La Prensa Ciudad de México.- La Comisión Nacional de losDerechos Humanos (CNDH) expresa que la aplicación de la pena demuerte no es el camino para frenar la criminalidad. En ocasión delDía Mundial contra la Pena de Muerte (10 de octubre), esteOrganismo Nacional manifiesta su rechazo y oposición a dichamedida. Para esta Comisión Nacional, el derecho a la vida eselemental, conditio sine qua non para el goce de los demásderechos y fundamento de los ordenamientos constitucionales que loreconocen y amparan como valor esencial e interés social supremo,por lo cual las naciones tienen la obligación de velar por suprotección total. El respeto por el derecho a la vida permite elacceso a todos los demás derechos de las personas. De ahí que lapena de muerte debe ser erradicada en forma definitiva del mundo.La CNDH considera que la pena de muerte es intolerable y deimposible reparación, cuya aplicación conlleva serias violacionesa los derechos humanos de las personas, además de que estádemostrada su ineficacia en la disminución de los índicesdelictivos en países que la practican. Por ello, este OrganismoNacional, en el ámbito de sus atribuciones constitucionales,enfatiza su compromiso para continuar los esfuerzos tendentes a laabolición en el mundo de dicha práctica. Debe subrayarse que enMéxico está prohibida la pena de muerte, de acuerdo con loestablecido por el artículo 22 constitucional, además de quenuestro país está adherido al Protocolo a la ConvenciónAmericana sobre Derechos Humanos, relativo a la Abolición de laPena de Muerte, y al Segundo Protocolo Facultativo del PactoInternacional de Derechos Civiles y Políticos, y desde 2007 esparte de dichos instrumentos.
La Prensa Ciudad de México.- La Comisión Nacional de losDerechos Humanos (CNDH) expresa que la aplicación de la pena demuerte no es el camino para frenar la criminalidad. En ocasión delDía Mundial contra la Pena de Muerte (10 de octubre), esteOrganismo Nacional manifiesta su rechazo y oposición a dichamedida. Para esta Comisión Nacional, el derecho a la vida eselemental, conditio sine qua non para el goce de los demásderechos y fundamento de los ordenamientos constitucionales que loreconocen y amparan como valor esencial e interés social supremo,por lo cual las naciones tienen la obligación de velar por suprotección total. El respeto por el derecho a la vida permite elacceso a todos los demás derechos de las personas. De ahí que lapena de muerte debe ser erradicada en forma definitiva del mundo.La CNDH considera que la pena de muerte es intolerable y deimposible reparación, cuya aplicación conlleva serias violacionesa los derechos humanos de las personas, además de que estádemostrada su ineficacia en la disminución de los índicesdelictivos en países que la practican. Por ello, este OrganismoNacional, en el ámbito de sus atribuciones constitucionales,enfatiza su compromiso para continuar los esfuerzos tendentes a laabolición en el mundo de dicha práctica. Debe subrayarse que enMéxico está prohibida la pena de muerte, de acuerdo con loestablecido por el artículo 22 constitucional, además de quenuestro país está adherido al Protocolo a la ConvenciónAmericana sobre Derechos Humanos, relativo a la Abolición de laPena de Muerte, y al Segundo Protocolo Facultativo del PactoInternacional de Derechos Civiles y Políticos, y desde 2007 esparte de dichos instrumentos.