/ domingo 18 de julio de 2021

Desde agosto de 2015, el sindicato petrolero ejerce ilegalmente funciones gremiales de facto, denuncian

El líder del Sindicato Nacional Eliel Flores Ángeles, enfatizó que Petróleos Mexicanos, ya no es empresa paraestatal

El Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), efectúa ilegalmente funciones gremiales de facto desde el 13 de agosto de 2015 “y las mantiene hasta la fecha con una estructura anti-funcional y obsoleta y por tanto, no pueden ni deben reconocerle personalidad para suscribir o prorrogar el Contrato Colectivo de Trabajo 2021-2023, en términos de la Ley Federal del Trabajo vigente”.

➡️ Hipotecaron cuotas sindicales de Pemex hasta 2031: Rubén Choreño

Así lo denuncia el líder del Sindicato Nacional de las Empresas Productivas del Estado Petróleos Mexicanos-Subsidiarias Filiales, SNEPE-PM-SF, Eliel Flores Ángeles, quien enfatiza que Petróleos Mexicanos, ya no es empresa paraestatal y ahora como Empresa Productiva del Estado.

“Y como tal, no puede reconocerle personalidad jurídica como para proponer o sugerir enmiendas al contrato colectivo de trabajo ni mucho menos permitirle que participe en la revisión del tabulador de salarios anual de los trabajadores sindicalizados”.

Carece de representitividad

En un carta de tres cuartillas, el SNEPE-PM-SF, le recuerda al presidente Andrés Manuel López Obrador, que la relación contractual con el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), carece de representatividad jurídica lo mismo que su ex secretario general, Carlos Antonio Romero Deschamps, quien ya se jubiló.

➡️ Romero Deschamps quería sobrevivir el sexenio de AMLO para volver a ser líder: Petromex

Detallan que era el único funcionario sindical facultado para suscribir contratos por los anacrónicos y obsoletos estatutos que datan de 1935 y su relación era con la empresa paraestatal, que a raíz de la reforma energética y sus leyes secundarias, cambió de régimen jurídico.

Ante la falta de titular como secretario general del CEN del STPRM, se requiere ajustar el procedimiento jurídico que establecen sus propios Estatutos internos en el Artículo 154 ya en desuso y ajustarse a los vigentes en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Cuotas sindicales

Le dicen al Jefe del Ejecutivo que sin tener personalidad jurídica al STPRM le entregan las cuotas sindicales de los trabajadores que van de 300 a mil pesos, dependiendo de las categorías de los trabajadores desde hace 6 años.

“Esas cuotas sindicales debería recibirlas el \u0009SNEPE-PM-SF desde el momento que nos dieron el registro y la toma de nota en la Secretaria del Trabajo y Previsión Social el 14 de octubre de 2019 con efecto retroactivo al 3 de diciembre de 2018”, dijo a EL SOL DE MEXICO.

Recordó el secretario general del Comité Ejecutivo Nacional del SNEPE-PM-SF que son más de 60 mil las y los trabajadores afiliados a este organismo gremial.

Y precisa, el abogado Eliel Flores Ángeles “que antes de querer firmar un CCT y Revisión de Tabuladores de Salarios, el STPRM con dichas empresas productivas del Estado, es acreditar un nuevo Secretario General ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), antes del 31 de julio que fenece el plazo, debido a que el contrato 2021-2023 iniciará vigencia el 1 de agosto de 2021”.

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Además, el nuevo procedimiento de convocatoria y de elección interna, deberá hacerlo mediante voto personal, libre, directo y secreto de la base trabajadora sindicalizada que ya no posee desde el 13 de agosto de 2015.


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El Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), efectúa ilegalmente funciones gremiales de facto desde el 13 de agosto de 2015 “y las mantiene hasta la fecha con una estructura anti-funcional y obsoleta y por tanto, no pueden ni deben reconocerle personalidad para suscribir o prorrogar el Contrato Colectivo de Trabajo 2021-2023, en términos de la Ley Federal del Trabajo vigente”.

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Así lo denuncia el líder del Sindicato Nacional de las Empresas Productivas del Estado Petróleos Mexicanos-Subsidiarias Filiales, SNEPE-PM-SF, Eliel Flores Ángeles, quien enfatiza que Petróleos Mexicanos, ya no es empresa paraestatal y ahora como Empresa Productiva del Estado.

“Y como tal, no puede reconocerle personalidad jurídica como para proponer o sugerir enmiendas al contrato colectivo de trabajo ni mucho menos permitirle que participe en la revisión del tabulador de salarios anual de los trabajadores sindicalizados”.

Carece de representitividad

En un carta de tres cuartillas, el SNEPE-PM-SF, le recuerda al presidente Andrés Manuel López Obrador, que la relación contractual con el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), carece de representatividad jurídica lo mismo que su ex secretario general, Carlos Antonio Romero Deschamps, quien ya se jubiló.

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Detallan que era el único funcionario sindical facultado para suscribir contratos por los anacrónicos y obsoletos estatutos que datan de 1935 y su relación era con la empresa paraestatal, que a raíz de la reforma energética y sus leyes secundarias, cambió de régimen jurídico.

Ante la falta de titular como secretario general del CEN del STPRM, se requiere ajustar el procedimiento jurídico que establecen sus propios Estatutos internos en el Artículo 154 ya en desuso y ajustarse a los vigentes en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Cuotas sindicales

Le dicen al Jefe del Ejecutivo que sin tener personalidad jurídica al STPRM le entregan las cuotas sindicales de los trabajadores que van de 300 a mil pesos, dependiendo de las categorías de los trabajadores desde hace 6 años.

“Esas cuotas sindicales debería recibirlas el \u0009SNEPE-PM-SF desde el momento que nos dieron el registro y la toma de nota en la Secretaria del Trabajo y Previsión Social el 14 de octubre de 2019 con efecto retroactivo al 3 de diciembre de 2018”, dijo a EL SOL DE MEXICO.

Recordó el secretario general del Comité Ejecutivo Nacional del SNEPE-PM-SF que son más de 60 mil las y los trabajadores afiliados a este organismo gremial.

Y precisa, el abogado Eliel Flores Ángeles “que antes de querer firmar un CCT y Revisión de Tabuladores de Salarios, el STPRM con dichas empresas productivas del Estado, es acreditar un nuevo Secretario General ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), antes del 31 de julio que fenece el plazo, debido a que el contrato 2021-2023 iniciará vigencia el 1 de agosto de 2021”.

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Además, el nuevo procedimiento de convocatoria y de elección interna, deberá hacerlo mediante voto personal, libre, directo y secreto de la base trabajadora sindicalizada que ya no posee desde el 13 de agosto de 2015.


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