riesgo a la salud.

La Comisión Federal para la Protección contra RiesgosSanitarios (Cofepris) y la Procuraduría Federaldel Consumidor (Profeco) alertaron a la población sobreel uso de bebidas energetizantes mezcladas con alcohol, mejorconocidas como "perlas negras".

Este tipo de cocteles, suelen servirse en algunosestablecimientos como bares, discotecas, restaurantes y antros, ypueden tener efectos adversos en el organismocomo aceleración de la frecuencia cardíaca, ansiedad,intoxicación, náuseas y vómito.

La Cofepris vigila el uso de cafeína en bebidas noalcohólicas, permitiendo entre 20 mg y 33 mg de cafeína por 100ml de producto y éstas son consideradas como bebidas adicionadascon cafeína, de conformidad con lo establecido en laNOM-218-SSA1-2011 “Productos y servicios. Bebidas saborizadas noalcohólicas, sus congelados, productos concentrados paraprepararlas y bebidas adicionadas con cafeína. Especificaciones ydisposiciones sanitarias. Métodos de prueba.”

La legislación sanitaria vigente establece que lasbebidas alcohólicas deben contener alcohol etílico en proporciónde 2% y hasta 55% según lo establecido en la Ley Generalde Salud, el Reglamento de Control Sanitario de Productos yServicios y la NOM-142-SSA1/SCFI-2014 “Bebidas Alcohólicas.Especificaciones Sanitarias. Etiquetado Sanitario y Comercial”, ya diferencia de las bebidas energizantes, la bebida alcohólica esun depresor del sistema nervioso central.

La combinación de ambos productos puede causar una sensaciónmomentánea de bienestar que se encuentra asociada a riesgos a lasalud porque puede provocar ansiedad,insomnio, trastornos del ritmo cardiaco y en ciertos casos,intoxicación, náuseas y vómito.

El límite máximo de cafeína recomendado para un adulto es de300 mg diarios y la ingesta de bebidas adicionadas con cafeína nodebe rebasar los 165 mg por día, y el exceso en el consumo de esteingrediente puede generar efectos adversos en el sistema nervioso,la presión arterial y el sistema cardiovascular.

La normatividad que regula a estos productos obliga a informardentro del etiquetado, la cantidad de producto que se puedeconsumir al día, según las recomendaciones, la cual dependerá dela concentración de cafeína que contenga el producto.

Las bebidas adicionadas con cafeína no deben consumirse pormujeres embarazadas, menores de edad, personas sensibles a lacafeína y personas con padecimientos cardíacos.

La autoridad mantiene la vigilancia permanente en losestablecimientos como bares, antros y restaurantes, donde seexpenden bebidas alcohólicas preparadas, realizando las accionesde protección contra riesgos sanitarios, por lo que se recomiendaa la población no consumir este tipo de productos ya que puedengenerar un riesgo a la salud.

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