/ jueves 19 de noviembre de 2020

Lo que debes saber sobre la Ley de regulación del Cannabis

En caso de ser aprobada, con la Ley de Cannabis adultos podrían poseer hasta 28 gramos de marihuana

Las y los senadores perfilan una nueva propuesta para legalizar la marihuana, que analizaron y debatieron, enriquecida con nuevas iniciativas por las comisiones dictaminadoras de Justicia, Salud y de Estudios Legislativos, Segunda, donde destaca la rectoría de la Secretaría de Salud sobre la cadena productiva de la planta.

El documento a discusión expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.

Durante la sesión a distancia, las y los legisladores acordaron retirar el dictamen aprobado en lo general el pasado 4 de marzo de este año y analizaron la nueva propuesta.

Los integrantes de las Comisiones emitieron la intención de su voto, en su mayoría fue en favor de la propuesta, y concertaron una reunión presencial para el 18 de noviembre, con el objetivo de votar los acuerdos conforme a lo establecido en la Constitución y deliberar el dictamen.

Entre las modificaciones destaca que la Secretaría de Gobernación ya no será quien se encargue de delimitar las políticas en la materia, sino que será la Secretaría de Salud, quien ejercerá la rectoría sobre la cadena productiva del cannabis y sus derivados, y su consumo.

Asimismo, cambia el nombre de Ley para la Regulación del Cannabis a Ley Federal Para la Regulación del Cannabis. También, se eliminan de dicho ordenamiento jurídico todo lo relacionado al uso medicinal, así como el industrial del cáñamo, es decir, se limitan sus facultades al uso adulto.

¿Quién regulará?

El organismo encargado de hacer cumplir esta Ley será el Instituto Mexicano para la Regulación y el Control del Cannabis, el cual estará integrado por la Dirección General, cuya persona titular será nombrada y removida libremente por el titular de la Secretaría de Salud; y el Consejo Directivo, integrado por los secretarios y secretarias de Salud, quien lo presidirá; de Gobernación; de Hacienda; de Relaciones Exteriores; de Educación Pública; de Agricultura y Desarrollo Rural; y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

¿Cómo se regula la producción?

  • Las licencias de cultivo, trasformación y comercialización se excluyen entre sí; se exceptúan de esta disposición las licencias de exportación o importación de cannabis no psicoactivo, las cuales podrán otorgarse con otro tipo de licencia. La propuesta anterior excluía este último tipo de licencia.
  • Los pueblos y comunidades indígenas, personas campesinas o ejidatarias, ejidos y comunidades agrarias, comunidades en situación de marginación o que, por sus condiciones, características o por haber sido afectados por el sistema prohibitivo, deban tener una atención prioritaria o que se encuentren en estado de vulnerabilidad, estarán exentos de esta última disposición.

¿Qué es lo que no se puede hacer?

  • Quedará prohibido el empleo de niñas, niños y adolescentes en cualquier actividad relacionada con la siembra, cultivo, plantación, cosecha, comercio, producción, distribución, suministro, venta y consumo de cannabis.
  • Se sancionará administrativamente con una multa de 100 hasta tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), la cual se duplicará en caso de reincidencia, previo apercibimiento de tal sanción.
  • En aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis psicoactivo, sin las autorizaciones a que se refiere esta Ley y la Ley General de Salud, será remitido a la autoridad administrativa competente, de conformidad con lo que establezca la Ley de Cultura Cívica en la Ciudad de México o su homóloga en las entidades federativas, sin perjuicio de su denominación y se le impondrá una multa que va de 60 hasta 120 veces el valor diario de la UMA, siempre y cuando no se actualice la figura de delincuencia organizada.

¿Ya se puede consumir con total libertad?

  • Los consumidores deberán realizarlo en su vivienda o casa habitación, o bien, en el domicilio social tratándose de integrantes de las asociaciones de consumo. Sin embargo, no se deberá consumir frente a niñas, niños y adolescentes, así como de personas que no hayan otorgado su consentimiento libre e informado.
  • De la misma forma, se limita a cuatro plantas de cannabis psicoactivo, así como el producto de la cosecha de la plantación por persona, las cuales deberán permanecer en la vivienda de quien la consume para su uso personal. Además, se elimina la disposición que establecía que para su autoconsumo sería necesario tener un permiso.


Las posturas

El presidente de la Comisión de Justicia, Julio Menchaca Salazar, reconoció la disposición de todos los Grupos Parlamentarios para identificar las coincidencias, así como los temas en los que hay diferentes puntos de vista, porque esto permitirá avanzar con responsabilidad y seriedad en construcción de la regulación.

Reiteró que una de las modificaciones de fondo es cambiar el carácter general del nuevo ordenamiento a una ley federal, porque su instrumentación estará a cargo del Gobierno Federal. Además, se concentraron las disposiciones relativas a paliativos y uso médico en la Secretaría de Salud y se prevé que se presente una propuesta para agilizar la expedición del reglamento para acceder a derivados medicinales.

Miguel Ángel Navarro Quintero, presidente de la Comisión de Salud, señaló que con el nuevo dictamen se construye “un marco regulatorio equilibrado”, que atiende la declaratoria de inconstitucionalidad sobre los cinco artículos de la Ley General de Salud y el libre desarrollo de la personalidad. “Estoy de acuerdo en que debe hacerse a un lado la estigmatización y criminalización de la mariguana y entrar a la discusión de lo real y no de lo ideal”.

Esta discusión, dijo la presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, Ana Lilia Rivera Rivera, enriqueció el debate sobre la regulación del cannabis, “no esteremos todos de acuerdo, pero estamos discutiendo las cosas que le importan a la nación”.

La senadora de Movimiento Ciudadano, Patricia Mercado Castro, propuso que el autoconsumo, el autocultivo y la posesión simple, no fueran contempladas en Código Penal Federal, a fin de mostrar congruencia con la petición de la Corte, en favor del derecho de las personas al libre desarrollo de la personalidad; incluso, dijo que, con estos cambios al dictamen, se podría construir un ambiente de paz, y beneficiar a los sectores campesino e industrial.

En tanto, la senadora Cora Cecilia Pinedo Alonso, del Partido del Trabajo, destacó que, al aprobar esta Ley, se dará vida a una industria que podría generar 17 millones de empleos y aportar entre cinco y seis millones de dólares al país; potencial que puede estar en riesgo, si la regulación sanitaria es restrictiva para el cáñamo.

La senadora Jesusa Rodríguez Ramírez, de la bancada de Morena, afirmó que la prohibición ha causado más muertes que su propio consumo. En este sentido, agregó que esta Ley da a entender que no son las sustancias, sino las circunstancias las que generan el daño. Detalló que se tiene que defender la dignidad de las personas y su derecho al libre desarrollo de la personalidad, por lo que se manifestó en contra de todos los artículos dentro de esta Ley que atenten contra los derechos humanos

Cabe recordar que el plazo dado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para que el Legislativo emita la jurisprudencia se ha prorrogado, primero a petición del Senado y luego por las suspensiones ordenadas por la pandemia, hasta quedar establecido para el próximo 15 de diciembre del 2020, el último día del periodo ordinario de sesiones.

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Las y los senadores perfilan una nueva propuesta para legalizar la marihuana, que analizaron y debatieron, enriquecida con nuevas iniciativas por las comisiones dictaminadoras de Justicia, Salud y de Estudios Legislativos, Segunda, donde destaca la rectoría de la Secretaría de Salud sobre la cadena productiva de la planta.

El documento a discusión expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.

Durante la sesión a distancia, las y los legisladores acordaron retirar el dictamen aprobado en lo general el pasado 4 de marzo de este año y analizaron la nueva propuesta.

Los integrantes de las Comisiones emitieron la intención de su voto, en su mayoría fue en favor de la propuesta, y concertaron una reunión presencial para el 18 de noviembre, con el objetivo de votar los acuerdos conforme a lo establecido en la Constitución y deliberar el dictamen.

Entre las modificaciones destaca que la Secretaría de Gobernación ya no será quien se encargue de delimitar las políticas en la materia, sino que será la Secretaría de Salud, quien ejercerá la rectoría sobre la cadena productiva del cannabis y sus derivados, y su consumo.

Asimismo, cambia el nombre de Ley para la Regulación del Cannabis a Ley Federal Para la Regulación del Cannabis. También, se eliminan de dicho ordenamiento jurídico todo lo relacionado al uso medicinal, así como el industrial del cáñamo, es decir, se limitan sus facultades al uso adulto.

¿Quién regulará?

El organismo encargado de hacer cumplir esta Ley será el Instituto Mexicano para la Regulación y el Control del Cannabis, el cual estará integrado por la Dirección General, cuya persona titular será nombrada y removida libremente por el titular de la Secretaría de Salud; y el Consejo Directivo, integrado por los secretarios y secretarias de Salud, quien lo presidirá; de Gobernación; de Hacienda; de Relaciones Exteriores; de Educación Pública; de Agricultura y Desarrollo Rural; y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

¿Cómo se regula la producción?

  • Las licencias de cultivo, trasformación y comercialización se excluyen entre sí; se exceptúan de esta disposición las licencias de exportación o importación de cannabis no psicoactivo, las cuales podrán otorgarse con otro tipo de licencia. La propuesta anterior excluía este último tipo de licencia.
  • Los pueblos y comunidades indígenas, personas campesinas o ejidatarias, ejidos y comunidades agrarias, comunidades en situación de marginación o que, por sus condiciones, características o por haber sido afectados por el sistema prohibitivo, deban tener una atención prioritaria o que se encuentren en estado de vulnerabilidad, estarán exentos de esta última disposición.

¿Qué es lo que no se puede hacer?

  • Quedará prohibido el empleo de niñas, niños y adolescentes en cualquier actividad relacionada con la siembra, cultivo, plantación, cosecha, comercio, producción, distribución, suministro, venta y consumo de cannabis.
  • Se sancionará administrativamente con una multa de 100 hasta tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), la cual se duplicará en caso de reincidencia, previo apercibimiento de tal sanción.
  • En aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis psicoactivo, sin las autorizaciones a que se refiere esta Ley y la Ley General de Salud, será remitido a la autoridad administrativa competente, de conformidad con lo que establezca la Ley de Cultura Cívica en la Ciudad de México o su homóloga en las entidades federativas, sin perjuicio de su denominación y se le impondrá una multa que va de 60 hasta 120 veces el valor diario de la UMA, siempre y cuando no se actualice la figura de delincuencia organizada.

¿Ya se puede consumir con total libertad?

  • Los consumidores deberán realizarlo en su vivienda o casa habitación, o bien, en el domicilio social tratándose de integrantes de las asociaciones de consumo. Sin embargo, no se deberá consumir frente a niñas, niños y adolescentes, así como de personas que no hayan otorgado su consentimiento libre e informado.
  • De la misma forma, se limita a cuatro plantas de cannabis psicoactivo, así como el producto de la cosecha de la plantación por persona, las cuales deberán permanecer en la vivienda de quien la consume para su uso personal. Además, se elimina la disposición que establecía que para su autoconsumo sería necesario tener un permiso.


Las posturas

El presidente de la Comisión de Justicia, Julio Menchaca Salazar, reconoció la disposición de todos los Grupos Parlamentarios para identificar las coincidencias, así como los temas en los que hay diferentes puntos de vista, porque esto permitirá avanzar con responsabilidad y seriedad en construcción de la regulación.

Reiteró que una de las modificaciones de fondo es cambiar el carácter general del nuevo ordenamiento a una ley federal, porque su instrumentación estará a cargo del Gobierno Federal. Además, se concentraron las disposiciones relativas a paliativos y uso médico en la Secretaría de Salud y se prevé que se presente una propuesta para agilizar la expedición del reglamento para acceder a derivados medicinales.

Miguel Ángel Navarro Quintero, presidente de la Comisión de Salud, señaló que con el nuevo dictamen se construye “un marco regulatorio equilibrado”, que atiende la declaratoria de inconstitucionalidad sobre los cinco artículos de la Ley General de Salud y el libre desarrollo de la personalidad. “Estoy de acuerdo en que debe hacerse a un lado la estigmatización y criminalización de la mariguana y entrar a la discusión de lo real y no de lo ideal”.

Esta discusión, dijo la presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, Ana Lilia Rivera Rivera, enriqueció el debate sobre la regulación del cannabis, “no esteremos todos de acuerdo, pero estamos discutiendo las cosas que le importan a la nación”.

La senadora de Movimiento Ciudadano, Patricia Mercado Castro, propuso que el autoconsumo, el autocultivo y la posesión simple, no fueran contempladas en Código Penal Federal, a fin de mostrar congruencia con la petición de la Corte, en favor del derecho de las personas al libre desarrollo de la personalidad; incluso, dijo que, con estos cambios al dictamen, se podría construir un ambiente de paz, y beneficiar a los sectores campesino e industrial.

En tanto, la senadora Cora Cecilia Pinedo Alonso, del Partido del Trabajo, destacó que, al aprobar esta Ley, se dará vida a una industria que podría generar 17 millones de empleos y aportar entre cinco y seis millones de dólares al país; potencial que puede estar en riesgo, si la regulación sanitaria es restrictiva para el cáñamo.

La senadora Jesusa Rodríguez Ramírez, de la bancada de Morena, afirmó que la prohibición ha causado más muertes que su propio consumo. En este sentido, agregó que esta Ley da a entender que no son las sustancias, sino las circunstancias las que generan el daño. Detalló que se tiene que defender la dignidad de las personas y su derecho al libre desarrollo de la personalidad, por lo que se manifestó en contra de todos los artículos dentro de esta Ley que atenten contra los derechos humanos

Cabe recordar que el plazo dado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para que el Legislativo emita la jurisprudencia se ha prorrogado, primero a petición del Senado y luego por las suspensiones ordenadas por la pandemia, hasta quedar establecido para el próximo 15 de diciembre del 2020, el último día del periodo ordinario de sesiones.

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