El desafuero del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, sí requiere de su resolución en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues ambos poderes legislativos, el federal y el estatal, acusan la intromisión en asuntos de su competencia.
Así lo propone el proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández quién pide que se admita a trámite la controversia constitucional que el Congreso de Tamaulipas promovió para impugnar la resolución de la Cámara de Diputados que avaló acción penal contra el Gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca.
Al considerar que los diputados locales no fueron afectados en su esfera de competencia, pues finalmente ellos mismos votaron a favor de mantener el fuero del mandatario local, el ministro instructor Juan Luis Alcántara Carrancá determinó no admitir a trámite la controversia que presentó el congreso estatal en abril pasado.
Ante tal determinación, la Fiscalía General de la República (FGR) interpuso un recurso de reclamación argumentando que corresponde al Ministerio Público Federal, la persecución ante los tribunales de todos los delitos del orden federal, y solicitar las medidas cautelares contra los imputados y buscara presentar las pruebas que acrediten la participación de estos en los hechos.
El recurso de reclamación fue asignado para su estudio a la ministra Piña, quien este jueves presentó un proyecto de resolución a sus compañeros de la Primera Sala donde considera que el tema sí requiere de su resolución en el máximo tribunal, pues ambos poderes legislativos, el federal y el estatal, acusan la intromisión en asuntos de su competencia.
“En este sentido, esta Sala considera que debe reconocerse legitimación a la Fiscalía General de la República como parte autónoma para recurrir una decisión de esa naturaleza, pues subsiste el interés púbico objetivo de que se revise la legalidad de la decisión del Ministro instructor de desechar de plano una demanda de controversia constitucional, en la que la actora plantea lo que considera una grave intromisión en su ámbito de competencia regulado directamente en el párrafo quinto del artículo 111 de la Constitución federal”, señala el proyecto.
➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo
La ministra explica que la solución de este problema interpretativo de índole constitucional exige, sin duda, consideraciones de cierta profundidad, pues requieren de condiciones reflexivas propias de la sentencia, como son el tiempo, el estudio y la serenidad suficientes para emitir una resolución adecuada al respecto.
Propuso que sea admitida la controversia y que la SCJN, ya sea en alguna de sus salas o en el pleno, resuelva sobre la constitucionalidad del desafuero.