/ jueves 16 de enero de 2020

Corte niega 'súper' salarios a Banxico, IFT y Cofece tras batalla legal

La ministra Yasmín Esquivel negó la suspensión a los tres órganos autónomos por lo que no ganarán más que el presidente López Obrador

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó a Banco de México (Banxico), al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) una suspensión para mantener los salarios superiores al del presidente de la República, que es de 1.7 millones de pesos anuales en 2020.

Fue la ministra, Yasmín Esquivel Mossa quien negó la suspensión a los tres órganos autónomos bajo el argumento que al haber iniciado un nuevo ejercicio fiscal y existir un presupuesto con un límite del salario del presidente de la República, la parte actora no puede aducir un derecho para que las remuneraciones de sus integrantes no apliquen ese tope superior, pues ello sería generar un derecho para prorrogar las remuneraciones.

En principio, la ministra admitió a trámite las controversias constitucionales que interpusieron el IFT y la Cofece para impugnar, al igual que el Banxico, el Presupuesto de Egresos de este año, particularmente los criterios para fijar el salario del primer mandatario.

En su resolución, la ministra argumenta que de concederse la suspensión implicaría un desacato a una prohibición expresa del artículo 127, fracción II, de la Constitución Federal, además de que no podrían cumplirse con los fines del artículo 134 de la Carta Magna, que establece que los recursos económicos se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Expresa que el Presupuesto de Egresos de la Federación constituye una norma de observancia general, respecto de la cual es improcedente la suspensión.


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó a Banco de México (Banxico), al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) una suspensión para mantener los salarios superiores al del presidente de la República, que es de 1.7 millones de pesos anuales en 2020.

Fue la ministra, Yasmín Esquivel Mossa quien negó la suspensión a los tres órganos autónomos bajo el argumento que al haber iniciado un nuevo ejercicio fiscal y existir un presupuesto con un límite del salario del presidente de la República, la parte actora no puede aducir un derecho para que las remuneraciones de sus integrantes no apliquen ese tope superior, pues ello sería generar un derecho para prorrogar las remuneraciones.

En principio, la ministra admitió a trámite las controversias constitucionales que interpusieron el IFT y la Cofece para impugnar, al igual que el Banxico, el Presupuesto de Egresos de este año, particularmente los criterios para fijar el salario del primer mandatario.

En su resolución, la ministra argumenta que de concederse la suspensión implicaría un desacato a una prohibición expresa del artículo 127, fracción II, de la Constitución Federal, además de que no podrían cumplirse con los fines del artículo 134 de la Carta Magna, que establece que los recursos económicos se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Expresa que el Presupuesto de Egresos de la Federación constituye una norma de observancia general, respecto de la cual es improcedente la suspensión.


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