/ jueves 13 de octubre de 2016

La PGR debe informar sobre grupos terroristas “asentados en el país”

  • No hay registros, contestó la dependencia
  • Existen detenidos por ese delito o facilitar los recursos

La Procuraduría General de la República (PGR) debe dar aconocer el nombre de los grupos terroristas asentados en el país,las organizaciones nacionales o trasnacionales a las que perteneceny los delitos, crímenes o atentados provocados en o desde México,resolvió el Instituto Nacional de Transparencia (INAI).

Tras la negativa de la PGR a informar y al presentar el asuntoante el pleno, la comisionada María Patricia Kurczyn dijo que eltema es de alta relevancia, ya que “según el índice Global deTerrorismo 2015, elaborado por el Instituto para la Economía y laPaz, México ocupa el lugar número 44 de 162 países,principalmente por el impacto de nuestro país en relación conEstados Unidos y América Latina”.

Agregó que “el tema es de alta relevancia tanto para nuestropaís, como para todo el mundo,  toda vez, que el terrorismo es unfenómeno que se caracteriza por la tragedia y el sufrimiento quegenera en lo individual, en lo colectivo y lo social”.

En respuesta a un particular, la PGR, indicó que tras unabúsqueda en sus archivos, bases de datos físicas y electrónicas,no localizó información que atienda las características de lorequerido.

La respuesta se dio vía la Subprocuraduría Especializada enInvestiga ción de Delincuencia Organizada (SEIDO), la UnidadEspecializada en Investi gación de Terrorismo, Acopio y Tráficode Armas, de la Agencia de Investiga ción Criminal, el CentroNacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate ala Delincuencia y de la Dirección General de ComunicaciónSocial,

Precisó que se cuenta con cero registros de alguna expresióndocumental, que enliste grupos terroristas asentados en México,así como de cualquier dato adicional que se derive de esa ideacentral y en ese sentido, hizo referencia al Criterio 18/13,considerando que no era necesario declarar formalmente lainexistencia.

En el análisis, la comisionada Kurczyn expuso que si bien laPGR realizó la búsqueda en las unidades competentes, ésta seefectuó con un criterio restringido, ya que el Criterio 18/13 noresulta aplicable, toda vez que de la lectura de la solicitud deacceso, no se desprende que el interés del particular sea obtenerinformación de naturaleza estadística o cuantitativa.

Aunado a lo anterior, apuntó que se pudo constatar que elsujeto obligado ha proporcionado diversos datos, en atención aotras solicitudes, en los que ha dado cuenta de la cantidad deprobables responsables detenidos e indiciados por el presumibledelito de terrorismo.

Además los ha entregado desglosado por entidad federativa, sexoy rangos de edades, números de averiguaciones previas y probablesresponsables detenidos por el delito de terrorismo de 2006 a 2015,así como las cantidades de armas aseguradas de 2005 a 2015, entrelas que se encuentran las utilizadas para actos terroristas.

Asimismo, la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaríade Hacienda (SHCP) ha presentado diversas denuncias ante la PGR,relacionadas con el delito de financiamiento al terrorismo.

En ese sentido, dijo, el sujeto obligado tiene facultades paraconocer de probables responsables que han sido detenidos por esedelito, las averiguaciones previas que se han abierto parainvestigar tales tipos penales, por lo que es posible que conozcalas conductas cometidas, así como los crímenes provocados y, ensu caso, si los presuntos responsables pertenecen a algún grupoterrorista.

Por lo anterior, a propuesta de la comisionada Kurczyn, el plenodel INAI revocó la respuesta de la PGR y le ordenó buscar yentregar la información referente al nombre de los gruposterroristas asentados en el país, las organizaciones nacionales otrasnacionales a las que pertenecen, así como los delitos,crímenes o atentados provocados en o desde México.

  • No hay registros, contestó la dependencia
  • Existen detenidos por ese delito o facilitar los recursos

La Procuraduría General de la República (PGR) debe dar aconocer el nombre de los grupos terroristas asentados en el país,las organizaciones nacionales o trasnacionales a las que perteneceny los delitos, crímenes o atentados provocados en o desde México,resolvió el Instituto Nacional de Transparencia (INAI).

Tras la negativa de la PGR a informar y al presentar el asuntoante el pleno, la comisionada María Patricia Kurczyn dijo que eltema es de alta relevancia, ya que “según el índice Global deTerrorismo 2015, elaborado por el Instituto para la Economía y laPaz, México ocupa el lugar número 44 de 162 países,principalmente por el impacto de nuestro país en relación conEstados Unidos y América Latina”.

Agregó que “el tema es de alta relevancia tanto para nuestropaís, como para todo el mundo,  toda vez, que el terrorismo es unfenómeno que se caracteriza por la tragedia y el sufrimiento quegenera en lo individual, en lo colectivo y lo social”.

En respuesta a un particular, la PGR, indicó que tras unabúsqueda en sus archivos, bases de datos físicas y electrónicas,no localizó información que atienda las características de lorequerido.

La respuesta se dio vía la Subprocuraduría Especializada enInvestiga ción de Delincuencia Organizada (SEIDO), la UnidadEspecializada en Investi gación de Terrorismo, Acopio y Tráficode Armas, de la Agencia de Investiga ción Criminal, el CentroNacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate ala Delincuencia y de la Dirección General de ComunicaciónSocial,

Precisó que se cuenta con cero registros de alguna expresióndocumental, que enliste grupos terroristas asentados en México,así como de cualquier dato adicional que se derive de esa ideacentral y en ese sentido, hizo referencia al Criterio 18/13,considerando que no era necesario declarar formalmente lainexistencia.

En el análisis, la comisionada Kurczyn expuso que si bien laPGR realizó la búsqueda en las unidades competentes, ésta seefectuó con un criterio restringido, ya que el Criterio 18/13 noresulta aplicable, toda vez que de la lectura de la solicitud deacceso, no se desprende que el interés del particular sea obtenerinformación de naturaleza estadística o cuantitativa.

Aunado a lo anterior, apuntó que se pudo constatar que elsujeto obligado ha proporcionado diversos datos, en atención aotras solicitudes, en los que ha dado cuenta de la cantidad deprobables responsables detenidos e indiciados por el presumibledelito de terrorismo.

Además los ha entregado desglosado por entidad federativa, sexoy rangos de edades, números de averiguaciones previas y probablesresponsables detenidos por el delito de terrorismo de 2006 a 2015,así como las cantidades de armas aseguradas de 2005 a 2015, entrelas que se encuentran las utilizadas para actos terroristas.

Asimismo, la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaríade Hacienda (SHCP) ha presentado diversas denuncias ante la PGR,relacionadas con el delito de financiamiento al terrorismo.

En ese sentido, dijo, el sujeto obligado tiene facultades paraconocer de probables responsables que han sido detenidos por esedelito, las averiguaciones previas que se han abierto parainvestigar tales tipos penales, por lo que es posible que conozcalas conductas cometidas, así como los crímenes provocados y, ensu caso, si los presuntos responsables pertenecen a algún grupoterrorista.

Por lo anterior, a propuesta de la comisionada Kurczyn, el plenodel INAI revocó la respuesta de la PGR y le ordenó buscar yentregar la información referente al nombre de los gruposterroristas asentados en el país, las organizaciones nacionales otrasnacionales a las que pertenecen, así como los delitos,crímenes o atentados provocados en o desde México.

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