/ domingo 6 de agosto de 2017

Declaran legal resolución que permitió remoción de vegetación en Tajamar

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa)informó que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaralegal la resolución de esa instancia ambiental sobre el caso deFonatur en Tajamar.

En un comunicado, la Profepa explicó que la Sala Especializadaen Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal deJusticia Administrativa, declaró la validez y legalidad deldictamen mencionado, emitido el pasado 30 de mayo del 2016.

En dicha resolución, la Dirección General de Impacto Ambientaly Zona Federal Marítimo Terrestre de la Profepa determinó queFonatur removió vegetación natural al amparo de unaautorización vigente al momento en el que ocurrieron loshechos. Dicha autorización fue emitida en materia deimpacto ambiental por la Semarnat para el Anteproyecto MalecónCancún (Tajamar).

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La Sala Especializada consideró que los argumentos que formulóla persona que impugnó el resolutivo favorable al FondoNacional de Fomento al Turismo (Fonatur) resultaron ineficaces parademostrar una ilegalidad.

Cabe señalar que dentro del mismo proyecto de Tajamar, estaProcuraduría Federal sancionó a la empresa Bi & Di RealEstate de México, por 6.6 millones de pesos, tras encontrarlaresponsable de remover vegetación forestal en predios delMalecón, sin contar con las autorizaciones correspondientes paralas actividades de remoción.

El reconocimiento de la actuación legal de la Profepa fueresuelto del pronunciamiento que un Tribunal Colegiado deCircuito en Quintana Roo formuló, concediendo un amparo aun grupo de ciudadanos en contra de la autorización expedida porla Semarnat, así como el mandamiento de reparar los dañosambientales ocasionados en el predio del Anteproyecto MalecónCancún.

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La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa)informó que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaralegal la resolución de esa instancia ambiental sobre el caso deFonatur en Tajamar.

En un comunicado, la Profepa explicó que la Sala Especializadaen Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal deJusticia Administrativa, declaró la validez y legalidad deldictamen mencionado, emitido el pasado 30 de mayo del 2016.

En dicha resolución, la Dirección General de Impacto Ambientaly Zona Federal Marítimo Terrestre de la Profepa determinó queFonatur removió vegetación natural al amparo de unaautorización vigente al momento en el que ocurrieron loshechos. Dicha autorización fue emitida en materia deimpacto ambiental por la Semarnat para el Anteproyecto MalecónCancún (Tajamar).

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La Sala Especializada consideró que los argumentos que formulóla persona que impugnó el resolutivo favorable al FondoNacional de Fomento al Turismo (Fonatur) resultaron ineficaces parademostrar una ilegalidad.

Cabe señalar que dentro del mismo proyecto de Tajamar, estaProcuraduría Federal sancionó a la empresa Bi & Di RealEstate de México, por 6.6 millones de pesos, tras encontrarlaresponsable de remover vegetación forestal en predios delMalecón, sin contar con las autorizaciones correspondientes paralas actividades de remoción.

El reconocimiento de la actuación legal de la Profepa fueresuelto del pronunciamiento que un Tribunal Colegiado deCircuito en Quintana Roo formuló, concediendo un amparo aun grupo de ciudadanos en contra de la autorización expedida porla Semarnat, así como el mandamiento de reparar los dañosambientales ocasionados en el predio del Anteproyecto MalecónCancún.

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