Ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinaron que en los casos de las mujeres que enfrentan cargos penales por haber agredido a sus victimarios, en casos de violencia doméstica, los juzgadores deberán tomar en cuenta dicha violencia.
De igual forma, los ministros determinaron que la violencia intrafamiliar constituye un hecho ilícito generador de responsabilidad civil.
Al aprobar la propuesta del ministro Arturo Zaldívar, los demás ampararon a una mujer que sufría violencia doméstica, no obstante, las autoridades no tomaron en cuenta lo que ella decía. Por lo anterior, la propuesta del ministro Arturo Zaldívar ordena la reposición del procedimiento para que se aplique el método de juzgar con perspectiva de género.
Es decir, que se identifique si existen situaciones de poder que por cuestiones de género que den cuenta de la situación de desventaja en que vivía la quejosa al momento en que ocurrieron los hechos; se cuestionen los mismos y valoren las pruebas desechando cualquier estereotipo o prejuicio de género, a fin de visualizar las situaciones de desventaja provocadas por condiciones de sexo o género.
Indica que en el caso de que el material probatorio no sea suficiente para aclarar la situación de violencia, vulnerabilidad o discriminación por razones de género, se ordenarán las pruebas necesarias para visibilizar dichas situaciones.