/ martes 4 de enero de 2022

INE instala consejos locales para la revocación de mandato

Como parte de los trabajos de la autoridad electoral ante el posible proceso de revocación de mandato, se instalaron los 32 consejos locales a lo largo del país

Para dar continuidad a las actividades de la Revocación de mandato, se instalaron los 32 Consejos Locales del Instituto Nacional Electoral (INE) para su eventual organización.

El INE señaló que los trabajos para el ejercicio avanzan y que continúa con la verificación y validación de las firmas entregadas para cumplir con el requisito constitucional del respaldo del 3% de los ciudadanos registrados en la Lista Nominal de al menos 17 entidades federativas, lo que permitiría realizar la consulta.

En ese sentido, detalló que los Consejos Locales y los Distritales están integrados por las y los consejeros que participaron en el pasado Proceso Electoral Federal 2020-2021, así como en la Consulta Popular que se celebró en agosto de 2021.

En sus respectivos ámbitos de competencia, explicó que estos órganos son los encargados de la implementación de los procedimientos para el desarrollo de la Revocación de Mandato en los términos que precisen los Lineamientos, el Consejo General y la Junta General Ejecutiva.

Con base en lo anterior, determinarán el número y ubicación de las casillas básicas, contiguas y extraordinarias, incluyendo las especiales, que serán instaladas en el ámbito geográfico de su competencia, considerando lugares de fácil acceso y que deberán procurar la accesibilidad de personas adultas mayores o personas con discapacidad.

Asimismo, serán los responsables de identificar y proporcionar el equipamiento y el acondicionamiento requerido en los lugares donde se instalarán las casillas

.

De conformidad con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en sus artículos 83 y 254, las Mesas Directivas de Casilla, se integrarán con: una o un Presidente, una o un Secretario, y una o un Escrutador y al menos un Suplente General, quienes deberán cumplir los requisitos para ser funcionarios/as de casilla establecidos en la ley.

Para el desarrollo de la Revocación de Mandato, los Consejos Distritales deberán supervisar y participar en el reclutamiento, selección y contratación de las personas que prestarán sus servicios como Supervisor y Capacitador Electoral.



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Para dar continuidad a las actividades de la Revocación de mandato, se instalaron los 32 Consejos Locales del Instituto Nacional Electoral (INE) para su eventual organización.

El INE señaló que los trabajos para el ejercicio avanzan y que continúa con la verificación y validación de las firmas entregadas para cumplir con el requisito constitucional del respaldo del 3% de los ciudadanos registrados en la Lista Nominal de al menos 17 entidades federativas, lo que permitiría realizar la consulta.

En ese sentido, detalló que los Consejos Locales y los Distritales están integrados por las y los consejeros que participaron en el pasado Proceso Electoral Federal 2020-2021, así como en la Consulta Popular que se celebró en agosto de 2021.

En sus respectivos ámbitos de competencia, explicó que estos órganos son los encargados de la implementación de los procedimientos para el desarrollo de la Revocación de Mandato en los términos que precisen los Lineamientos, el Consejo General y la Junta General Ejecutiva.

Con base en lo anterior, determinarán el número y ubicación de las casillas básicas, contiguas y extraordinarias, incluyendo las especiales, que serán instaladas en el ámbito geográfico de su competencia, considerando lugares de fácil acceso y que deberán procurar la accesibilidad de personas adultas mayores o personas con discapacidad.

Asimismo, serán los responsables de identificar y proporcionar el equipamiento y el acondicionamiento requerido en los lugares donde se instalarán las casillas

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De conformidad con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en sus artículos 83 y 254, las Mesas Directivas de Casilla, se integrarán con: una o un Presidente, una o un Secretario, y una o un Escrutador y al menos un Suplente General, quienes deberán cumplir los requisitos para ser funcionarios/as de casilla establecidos en la ley.

Para el desarrollo de la Revocación de Mandato, los Consejos Distritales deberán supervisar y participar en el reclutamiento, selección y contratación de las personas que prestarán sus servicios como Supervisor y Capacitador Electoral.



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