/ viernes 2 de junio de 2017

Legítima defensa, bajo la lupa: CNDH

Por Manrique Gandaria y Patricia Torres

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) tiene “bajola lupa” la reforma al Código Penal de Nuevo León que amplíael concepto de “legítima defensa” y permite privar de la vidaa un presunto delincuente aunque éste no haya consumado la accióny analiza jurídicamente si es violatoria de la Constitución y delos derechos humanos.

En entrevista con El Sol de México, el ombudsman nacional, LuisRaúl González Pérez, anunció que de encontrar elementos, laCNDH presentará la acción de inconstitucionalidad ante la SupremaCorte de Justicia de la Nación (SCJN).

“Pero tenemos que esperar a que se publique en el periódicooficial del gobierno de Nuevo León. Y a partir de entonces,contamos con 30 días para promover la acción deinconstitucionalidad”.

González Pérez se excusó de no pronunciarse a priori ysolamente ratificó que la coordinación jurídica estudia a fondoel contenido de la reforma. “En la Comisión revisamos con lupala reforma”, ratificó.

La reforma al artículo 17 del Código Penal del Estado de NuevoLeón amplía el concepto de legítima defensa al grado que eldueño de un inmueble que prive de la vida a un intruso de sumorada puede evitar un proceso por homicidio, dividió las voces deexpertos en materia constitucional.

El proyecto de reforma al Código Penal fue aprobado porunanimidad en el Congreso de Nuevo León, el pasado 29 de mayo y elgobierno del estado cuenta con un plazo de 30 días parapublicarlo.

Al respecto, el investigador del Instituto de InvestigacionesJurídicas de la UNAM, Miguel Carbonell, consideró que estamodificación va a generar una escalada de violencia que noresuelve el problema de fondo: que el Estado garantice la seguridadde los ciudadanos.

“Lo que yo he leído sobre esta ley es que al no garantizar larelación de proporcionalidad es violatoria de los derechoshumanos. Desproporcionada, sin duda alguna”, dijo elconstitucionalista.

Y agregó que corresponde a la minoría parlamentaria o a laComisión de Derechos Humanos de Nuevo León presionar una acciónde inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de laNación para frenar la entrada en vigor de esta ley.

“La Constitución en ningún artículo se refiere a lalegítima defensa ni define su alcance. Técnicamente no hay unartículo constitucional que se vulnere.

Pero la reflexión en la Corte tendría que  hacerse sobre elderecho a la vida. La Constitución no define todas lasinstituciones jurídicas, es decir, no hay un conceptoconstitucional de legítima defensa, lo que sí  hay es un bienjurídico que la Constitución tutela y que es el derecho a lavida”, concluyó en entrevista con El Sol de México.

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales de laCámara de Diputados, Guadalupe Acosta Naranjo (PRD), dijo que setiene que tener muy claro “la materia” de hacerse justicia porpropia mano, ya que este es un tema muy delicado.

“No deberíamos de ir porque los ciudadanos tuvieran cada vezmás facultades para ejercer justicia por su propia mano, eso no dala certeza adecuada para el conjunto de la sociedad, ni es la víaalentar cada vez más la violencia”, dijo.

En contraste, Alberto Woolrich Ortiz, abogado constitucionalistae integrante de la  Academia de Derecho Penal del Colegio deAbogados de México, señala que este tipo de propuestas traensolidificación al Estado de derecho”.

“El que tú emplees el arma dentro de tu domicilio en defensapropia, es una situación aplaudible, porque de alguna formapermite al ciudadano anticiparse a la agresión que pudiera sufriry lo exonera de cualquier responsabilidad penal a consecuencia dehacer uso de un arma”, consideró. En entrevista a El Sol deMéxico, el especialista refiere que de otra manera, a losciudadanos se les sancionaría por el hecho de agredir dentro de sudomicilio, por lo que no considera que sea un cheque en blanco parael ciudadano, “se requieren los presupuesto que la ley estáexigiendo, primero que sea dentro del domicilio o negocio y aconsecuencia de una agresión, esto tiene que probarlo ante lafiscalía y someterse a investigación”. Desde su perspectiva,esta es una medida extrema, pero “a grandes males grandesremedios”, no están descabellado las iniciativas pero si seestá alentado el emitir de manera más sumaria y rápida que seaplique la legítima defensa frente a los delincuentes, tenemosriegos  inminente de que nos maten, y con estas iniciativastenemos la posibilidad de alegar legítima defensa que te excluyede responsabilidad penal. La ampliación de la legítima defensa enNuevo León no es una licencia para matar, sino un atenuante paraquienes se vean en la necesidad de actuar contra quien irrumpa ensu casa o negocio, aseguran autoridades locales. El objetivo serádar certeza jurídica a los particulares sobre los alcances de lalegítima defensa, que el Congreso del estado aprobó al reformarel artículo 17 del Código Penal de Nuevo León.

De acuerdo con el diputado Marcos Mendoza Vázquez, losciudadanos por diferentes medios han comunicado que viven con eltemor de sufrir alguna agresión o de ser víctimas de ladelincuencia, pero lo más preocupante para los vecinos es quealguien irrumpa en su domicilio o negocio para cometer un delito ypuedan sufrir lesiones, perder la libertad, su vida o la de susfamiliares.

Asegura que ello les genera zozobra al desconocer las leyes, yaque creen actuar bajo el supuesto de legítima defensa.

“Se presumirá que concurren los requisitos de la legítimadefensa, respecto de aquel que rechazare al agresor, en el momentomismo de estarse introduciendo o realizando actos idóneosencaminados a lograr entrar a su casa o departamento habitado, o desus dependencias, cualquiera que sea el daño causado alagresor”, indica la modificación.

La norma agrega: “Igual presunción, salvo prueba encontrario, favorecerá al que causare cualquier daño, lesión oprive de la vida a otro a quien encontrare dentro de su hogar; enla casa en que se encuentra su familia, aun cuando no sea su hogarhabitual; en un hogar ajeno que aquel tenga obligación dedefender; en el local en que aquel tenga sus bienes, o donde seencuentren bienes ajenos que tenga obligación legal de defender, yel intruso ejerza violencia sobre las personas o sobre las cosasque en tales sitios se hallen”.

Para el presidente de la Comisión de Seguridad del Congreso,Gabriel Tláloc Cantú, “no es una licencia para matar: paraquienes se vean en la necesidad existe una ventanita deposibilidad, para que esto sea un atenuante y no una justificacióno permiso para tomar justicia por sus propias manos”.

Recordó que los artículos 17 y 20 del Código Penal yacontemplaban esta facultad; sin embargo, en un proceso judicial setornaba complejo demostrarlo. Con el cambio se evita también quese haga entrar a alguien a un domicilio con engaños, con el fin dematarlo y salir adelante.

“Nos preocupa que las nuevas reformas al artículo pudieraninterpretarse como un permiso para matar a cualquier persona queentre a un hogar o negocio, e incluso que se pueda utilizar comouna excusa para delinquir. Es importante resaltar que losparticulares no cuentan con la preparación necesaria sobre el usoadecuado de la fuerza, ni el entrenamiento para distinguir cuándoutilizar o dejar de utilizar un arma”, aclaró el legislador.

Por Manrique Gandaria y Patricia Torres

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) tiene “bajola lupa” la reforma al Código Penal de Nuevo León que amplíael concepto de “legítima defensa” y permite privar de la vidaa un presunto delincuente aunque éste no haya consumado la accióny analiza jurídicamente si es violatoria de la Constitución y delos derechos humanos.

En entrevista con El Sol de México, el ombudsman nacional, LuisRaúl González Pérez, anunció que de encontrar elementos, laCNDH presentará la acción de inconstitucionalidad ante la SupremaCorte de Justicia de la Nación (SCJN).

“Pero tenemos que esperar a que se publique en el periódicooficial del gobierno de Nuevo León. Y a partir de entonces,contamos con 30 días para promover la acción deinconstitucionalidad”.

González Pérez se excusó de no pronunciarse a priori ysolamente ratificó que la coordinación jurídica estudia a fondoel contenido de la reforma. “En la Comisión revisamos con lupala reforma”, ratificó.

La reforma al artículo 17 del Código Penal del Estado de NuevoLeón amplía el concepto de legítima defensa al grado que eldueño de un inmueble que prive de la vida a un intruso de sumorada puede evitar un proceso por homicidio, dividió las voces deexpertos en materia constitucional.

El proyecto de reforma al Código Penal fue aprobado porunanimidad en el Congreso de Nuevo León, el pasado 29 de mayo y elgobierno del estado cuenta con un plazo de 30 días parapublicarlo.

Al respecto, el investigador del Instituto de InvestigacionesJurídicas de la UNAM, Miguel Carbonell, consideró que estamodificación va a generar una escalada de violencia que noresuelve el problema de fondo: que el Estado garantice la seguridadde los ciudadanos.

“Lo que yo he leído sobre esta ley es que al no garantizar larelación de proporcionalidad es violatoria de los derechoshumanos. Desproporcionada, sin duda alguna”, dijo elconstitucionalista.

Y agregó que corresponde a la minoría parlamentaria o a laComisión de Derechos Humanos de Nuevo León presionar una acciónde inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de laNación para frenar la entrada en vigor de esta ley.

“La Constitución en ningún artículo se refiere a lalegítima defensa ni define su alcance. Técnicamente no hay unartículo constitucional que se vulnere.

Pero la reflexión en la Corte tendría que  hacerse sobre elderecho a la vida. La Constitución no define todas lasinstituciones jurídicas, es decir, no hay un conceptoconstitucional de legítima defensa, lo que sí  hay es un bienjurídico que la Constitución tutela y que es el derecho a lavida”, concluyó en entrevista con El Sol de México.

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales de laCámara de Diputados, Guadalupe Acosta Naranjo (PRD), dijo que setiene que tener muy claro “la materia” de hacerse justicia porpropia mano, ya que este es un tema muy delicado.

“No deberíamos de ir porque los ciudadanos tuvieran cada vezmás facultades para ejercer justicia por su propia mano, eso no dala certeza adecuada para el conjunto de la sociedad, ni es la víaalentar cada vez más la violencia”, dijo.

En contraste, Alberto Woolrich Ortiz, abogado constitucionalistae integrante de la  Academia de Derecho Penal del Colegio deAbogados de México, señala que este tipo de propuestas traensolidificación al Estado de derecho”.

“El que tú emplees el arma dentro de tu domicilio en defensapropia, es una situación aplaudible, porque de alguna formapermite al ciudadano anticiparse a la agresión que pudiera sufriry lo exonera de cualquier responsabilidad penal a consecuencia dehacer uso de un arma”, consideró. En entrevista a El Sol deMéxico, el especialista refiere que de otra manera, a losciudadanos se les sancionaría por el hecho de agredir dentro de sudomicilio, por lo que no considera que sea un cheque en blanco parael ciudadano, “se requieren los presupuesto que la ley estáexigiendo, primero que sea dentro del domicilio o negocio y aconsecuencia de una agresión, esto tiene que probarlo ante lafiscalía y someterse a investigación”. Desde su perspectiva,esta es una medida extrema, pero “a grandes males grandesremedios”, no están descabellado las iniciativas pero si seestá alentado el emitir de manera más sumaria y rápida que seaplique la legítima defensa frente a los delincuentes, tenemosriegos  inminente de que nos maten, y con estas iniciativastenemos la posibilidad de alegar legítima defensa que te excluyede responsabilidad penal. La ampliación de la legítima defensa enNuevo León no es una licencia para matar, sino un atenuante paraquienes se vean en la necesidad de actuar contra quien irrumpa ensu casa o negocio, aseguran autoridades locales. El objetivo serádar certeza jurídica a los particulares sobre los alcances de lalegítima defensa, que el Congreso del estado aprobó al reformarel artículo 17 del Código Penal de Nuevo León.

De acuerdo con el diputado Marcos Mendoza Vázquez, losciudadanos por diferentes medios han comunicado que viven con eltemor de sufrir alguna agresión o de ser víctimas de ladelincuencia, pero lo más preocupante para los vecinos es quealguien irrumpa en su domicilio o negocio para cometer un delito ypuedan sufrir lesiones, perder la libertad, su vida o la de susfamiliares.

Asegura que ello les genera zozobra al desconocer las leyes, yaque creen actuar bajo el supuesto de legítima defensa.

“Se presumirá que concurren los requisitos de la legítimadefensa, respecto de aquel que rechazare al agresor, en el momentomismo de estarse introduciendo o realizando actos idóneosencaminados a lograr entrar a su casa o departamento habitado, o desus dependencias, cualquiera que sea el daño causado alagresor”, indica la modificación.

La norma agrega: “Igual presunción, salvo prueba encontrario, favorecerá al que causare cualquier daño, lesión oprive de la vida a otro a quien encontrare dentro de su hogar; enla casa en que se encuentra su familia, aun cuando no sea su hogarhabitual; en un hogar ajeno que aquel tenga obligación dedefender; en el local en que aquel tenga sus bienes, o donde seencuentren bienes ajenos que tenga obligación legal de defender, yel intruso ejerza violencia sobre las personas o sobre las cosasque en tales sitios se hallen”.

Para el presidente de la Comisión de Seguridad del Congreso,Gabriel Tláloc Cantú, “no es una licencia para matar: paraquienes se vean en la necesidad existe una ventanita deposibilidad, para que esto sea un atenuante y no una justificacióno permiso para tomar justicia por sus propias manos”.

Recordó que los artículos 17 y 20 del Código Penal yacontemplaban esta facultad; sin embargo, en un proceso judicial setornaba complejo demostrarlo. Con el cambio se evita también quese haga entrar a alguien a un domicilio con engaños, con el fin dematarlo y salir adelante.

“Nos preocupa que las nuevas reformas al artículo pudieraninterpretarse como un permiso para matar a cualquier persona queentre a un hogar o negocio, e incluso que se pueda utilizar comouna excusa para delinquir. Es importante resaltar que losparticulares no cuentan con la preparación necesaria sobre el usoadecuado de la fuerza, ni el entrenamiento para distinguir cuándoutilizar o dejar de utilizar un arma”, aclaró el legislador.

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