/ lunes 7 de enero de 2019

En sesión extraordinaria legisladores abordan Guardia Nacional y Fiscalía General

Las Cámaras de Diputados y de Senadores a un periodo extraordinario de sesiones para atender dichas reformas

El Congreso de la Unión publica el Decreto por el que se convoca a las Cámaras de Diputados y de Senadores a un periodo extraordinario de sesiones para atender reformas y adiciones en materia de Guardia Nacional y el Proceso de selección para el nombramiento del Fiscal General de la República.

El periodo extraordinario se desarrollará durante el actual primer receso del primer año de ejercicio de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso de la Unión.

En el Decreto, publicado en la edición matutina de este lunes del Diario Oficial de la Federación (DOF), se explica también que la Comisión Permanente convoca a las Cámaras del Congreso de la Unión a realizar un periodo de sesiones extraordinarias, cuya sesión de apertura se celebrará el 16 de enero de 2019, a las 11:00 horas, y concluya una vez que se hayan abordado los temas y asuntos por los que se convocó.

Puntualiza que en ese periodo de sesiones extraordinarias, las Cámaras del Congreso de la Unión, se ocuparán de discutir y aprobar exclusivamente los siguientes asuntos:

Para atención de la Cámara de Diputados:

- Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional, que fue dictaminado y tuvo declaratoria de publicidad ante el Pleno de la Cámara de Diputados, el 21 de diciembre de 2018.

- Proyecto de Decreto por el que se reforma el Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa, el cual radica en calidad de Minuta en la Cámara de Diputados.

Para atención de la Cámara de Senadores:

- Proceso de selección para el nombramiento del Fiscal General de la República, en acatamiento a lo dispuesto en el artículo décimo sexto transitorio del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014.

- La resolución sobre los nombramientos pendientes de emitirse por parte de la Cámara de Senadores respecto de los empleados superiores del Ramo de Relaciones, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Decreto publicado establece que las sesiones de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores serán convocadas por sus respectivos Presidentes en las fechas que sean oportunas, para dar cumplimiento a los asuntos materia de la presente convocatoria.

Además, subraya que una vez que se consideren atendidos en su proceso legislativo los asuntos referidos en el artículo segundo del presente Decreto, la declaratoria de clausura podrá realizarse a través de comunicación del Presidente de la Mesa Directiva de cada Cámara, dirigida a sus integrantes y notificada a la respectiva Colegisladora.

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El Congreso de la Unión publica el Decreto por el que se convoca a las Cámaras de Diputados y de Senadores a un periodo extraordinario de sesiones para atender reformas y adiciones en materia de Guardia Nacional y el Proceso de selección para el nombramiento del Fiscal General de la República.

El periodo extraordinario se desarrollará durante el actual primer receso del primer año de ejercicio de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso de la Unión.

En el Decreto, publicado en la edición matutina de este lunes del Diario Oficial de la Federación (DOF), se explica también que la Comisión Permanente convoca a las Cámaras del Congreso de la Unión a realizar un periodo de sesiones extraordinarias, cuya sesión de apertura se celebrará el 16 de enero de 2019, a las 11:00 horas, y concluya una vez que se hayan abordado los temas y asuntos por los que se convocó.

Puntualiza que en ese periodo de sesiones extraordinarias, las Cámaras del Congreso de la Unión, se ocuparán de discutir y aprobar exclusivamente los siguientes asuntos:

Para atención de la Cámara de Diputados:

- Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional, que fue dictaminado y tuvo declaratoria de publicidad ante el Pleno de la Cámara de Diputados, el 21 de diciembre de 2018.

- Proyecto de Decreto por el que se reforma el Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa, el cual radica en calidad de Minuta en la Cámara de Diputados.

Para atención de la Cámara de Senadores:

- Proceso de selección para el nombramiento del Fiscal General de la República, en acatamiento a lo dispuesto en el artículo décimo sexto transitorio del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014.

- La resolución sobre los nombramientos pendientes de emitirse por parte de la Cámara de Senadores respecto de los empleados superiores del Ramo de Relaciones, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Decreto publicado establece que las sesiones de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores serán convocadas por sus respectivos Presidentes en las fechas que sean oportunas, para dar cumplimiento a los asuntos materia de la presente convocatoria.

Además, subraya que una vez que se consideren atendidos en su proceso legislativo los asuntos referidos en el artículo segundo del presente Decreto, la declaratoria de clausura podrá realizarse a través de comunicación del Presidente de la Mesa Directiva de cada Cámara, dirigida a sus integrantes y notificada a la respectiva Colegisladora.

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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