/ lunes 24 de mayo de 2021

Tribunal revoca primeras suspensiones provisionales contra Padrón de Telefonía Móvil

Un Tribunal Colegiado consideró que aún no existen las reglas para cumplir con el registro, por lo tanto no hay razón para otorgar una suspensión provisional

Un Tribunal Colegiado de la Ciudad de México consideró que en el caso del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), aún no existen las reglas para cumplir con el registro, por lo que consideró fundado el recurso de queja que interpuso la Presidencia de la República en contra de las suspensiones provisionales que otorgó el juez Juan Pablo Fierro.

Por mayoría de dos votos, el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicación negó la suspensión provisional a Norma Olivia Araiza Martínez, Hilda Judith Rosales Figueroa, Evelin Mariana Padilla Jim y a Guillermo Pérez de León Saldaña contra el Panaut.

Esto deja sin efecto las suspensiones provisionales que les había concedido el juez Juan Pablo Gómez Fierro contra el padrón de registro, al argumentar que aún no existen las reglas para cumplir con éste.

Los magistrado señalan que si bien el padrón tiene como finalidad crear una base de datos para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) pueda colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia en asuntos relacionados con la comisión de delitos, lo cierto es que la concesión de la suspensión no origina que las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia se vean obstaculizadas para desempeñar sus funciones dentro del marco constitucional y legal vigente.

➡️ No estamos preparados para un padrón de usuarios telefónicos: Visconti

Imagen ilustrativa. Foto: Cuartoscuro

“Aún sin la existencia del padrón, en términos del artículo 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales, las autoridades pueden solicitar a las concesionarias de telecomunicaciones la localización geográfica en tiempo real de los equipos de comunicación móvil asociados a una línea que se encuentra relacionada con los hechos que se investigan y la entrega de datos conservados”, señala.

Consideraron que si bien las normas que se reclaman ya entraron en vigor, lo cierto es que no se advierte la existencia de un acto inminente y cierto susceptible de ser suspendido, pues hasta este momento existe una condicionante implícita en la ley, dado que se encuentran transcurriendo los plazos de dos años y seis meses para que las concesionarias y autorizados realicen las actividades necesarias para cumplir con el registro de los usuarios y para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emita las disposiciones de carácter general.

Aseguran que el padrón de usuarios de celulares ayudará a combatir la extorsión / Foto: Daniel Galeana

Agregaron que no basta con que la norma esté en vigor, sino que sus efectos o consecuencias se produzcan inmediatamente, pues el objeto de la suspensión es mantener viva la materia de del juicio y evitar los perjuicios que le pudiera ocasionar al quejoso la ejecución del acto reclamado.

➡️ Mantente informado en nuestro canal de Google Noticias

El tribunal expuso que los usuarios de telefonía, como receptores de las disposiciones reclamadas, deben conocer la nueva regulación; también advierten que se les concede un tiempo para que se preparen para cumplir con lo que dispone la ley, lapso que permite la expedición de alguna otra norma accesoria indispensable para que adquiera operatividad el ordenamiento o preceptos novedosos.



Te recomendamos el podcast ⬇️

Acast

Spotify

Apple Podcasts

Google Podcasts

Deezer

Amazon Music

Un Tribunal Colegiado de la Ciudad de México consideró que en el caso del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), aún no existen las reglas para cumplir con el registro, por lo que consideró fundado el recurso de queja que interpuso la Presidencia de la República en contra de las suspensiones provisionales que otorgó el juez Juan Pablo Fierro.

Por mayoría de dos votos, el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicación negó la suspensión provisional a Norma Olivia Araiza Martínez, Hilda Judith Rosales Figueroa, Evelin Mariana Padilla Jim y a Guillermo Pérez de León Saldaña contra el Panaut.

Esto deja sin efecto las suspensiones provisionales que les había concedido el juez Juan Pablo Gómez Fierro contra el padrón de registro, al argumentar que aún no existen las reglas para cumplir con éste.

Los magistrado señalan que si bien el padrón tiene como finalidad crear una base de datos para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) pueda colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia en asuntos relacionados con la comisión de delitos, lo cierto es que la concesión de la suspensión no origina que las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia se vean obstaculizadas para desempeñar sus funciones dentro del marco constitucional y legal vigente.

➡️ No estamos preparados para un padrón de usuarios telefónicos: Visconti

Imagen ilustrativa. Foto: Cuartoscuro

“Aún sin la existencia del padrón, en términos del artículo 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales, las autoridades pueden solicitar a las concesionarias de telecomunicaciones la localización geográfica en tiempo real de los equipos de comunicación móvil asociados a una línea que se encuentra relacionada con los hechos que se investigan y la entrega de datos conservados”, señala.

Consideraron que si bien las normas que se reclaman ya entraron en vigor, lo cierto es que no se advierte la existencia de un acto inminente y cierto susceptible de ser suspendido, pues hasta este momento existe una condicionante implícita en la ley, dado que se encuentran transcurriendo los plazos de dos años y seis meses para que las concesionarias y autorizados realicen las actividades necesarias para cumplir con el registro de los usuarios y para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emita las disposiciones de carácter general.

Aseguran que el padrón de usuarios de celulares ayudará a combatir la extorsión / Foto: Daniel Galeana

Agregaron que no basta con que la norma esté en vigor, sino que sus efectos o consecuencias se produzcan inmediatamente, pues el objeto de la suspensión es mantener viva la materia de del juicio y evitar los perjuicios que le pudiera ocasionar al quejoso la ejecución del acto reclamado.

➡️ Mantente informado en nuestro canal de Google Noticias

El tribunal expuso que los usuarios de telefonía, como receptores de las disposiciones reclamadas, deben conocer la nueva regulación; también advierten que se les concede un tiempo para que se preparen para cumplir con lo que dispone la ley, lapso que permite la expedición de alguna otra norma accesoria indispensable para que adquiera operatividad el ordenamiento o preceptos novedosos.



Te recomendamos el podcast ⬇️

Acast

Spotify

Apple Podcasts

Google Podcasts

Deezer

Amazon Music

CDMX

Feminicidio de María José: lo que sabemos del homicidio de la joven en Iztacalco

Miguel “N”, presunto feminicida de María José, fue vinculado a proceso, el juez dio un plazo de seis meses para investigación complementaria

Finanzas

"No estamos pensando en reforma fiscal, todavía", dice Sheinbaum en la Bancaria

La candidata presidencial de Morena-PT y PVEM sostuvo que hay oportunidad de incrementar los ingresos del país a través de la digitalización del pago de impuestos y la tecnificación de aduanas

Elecciones 2024

Hallan muerto a candidato de Morena al municipio de San José Independencia, Oaxaca

Alberto Antonio García fue encontrado sin vida; él y su esposa llevaban desaparecidos dos días

Elecciones 2024

Bancos quieren incentivos para regular comisiones en México: Álvarez Máynez

El candidato presidencial de Movimiento Ciudadano señaló además que la inseguridad frena al nearshoring

Elecciones 2024

Vengo a invitarlos a que corrijamos el rumbo: Gálvez a banqueros

En la Convención Bancaria, la candidata presidencial opositora señaló que AMLO "soltó algo peor que el tigre: la jauría de la muerte"

Finanzas

Peso se recupera tras temor a una escalada en Medio Oriente

Según la plataforma Investing.com, el peso cotiza al corte de las 14:16 horas en 17.11 por dólar