/ martes 20 de diciembre de 2022

Gobierno publica modificaciones electorales que reducen multas a los partidos

Una sanción de hasta 100 mil días salario mínimo a las concesionarias de radio que cometieran una infracción electoral, ahora pasa a 100 mil UMA

El gobierno federal publicó esta tarde el decreto por el que se elimina la denominación de “salario mínimo” dentro de la Constitución −dirigido a la materia electoral− para sustituirlo por la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que en términos prácticos disminuirá la cantidad de recursos que los partidos, organizaciones y personas de la sociedad civil deberán pagar en caso de cometer una infracción durante los procesos electorales.

Esto, porque a partir del próximo 1 de enero de 2023 el salario mínimo −que es costo base por el que se calculaban hasta hoy las multas− sufrirá un incremento al pasar de los 172.87 a los 207.44 pesos.

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Lo anterior lo ubicará muy por arriba de los 96.22 pesos en los que se cotizó la UMA este 2022 y que, a falta de una modificación para el próximo año, será el tope mínimo con el que se cuantifiquen las infracciones.

Destaca que la reforma fue aprobada desde octubre pasado por el Congreso de la Unión, pero fue esta tarde, en medio de la expectativa que existe en torno a si habrá o no período extraordinario en el Senado de la República para aprobar el “Plan B” de la reforma electoral propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, que el gobierno la envió para su publicación en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación.

Con ésta, a partir de mañana miércoles, se modificarán los artículos 243 y 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que contemplaba hasta hoy, por ejemplo, una sanción de hasta 100 mil días salario mínimo a las concesionarias de radio que cometieran una infracción electoral y que ahora pasa a 100 mil UMA, o lo que es lo mismo, de 17 millones 287 mil a nueve millones 622 mil pesos, actualmente.

Lo mismo sucede con las infracciones por violar los límites de gastos de campañas, la recepción de donativos o aportaciones de simpatizantes; con las infracciones cometidas por partidos, dirigentes, candidatos, ciudadanos; por ser un infractor reincidente; las concesionarias de radio y televisión que incumplan la Ley, entre otros actores más.



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El gobierno federal publicó esta tarde el decreto por el que se elimina la denominación de “salario mínimo” dentro de la Constitución −dirigido a la materia electoral− para sustituirlo por la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que en términos prácticos disminuirá la cantidad de recursos que los partidos, organizaciones y personas de la sociedad civil deberán pagar en caso de cometer una infracción durante los procesos electorales.

Esto, porque a partir del próximo 1 de enero de 2023 el salario mínimo −que es costo base por el que se calculaban hasta hoy las multas− sufrirá un incremento al pasar de los 172.87 a los 207.44 pesos.

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Lo anterior lo ubicará muy por arriba de los 96.22 pesos en los que se cotizó la UMA este 2022 y que, a falta de una modificación para el próximo año, será el tope mínimo con el que se cuantifiquen las infracciones.

Destaca que la reforma fue aprobada desde octubre pasado por el Congreso de la Unión, pero fue esta tarde, en medio de la expectativa que existe en torno a si habrá o no período extraordinario en el Senado de la República para aprobar el “Plan B” de la reforma electoral propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, que el gobierno la envió para su publicación en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación.

Con ésta, a partir de mañana miércoles, se modificarán los artículos 243 y 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que contemplaba hasta hoy, por ejemplo, una sanción de hasta 100 mil días salario mínimo a las concesionarias de radio que cometieran una infracción electoral y que ahora pasa a 100 mil UMA, o lo que es lo mismo, de 17 millones 287 mil a nueve millones 622 mil pesos, actualmente.

Lo mismo sucede con las infracciones por violar los límites de gastos de campañas, la recepción de donativos o aportaciones de simpatizantes; con las infracciones cometidas por partidos, dirigentes, candidatos, ciudadanos; por ser un infractor reincidente; las concesionarias de radio y televisión que incumplan la Ley, entre otros actores más.



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