/ jueves 23 de mayo de 2019

Admite la Corte dos nuevas controversias contra Ley de Remuneraciones

Pese a que se realizarán los trámites, la Corte rechaza frenar sus efectos, por lo que la ley sobre los salarios sigue sin cambios

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite, las nuevas acciones de inconstitucionalidad contra las modificaciones a la Ley Federal de Remuneraciones de Servidores Públicos que realizó el Senado de la República y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH); sin embargo, rechazó frenar sus efectos, por lo que la ley sigue sin cambio alguno.

Fue la ministra Yasmín Esquivel Mossa la que lo admitió recalcando que en acciones de inconstitucionalidad “no procede otorgar la suspensión tal y como lo solicitó el Senado de la República”.

Es de recordar que la SCJN emplaza al Congreso a establecer parámetros para fijar sueldo del Presidente, Andres Manuel López Obrador.

Anteriormente, el ministro Alberto Pérez Dayán concedió la suspensión en la acción de inconstitucionalidad, mediante la cual pidió al Poder Legislativo establecer los parámetros para determinar las remuneraciones de los servidores públicos y del Presidente de la República y que esto no fuera de forma discrecional.

En la sesión de la semana pasada y a propuesta del ministro Pérez Dayán, la Corte también logró invalidar los artículos 217 Bis y Ter del Código Penal Federal en los que se definen el delito de remuneración ilícita.

El ministro presidente Arturo Zaldívar ya había adelantado que se presentaron dos nuevas acciones de inconstitucionalidad en contra del decreto reformado, y por turno le corresponde a la ministra Yazmín Esquivel elaborar el proyecto.

Al respecto, el pasado martes, la CNDH reconoció la declaración de inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos y aseguró que éstos establecían una regulación deficiente para fijar las percepciones de los funcionarios.

La SCJN estableció que los créditos y préstamos no forman parte de las remuneraciones de los servidores públicos, por lo que se deberá corregir la redacción del Artículo 12 de dicha ley.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite, las nuevas acciones de inconstitucionalidad contra las modificaciones a la Ley Federal de Remuneraciones de Servidores Públicos que realizó el Senado de la República y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH); sin embargo, rechazó frenar sus efectos, por lo que la ley sigue sin cambio alguno.

Fue la ministra Yasmín Esquivel Mossa la que lo admitió recalcando que en acciones de inconstitucionalidad “no procede otorgar la suspensión tal y como lo solicitó el Senado de la República”.

Es de recordar que la SCJN emplaza al Congreso a establecer parámetros para fijar sueldo del Presidente, Andres Manuel López Obrador.

Anteriormente, el ministro Alberto Pérez Dayán concedió la suspensión en la acción de inconstitucionalidad, mediante la cual pidió al Poder Legislativo establecer los parámetros para determinar las remuneraciones de los servidores públicos y del Presidente de la República y que esto no fuera de forma discrecional.

En la sesión de la semana pasada y a propuesta del ministro Pérez Dayán, la Corte también logró invalidar los artículos 217 Bis y Ter del Código Penal Federal en los que se definen el delito de remuneración ilícita.

El ministro presidente Arturo Zaldívar ya había adelantado que se presentaron dos nuevas acciones de inconstitucionalidad en contra del decreto reformado, y por turno le corresponde a la ministra Yazmín Esquivel elaborar el proyecto.

Al respecto, el pasado martes, la CNDH reconoció la declaración de inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos y aseguró que éstos establecían una regulación deficiente para fijar las percepciones de los funcionarios.

La SCJN estableció que los créditos y préstamos no forman parte de las remuneraciones de los servidores públicos, por lo que se deberá corregir la redacción del Artículo 12 de dicha ley.

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