/ viernes 12 de junio de 2020

Conceden suspensión contra incremento de CFE a tarifas de energías renovables

El juez expuso que la suspensión está sujeta a que las empresas garanticen mediante un pago por determinar los posibles daños a la CFE

Un juez federal especializado concedió la primera suspensión provisional contra el aumento de entre 407 y 775 por ciento en los cargos por el servicio de transmisión de energía que empresas generadoras deben pagar a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Al admitir a trámite las demandas de amparo de dos compañías, el juez Juan Pablo Gómez Fierro concedió este viernes el beneficio para que no se les aplique, de momento, la nueva metodología tarifaria que fue aprobada por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) dentro de la resolución RES/893/2020.

“Que no se ejecute en perjuicio de todas las quejosas la Resolución RES/893/2020 y la Determinación de los cargos por el Servicio de Transmisión para fuentes de energía renovable o de cogeneración por nivel de tensión, a precios de 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2010”, señala el acuerdo.

Gómez Fierro expone que la determinación de los montos que, en su caso, deban cubrir las quejosas por concepto del servicio de transmisión de energía eléctrica, para garantizar la vigencia de sus contratos de interconexión mientras sus centrales eléctricas inician operaciones normales, debe ser calculado conforme a las metodologías, resoluciones y tarifas que estaban vigentes hasta antes de la entrada en vigor de la resolución y determinación reclamadas.

Se indica además que no se podrán modificar los términos y condiciones de los permisos y contratos de las empresas que buscan el amparo ni se podrán imponer obligaciones adicionales a las que estaban contempladas en la normatividad aplicable hasta antes de la entrada en vigor del Acuerdo para obtener su contrato de interconexión.

Sin embargo, el juez expuso que la suspensión está sujeta a que las empresas garanticen mediante un pago por determinar los posibles daños a la CFE, pues se trata de un requisito legal en amparos contra cobros de tarifas o impuestos.

"A fin de contar con los elementos necesarios para fijar una garantía para que la suspensión siga surtiendo efectos, requiérase al Director General de CFE Intermediación de Contratos Legados, para que en 24 horas realice el cálculo correspondiente a las diferencias que, en su caso, deberá cubrir la quejosa", señaló Gómez Fierro.

Un juez federal especializado concedió la primera suspensión provisional contra el aumento de entre 407 y 775 por ciento en los cargos por el servicio de transmisión de energía que empresas generadoras deben pagar a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Al admitir a trámite las demandas de amparo de dos compañías, el juez Juan Pablo Gómez Fierro concedió este viernes el beneficio para que no se les aplique, de momento, la nueva metodología tarifaria que fue aprobada por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) dentro de la resolución RES/893/2020.

“Que no se ejecute en perjuicio de todas las quejosas la Resolución RES/893/2020 y la Determinación de los cargos por el Servicio de Transmisión para fuentes de energía renovable o de cogeneración por nivel de tensión, a precios de 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2010”, señala el acuerdo.

Gómez Fierro expone que la determinación de los montos que, en su caso, deban cubrir las quejosas por concepto del servicio de transmisión de energía eléctrica, para garantizar la vigencia de sus contratos de interconexión mientras sus centrales eléctricas inician operaciones normales, debe ser calculado conforme a las metodologías, resoluciones y tarifas que estaban vigentes hasta antes de la entrada en vigor de la resolución y determinación reclamadas.

Se indica además que no se podrán modificar los términos y condiciones de los permisos y contratos de las empresas que buscan el amparo ni se podrán imponer obligaciones adicionales a las que estaban contempladas en la normatividad aplicable hasta antes de la entrada en vigor del Acuerdo para obtener su contrato de interconexión.

Sin embargo, el juez expuso que la suspensión está sujeta a que las empresas garanticen mediante un pago por determinar los posibles daños a la CFE, pues se trata de un requisito legal en amparos contra cobros de tarifas o impuestos.

"A fin de contar con los elementos necesarios para fijar una garantía para que la suspensión siga surtiendo efectos, requiérase al Director General de CFE Intermediación de Contratos Legados, para que en 24 horas realice el cálculo correspondiente a las diferencias que, en su caso, deberá cubrir la quejosa", señaló Gómez Fierro.

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