/ miércoles 17 de enero de 2018

Suprema Corte rechaza caso de Los Porkys por nulo 'interés y trascendencia'

La Corte regresó el caso al Tribunal Colegiado en Materia Penal del estado de Veracruz para que determine lo que corresponda

| Con información de Notimex

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió no ejercer su facultad de atracción para conocer el amparo en revisión que solicitó Diego Cruz Alonso contra el auto de formal prisión que se le dictó por su probable responsabilidad en la comisión del delito de pederastia.

Durante la sesión de este miércoles, la Primera Sala del Alto Tribunal consideró que el caso del presunto pederasta porque no guarda interés y trascendencia. Diego Cruz fue señalado entre los cuatro jóvenes violadores conocidos como Los Porkys.

La Corte resolvió por mayoría devolver el amparo al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del estado de Veracruz para que determine lo que corresponda.

El expediente fue turnado a la ministra Norma Piña Hernández, quien presentó un proyecto de resolución en el que planteó que la Corte no debía ejercer su facultad de atracción del amparo en revisión 401/2017.

Organizaciones feministas de la CDMX se manifestaron en marzo de 2017 tras el amparo de Diego Cruz, un Porky / Foto: Cuartoscuro

 

En el caso, la noche del 2 de enero de 2015, cuatro amigos de familias adineradas de Veracruz, entre ellos, Diego Cruz, obligaron a una menor a subir a un auto donde presuntamente el acusado abusó de ella.

El 8 de febrero de 2017, Diego Cruz Alonso solicitó el amparo contra el auto de formal prisión del 23 de enero de 2017, emitido en la causa penal número 83/2016 del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Penal, en Veracruz, por la probable comisión del delito de pederastia.

El 22 de marzo de 2017, el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz resolvió conceder el amparo al quejoso, por considerar que no se encuentran acreditados los elementos del delito de pederastia ni su probable responsabilidad.

Organizaciones feministas alzaron la voz en marzo de 2017 en la Ciudad de México / Foto: Cuartoscuro

 

Lo anterior, a fin de restituir al quejoso en el goce y disfrute del derecho humano violado.

El amparo otorgado es para el efecto de que la autoridad responsable, el juez tercero de Primera Instancia con residencia en Veracruz, deje insubsistente el auto de formal prisión dictado el 23 de enero del año pasado.

 

| Con información de Notimex

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió no ejercer su facultad de atracción para conocer el amparo en revisión que solicitó Diego Cruz Alonso contra el auto de formal prisión que se le dictó por su probable responsabilidad en la comisión del delito de pederastia.

Durante la sesión de este miércoles, la Primera Sala del Alto Tribunal consideró que el caso del presunto pederasta porque no guarda interés y trascendencia. Diego Cruz fue señalado entre los cuatro jóvenes violadores conocidos como Los Porkys.

La Corte resolvió por mayoría devolver el amparo al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del estado de Veracruz para que determine lo que corresponda.

El expediente fue turnado a la ministra Norma Piña Hernández, quien presentó un proyecto de resolución en el que planteó que la Corte no debía ejercer su facultad de atracción del amparo en revisión 401/2017.

Organizaciones feministas de la CDMX se manifestaron en marzo de 2017 tras el amparo de Diego Cruz, un Porky / Foto: Cuartoscuro

 

En el caso, la noche del 2 de enero de 2015, cuatro amigos de familias adineradas de Veracruz, entre ellos, Diego Cruz, obligaron a una menor a subir a un auto donde presuntamente el acusado abusó de ella.

El 8 de febrero de 2017, Diego Cruz Alonso solicitó el amparo contra el auto de formal prisión del 23 de enero de 2017, emitido en la causa penal número 83/2016 del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Penal, en Veracruz, por la probable comisión del delito de pederastia.

El 22 de marzo de 2017, el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz resolvió conceder el amparo al quejoso, por considerar que no se encuentran acreditados los elementos del delito de pederastia ni su probable responsabilidad.

Organizaciones feministas alzaron la voz en marzo de 2017 en la Ciudad de México / Foto: Cuartoscuro

 

Lo anterior, a fin de restituir al quejoso en el goce y disfrute del derecho humano violado.

El amparo otorgado es para el efecto de que la autoridad responsable, el juez tercero de Primera Instancia con residencia en Veracruz, deje insubsistente el auto de formal prisión dictado el 23 de enero del año pasado.

 

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