/ miércoles 23 de marzo de 2022

INE da tres horas a AMLO para bajar inauguración del AIFA

El Instituto Nacional Electoral ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador retirar su conferencia matinal del 21 de marzo

El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador retirar su conferencia matinal del 21 de marzo en la que promovió la inauguración del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles.

En sesión de la Comisión de Quejas y Denuncias se declaró procedente la medida cautelar y tutela preventiva solicitadas en contra el titular del Ejecutivo por la supuesta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, es decir, durante el proceso de Revocación de Mandato.

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"Se estimó que durante la conferencia mañanera del 21 de marzo de 2022 visible en el portal del Gobierno de México difunde actividades gubernamentales, vinculadas a los logros y acciones del gobierno, como lo es la apertura y funcionamiento del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, al destacar la cobertura, inversión y beneficios que dicha obra conlleva, lo que, en apariencia del buen derecho, podría constituir propaganda gubernamental y se encuentra prohibida durante el proceso de Revocación de Mandato", señaló el INE

En ese sentido el órgano consideró que el criterio de interpretación legislativa que se publicó el pasado 17 de marzo en este momento no es aplicable al proceso de Revocación de Mandato en curso que inició el 4 de febrero de este año con la publicación de la convocatoria respectiva.

Lo anterior, además, en concordancia con lo sostenido por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sentencia SRE-PSC-33/2022 del pasado 18 de marzo, que estableció que dicho decreto de interpretación no aplica a los procesos electorales que ya comenzaron, por lo que aun si es vigente dicho decreto el mismo no resulta aplicable en los procesos en curso.

Por ello, es que ordenó al Presidente de la República, así como al Coordinador General de Comunicación Social y Vocero del Gobierno de la República que, de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realice las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar los archivos de audio, audiovisuales y/o versiones estenográficas de la conferencia matutina.

El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador retirar su conferencia matinal del 21 de marzo en la que promovió la inauguración del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles.

En sesión de la Comisión de Quejas y Denuncias se declaró procedente la medida cautelar y tutela preventiva solicitadas en contra el titular del Ejecutivo por la supuesta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, es decir, durante el proceso de Revocación de Mandato.

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"Se estimó que durante la conferencia mañanera del 21 de marzo de 2022 visible en el portal del Gobierno de México difunde actividades gubernamentales, vinculadas a los logros y acciones del gobierno, como lo es la apertura y funcionamiento del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, al destacar la cobertura, inversión y beneficios que dicha obra conlleva, lo que, en apariencia del buen derecho, podría constituir propaganda gubernamental y se encuentra prohibida durante el proceso de Revocación de Mandato", señaló el INE

En ese sentido el órgano consideró que el criterio de interpretación legislativa que se publicó el pasado 17 de marzo en este momento no es aplicable al proceso de Revocación de Mandato en curso que inició el 4 de febrero de este año con la publicación de la convocatoria respectiva.

Lo anterior, además, en concordancia con lo sostenido por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sentencia SRE-PSC-33/2022 del pasado 18 de marzo, que estableció que dicho decreto de interpretación no aplica a los procesos electorales que ya comenzaron, por lo que aun si es vigente dicho decreto el mismo no resulta aplicable en los procesos en curso.

Por ello, es que ordenó al Presidente de la República, así como al Coordinador General de Comunicación Social y Vocero del Gobierno de la República que, de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realice las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar los archivos de audio, audiovisuales y/o versiones estenográficas de la conferencia matutina.

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