/ martes 30 de abril de 2019

Senado frena reforma educativa, no obtiene votos y regresa a San Lázaro

La reforma habrá de aprobarse con el voto de dos terceras partes de los legisldores, iniciativa que ya avaló la Cámara de Diputados

La oposición en el Senado de la República frena la reforma educativa planteada por el presidente Andrés Manuel López Obrador y que previamente había sido aprobada por la Cámara de Diputados.

El revés al grupo mayoritario de Morena y sus alados fue el no perdonarles la omisión de incluir las materias de matemáticas y español, así como por la eliminación de un órgano constitucional autónomo y por la complacencia a los chantajes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación.

Luego de no alcanzar el aval de dos terceras partes del pleno de senadores, el paquete de reformas en materia educativa se regresaron a la colegisladora, la Cámara de Diputados.El tablero registró 81 votos a favor, 39 votos en contra y dos abstenciones.

Senado aprueba en lo general la reforma educativa

El Senado de la República aprobó en lo general la reforma educativa, impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, como parte de sus promesas de campaña.

En votación nominal, con 95 votos a favor, 25 en contra y dos abstenciones, se logró la mayoría calificada necesaria por ley para derogar la reforma educativa que encabezaba el gobierno del expresidente Enrique Peña Nieto.

Se turna al Ejecutivo Federal para los trámites correspondientes y su futura publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dentro de los cambios que propone, se establece que toda persona tiene derecho a la educación. Para ello se reforman los artículos 3, 31 y 73 de la Constitución Política.

Se desaparece al INEE y en su lugar se plantea crear el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación, el cual será coordinado por un organismo público descentralizado con autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión, con personalidad jurídica y patrimonio propios, no sectorizado.

Dentro de las facultades y funciones se encuentran las de realizar estudios, investigaciones especializadas y evaluaciones diagnósticas, formativas e integrales del Sistema Educativo Nacional; determinar indicadores de resultados de la mejora continua de la educación; establecer los criterios que deben cumplir las instancias autorizada para la certificación de los procesos de la mejora continua de la educación.

Así como emitir lineamientos relacionados con el desarrollo del magisterio, el desempeño escolar, los resultados de aprendizaje; así como de la mejora de las escuelas, organización y profesionalización de la gestión escolar, entre otras.

Se avaló, la educación desde su etapa inicial y hasta nivel superior, así como un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva.

Delinea que será la federación la encargada establecer las disposiciones del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros en sus funciones docente, directiva o de supervisión.

Igualmente, apunta que será a través de procesos de selección públicos, transparentes, equitativos e imparciales por los cuales se dará la admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza la función magisterial, directiva o de supervisión.

Incluye que el criterio que orientará a la educación será equitativo, plurilingüe, inclusivo, intercultural, integral y de excelencia.

Para la correcta implementación de esta reforma, los artículos transitorios aprobados indican que el Congreso de la Unión deberá expedir la Ley del Sistema Nacional de Mejora Continua y la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, a más tardar, en un plazo de 120 días a partir de la publicación del presente decreto.

Deberá expedir las Leyes Generales en materia de Educación Superior y de Ciencia, Tecnología e Innovación a más tardar en el año 2020 y realizar las reformas a la legislación secundaria, a más tardar en un plazo de 120 días a partir de su publicación en el DOF.

Para atender la educación inicial, el Ejecutivo Federal, en un plazo no mayor a 180 días contados a partir de su entrada en vigor, definirá una Estrategia Nacional de Atención a la Primera Infancia.

Para la integración de la primera Junta Directiva del Sistema Nacional de Mejora Continua, la Cámara de Senadores designará a sus cinco integrantes en un plazo de 30 días contados a partir de su entrada, con una prórroga de hasta 15 días naturales.

Con la entrada en vigor de las presentes disposiciones, los derechos laborales de los trabajadores al servicio de la educación se regirán por el artículo 123 constitucional, Apartado B. Con fundamento en este decreto, la admisión, promoción y reconocimiento se regirán por la Ley reglamentaria del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.


La oposición en el Senado de la República frena la reforma educativa planteada por el presidente Andrés Manuel López Obrador y que previamente había sido aprobada por la Cámara de Diputados.

El revés al grupo mayoritario de Morena y sus alados fue el no perdonarles la omisión de incluir las materias de matemáticas y español, así como por la eliminación de un órgano constitucional autónomo y por la complacencia a los chantajes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación.

Luego de no alcanzar el aval de dos terceras partes del pleno de senadores, el paquete de reformas en materia educativa se regresaron a la colegisladora, la Cámara de Diputados.El tablero registró 81 votos a favor, 39 votos en contra y dos abstenciones.

Senado aprueba en lo general la reforma educativa

El Senado de la República aprobó en lo general la reforma educativa, impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, como parte de sus promesas de campaña.

En votación nominal, con 95 votos a favor, 25 en contra y dos abstenciones, se logró la mayoría calificada necesaria por ley para derogar la reforma educativa que encabezaba el gobierno del expresidente Enrique Peña Nieto.

Se turna al Ejecutivo Federal para los trámites correspondientes y su futura publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dentro de los cambios que propone, se establece que toda persona tiene derecho a la educación. Para ello se reforman los artículos 3, 31 y 73 de la Constitución Política.

Se desaparece al INEE y en su lugar se plantea crear el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación, el cual será coordinado por un organismo público descentralizado con autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión, con personalidad jurídica y patrimonio propios, no sectorizado.

Dentro de las facultades y funciones se encuentran las de realizar estudios, investigaciones especializadas y evaluaciones diagnósticas, formativas e integrales del Sistema Educativo Nacional; determinar indicadores de resultados de la mejora continua de la educación; establecer los criterios que deben cumplir las instancias autorizada para la certificación de los procesos de la mejora continua de la educación.

Así como emitir lineamientos relacionados con el desarrollo del magisterio, el desempeño escolar, los resultados de aprendizaje; así como de la mejora de las escuelas, organización y profesionalización de la gestión escolar, entre otras.

Se avaló, la educación desde su etapa inicial y hasta nivel superior, así como un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva.

Delinea que será la federación la encargada establecer las disposiciones del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros en sus funciones docente, directiva o de supervisión.

Igualmente, apunta que será a través de procesos de selección públicos, transparentes, equitativos e imparciales por los cuales se dará la admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza la función magisterial, directiva o de supervisión.

Incluye que el criterio que orientará a la educación será equitativo, plurilingüe, inclusivo, intercultural, integral y de excelencia.

Para la correcta implementación de esta reforma, los artículos transitorios aprobados indican que el Congreso de la Unión deberá expedir la Ley del Sistema Nacional de Mejora Continua y la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, a más tardar, en un plazo de 120 días a partir de la publicación del presente decreto.

Deberá expedir las Leyes Generales en materia de Educación Superior y de Ciencia, Tecnología e Innovación a más tardar en el año 2020 y realizar las reformas a la legislación secundaria, a más tardar en un plazo de 120 días a partir de su publicación en el DOF.

Para atender la educación inicial, el Ejecutivo Federal, en un plazo no mayor a 180 días contados a partir de su entrada en vigor, definirá una Estrategia Nacional de Atención a la Primera Infancia.

Para la integración de la primera Junta Directiva del Sistema Nacional de Mejora Continua, la Cámara de Senadores designará a sus cinco integrantes en un plazo de 30 días contados a partir de su entrada, con una prórroga de hasta 15 días naturales.

Con la entrada en vigor de las presentes disposiciones, los derechos laborales de los trabajadores al servicio de la educación se regirán por el artículo 123 constitucional, Apartado B. Con fundamento en este decreto, la admisión, promoción y reconocimiento se regirán por la Ley reglamentaria del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.


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