El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió un boletín en el que se cambia el sentido de la sentencia aprobada la noche de ayer por los magistrados en la que ordenaba a los partidos, postular a siete mujeres en las gubernaturas.
El TEPJF redujo el rosultivo a un esfuerzo “en la medida de lo posible”, es decir, que no se estaría obligando a las fuerzas políticas a cumplir con el principio de paridad de género en las postulaciones a gubernaturas.
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"Acordaron vincular a los partidos políticos a que, en la medida de lo posible, en atención a sus disposiciones internas, en las elecciones del próximo 6 de junio, en lo que toca a la selección de sus candidaturas a las gubernaturas, y respetando el principio de paridad de género, postulen el mayor número de mujeres posible”, se lee en el comunicado emitido por el Tribunal.
Bajo este contexto, dos magistrados de la Sala Superior rechazaron públicamente el boletín circulado por el órgano colegiado, al argumentar que no fue lo que aprobaron en la sesión pública.
El magistrado Reyes Rodríguez externó que “se acordó, por mayoría, vincular directamente a los partidos políticos para que en estas elecciones postulen al menos siete mujeres en sus candidaturas a las gubernaturas, respetando el principio de paridad de género”.
El día de ayer, con cuatro votos a favor y tres en contra, la Sala Superior ordenó "vincular" a las fuerzas políticas a cumplir con el principio de paridad, por lo que la medida se volvía obligatoria.
Sin embargo, en la votación el magistrado presidente José Luis Vargas insistió en que el proyecto de la magistrada Janine Otálora se había rechazado, por lo que decidieron revisar la versión estenográfica de la votación sin embargo, en la sentencia leída por el mismo Vargas, se escucha textual: Se vincula a los partidos políticos para que en la postulación de sus candidaturas a las gubernaturas en el presente proceso electoral hagan efectivo el principio de paridad.