/ miércoles 17 de junio de 2020

Tribunal Electoral ordena sancionar al Bronco por irregularidades en elección de 2018

Por unanimidad de votos, los magistrados de la Sala Superior declararon infundados los dos recursos interpuestos por el secretario de Gobierno de Nuevo León

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el Congreso del estado de Nuevo León deberá imponer sanciones al gobernador Jaime Rodríguez Calderón “El Bronco” y al secretario de gobierno, Manuel Florentino González, por irregularidades en el proceso electoral de 2018.

Por unanimidad de votos, los magistrados de la Sala Superior declararon infundados los dos recursos interpuestos por el secretario de Gobierno de Nuevo León con los que pretendía frenar el proceso de sanción en contra suya y del gobernador Rodríguez Calderón.

En sesión pública, bajo el formato de videoconferencia, los magistrados confirmaron la validez de las resoluciones de la Sala Regional Especializada del pasado 2 de marzo cuando se ordenó al congreso de la entidad, agotar los procedimientos e imponer sanciones, aunque debería ejecutarla únicamente para el secretario de Gobierno por el uso de recursos públicos para la obtención de firmas ciudadanas que requería como candidato independiente en el proceso electoral de 2018.

En ese sentido, la Sala Superior declaró infundado el planteamiento de González Flores pues al pedir la Sala Regional Especializada al Congreso de Nuevo León emitir la resolución, no fue para que analizara de nueva cuenta la posibilidad de sancionar sino para que, en uso de sus atribuciones, impusiera la que considerara pertinente atendiendo a la gravedad de la conducta.

González Flores argumentó además que se violó la suspensión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sin embargo, se consideró inatendible el planteamiento al no ser de la competencia de este órgano judicial, puesto que la autoridad competente para realizar tal pronunciamiento sería el pleno de la Corte.

En una segunda resolución sobre el tema, la Sala Superior confirmó el acuerdo por el cual la Sala Regional Especializada determinó la suspensión temporal del cumplimiento de dicha sentencia, por la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19, como causa de fuerza mayor para poderla cumplimentar el pasado 24 de abril. Ante ello, las y los magistrados ratificaron la validez de la suspensión decretada por la Sala Regional Especializada por la emergencia sanitaria.

Con ello se confirmaron las determinaciones que debe observar el Congreso Local, puntualizando que ese órgano legislativo es el que deberá actuar en cumplimiento de las diversas resoluciones respecto de las que se encuentre vinculado.


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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el Congreso del estado de Nuevo León deberá imponer sanciones al gobernador Jaime Rodríguez Calderón “El Bronco” y al secretario de gobierno, Manuel Florentino González, por irregularidades en el proceso electoral de 2018.

Por unanimidad de votos, los magistrados de la Sala Superior declararon infundados los dos recursos interpuestos por el secretario de Gobierno de Nuevo León con los que pretendía frenar el proceso de sanción en contra suya y del gobernador Rodríguez Calderón.

En sesión pública, bajo el formato de videoconferencia, los magistrados confirmaron la validez de las resoluciones de la Sala Regional Especializada del pasado 2 de marzo cuando se ordenó al congreso de la entidad, agotar los procedimientos e imponer sanciones, aunque debería ejecutarla únicamente para el secretario de Gobierno por el uso de recursos públicos para la obtención de firmas ciudadanas que requería como candidato independiente en el proceso electoral de 2018.

En ese sentido, la Sala Superior declaró infundado el planteamiento de González Flores pues al pedir la Sala Regional Especializada al Congreso de Nuevo León emitir la resolución, no fue para que analizara de nueva cuenta la posibilidad de sancionar sino para que, en uso de sus atribuciones, impusiera la que considerara pertinente atendiendo a la gravedad de la conducta.

González Flores argumentó además que se violó la suspensión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sin embargo, se consideró inatendible el planteamiento al no ser de la competencia de este órgano judicial, puesto que la autoridad competente para realizar tal pronunciamiento sería el pleno de la Corte.

En una segunda resolución sobre el tema, la Sala Superior confirmó el acuerdo por el cual la Sala Regional Especializada determinó la suspensión temporal del cumplimiento de dicha sentencia, por la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19, como causa de fuerza mayor para poderla cumplimentar el pasado 24 de abril. Ante ello, las y los magistrados ratificaron la validez de la suspensión decretada por la Sala Regional Especializada por la emergencia sanitaria.

Con ello se confirmaron las determinaciones que debe observar el Congreso Local, puntualizando que ese órgano legislativo es el que deberá actuar en cumplimiento de las diversas resoluciones respecto de las que se encuentre vinculado.


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