La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) terminó su primer periodo ordinario de sesiones de este 2024, y se fueron a receso sin discutir algunos de los asuntos más relevantes en materia legislativa federal y de derechos humanos en el país.
La Corte regresará de vacaciones en agosto y podrían comenzar a discutir algunos asuntos que llevan meses enlistados, aún con la permanencia de las y los 11 ministros en riesgo dado la cercanía de una posible reforma judicial (dónde se prevé que sean destituidos para elegir por voto popular a otros impartidores de justicia).
Entre los temas pendientes se encuentra la discusión sobre la constitucionalidad de las reformas a la ley avaladas en el llamado “viernes negro”, como se le conoció a la sesión del 28 y 29 de abril de 2023 dónde senadores oficialistas avalaron por fast track 20 reformas a la Constitución en diversas materias.
Tras esto, las bancadas de oposición promovieron ante la SCJN acciones de inconstitucionalidad contra todas las modificaciones, de las cuales 17 fueron admitidas y quedaron en listas de la Corte, aunque a la fecha no se han discutido. Las y los senadores de oposición buscan que los ministros den revés a estos cambios en leyes.
Entre las leyes a discutirse están Leyes de Aeropuertos y de Aviación Civil; cambios en SEDENA para control del espacio aéreo; extinción del Insabi y la creación del IMSS-Bienestar; nueva Ley del Conahcyt; cambios a ley Minera; extinción de Financiera Rural; readscripción de Unidades de la SFP y compactación de contralorías; asignaciones ferroviarias indefinidas a militares; reglas de créditos a burócratas; Ley de Bienes Nacionales sobre venta y manejo de bienes nacionales; así como control de precursores químicos.
En la lista oficial de La Corte también se encuentra la acción de inconstitucionalidad impulsada por la oposición política del Senado de la República ante la extinción de 109 fideicomisos, realizada a través de la modificación de 17 leyes en temas de salud, deporte, ciencia, tecnología, medio ambiente, protección civil, cultura y cinematografía; ello, con el fin de comprar vacunas contra el Covid-19 durante la pandemia por este virus.
El proyecto, enlistado desde diciembre de 2023, corre a cargo del ministro Gutiérrez Ortíz Mena, aunque aún no se conoce la versión pública del proyecto ni la postura de Ortíz Mena ante la impugnación de la oposición política.
La decisión de la eliminación de estos fondos económicos se dio el 21 de octubre de 2020 en la cámara de senadores, con una votación de 64 legisladores a favor y 39 en contra.
Dicho decreto entró en vigor el 7 de noviembre de ese año, un día después de que se publicará en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
En materia de derechos humanos, la SCJN tiene pendiente la discusión sobre la legalidad de la prisión preventiva oficiosa, medida cautelar sentenciada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en nuestro país.
El Pleno de la Corte, máximo tribunal del Poder Judicial, mantiene enlistados tres asuntos referentes a la prisión preventiva oficiosa. Uno de ellos es el denominado: caso García Rodríguez y otro vs. México.
El caso se refiere a la responsabilidad internacional de México por las violaciones al debido proceso, a la libertad personal y por las torturas contra Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortíz. Ambos permanecieron presos y sin condena por 17 años. Todo por un homicidio que, se dictaminó, no cometieron.
El asunto provocó una serie de condenas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y una sentencia contra la prisión preventiva oficiosa que se aplica en México, situación que llevó el tema al pleno de La Corte.
Otro asunto referente al tema que discutirá en algún momento el Pleno de la SCJN es la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en México, quienes buscan que se dictamine inconstitucional la prisión preventiva oficiosa, y jueces analicen la posibilidad de ejercer prisión preventiva justificada para delitos que conllevan violaciones graves a derechos humanos.
La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que, según la Constitución, puede ser impuesta en automático siempre y cuando se investiguen delitos contenidos en el Artículo 19:
“El juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de cargas, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud”, apunta la Carta Magna.
El pasado 14 de abril la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, exhortó a la SCJN a que considere no declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa. La funcionaria detalló que existen riesgos para testigos y víctimas ante una posible liberación de presuntos delincuentes tras las rejas en esta modalidad; y declaró que muchos de estos supuestos criminales están vinculados a grupos del crimen organizado.
Igualmente, gobernadores de los 32 estados de México, congregados en la Confederación Nacional de Gobernadores, enviaron una carta a la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Piña, en la que expresaron su preocupación por la posible desaparición de la prisión preventiva oficiosa.
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La Conferencia Nacional de Procuración de Justicia (CNPJ), que reúne a los 32 fiscales estatales y al titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, también exhortó a los ministros de la Corta a no eliminar esta medida cautelar, ya que, aseguraron, esta decisión permitiría la “liberación masiva” de presos.
“Resolver en contra de la Constitución permitiría que alrededor de 60 mil personas sujetas en todo el país a procesos por delitos de feminicidio, homicidio, secuestro, delincuencia organizada y otros graves, obtengan su libertad procesal”. apuntaron los fiscales.
No obstante, el proyecto que planea discutir la SCJN únicamente busca anular la prisión preventiva oficiosa en delitos como el robo a establecimientos destinados a actividades comerciales; el robo de equipaje o valores derivado del robo de transporte de carga, pasajeros, turismo o transporte privado; o la utilización de programas sociales con fines electorales. Y mantenerla en delitos de mayor gravedad como feminicidio, homicidio, secuestro, narcotráfico, entre otros.