/ jueves 18 de mayo de 2023

Blinda 4T sus obras pese a freno de la Corte

El Presidente emitió un nuevo decreto para proteger sus megaobras luego de que la Corte tiró uno similar de 2021

El presidente Andrés Manuel López Obrador publicó la tarde de ayer un nuevo decreto que declara como asunto de seguridad nacional las obras de infraestructura de su gobierno, apenas unas horas después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional un decreto similar que se publicó en 2021.

Son de seguridad nacional y de interés público la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, los espacios, bienes de interés público, ejecución y administración de la infraestructura de transportes, de servicios y polos de desarrollo para el bienestar y equipo tanto del Tren Maya como del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (CIIT), y los aeropuertos de Palenque, Chiapas; de Chetumal y de Tulum, Quintana Roo, en los términos expresados en la parte considerativa de este decreto”, señala el nuevo "decretazo".

Puedes leer: Corte revoca decretazo de AMLO para clasificar obras como de seguridad nacional


De acuerdo con lo asentado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), este decreto entrará en vigor hoy mismo.

Entre los argumentos que expuso el gobierno federal para impulsar su promulgación es que en el artículo 28 de la Constitución Mexicana se establece que obras ferrocarrileras son prioritarias para el desarrollo nacional, lo cual debe ser salvaguardado por el Estado.

En este sentido, asegura que “el Tren Maya es el más importante proyecto de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo del presente sexenio”, el cual tendrá una extensión de más de mil 500 kilómetros y que atravesará los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo.

Respecto al Corredor Interoceánico, que corre entre Veracruz y Oaxaca, la Cuatroté justificó su inclusión debido a su ubicación geográfica entre los estados de Oaxaca, Veracruz, Tabasco y Chiapas, la cual, señalan, es “estratégica” dado que permite comunicar el Océano Pacífico con el Golfo de México y el océano Atlántico, lo que facilitará el transporte de mercancía.

En el caso de los aeropuertos en Chiapas y Quintana Roo, el decreto resaltó queresultan estratégicos para la vigilancia y control del espacio aéreo en la frontera sur, lo cual permite la detección e intercepción oportunas de aeronaves no identificadas que pudieran realizar actos ilícitos en contra de la seguridad nacional y la integridad territorial del país”.

Con lo publicado, la administración federal puede sortear procesos de revisión ambiental, trámites de permisos correspondientes para la construcción de los proyectos, además de clasificar la información en torno a las obras como confidenciales, por lo que el desarrollo de los mismos y el ejercicio del gasto público podría ser discrecional.


Ayer, el Pleno de la SCJN invalidó un acuerdo similar publicado por el presidente López Obrador en noviembre de 2021, el cual declaró proyectos de su administración como de seguridad nacional, pero que fue controvertido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), al considerar que atentaba contra el principio de máxima publicidad y derecho de acceso a la información pública.

Ese acuerdo, conocido como "decretazo", además de aeropuertos y obras ferroviarias contemplaba otros asociados al sector de comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, puertos,“y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”.

Ante esa pretensión, al analizar la controversia constitucional interpuesta por el Inai, ocho ministros declararon inconstitucional su artículo 1, pues estimaron que invade facultades del organismo autónomo e inhibe a la ciudadanía solicitar información respecto a obras de infraestructura del gobierno federal.

Es inconstitucional este acuerdo porque su amplitud y su ambigüedad obstaculizan e inhiben el acceso a la información de toda la ciudadanía respecto de las obras del Gobierno de México, además, tal y como está formulado, el acuerdo analizado pone en entredicho las obligaciones de transparencia que pesan sobre las autoridades que ejercen recursos públicos y que tiene como objetivo un control ciudadano”, sostuvo en su proyecto el ministro Juan Luis González alcántara Carrancá.

Sin embargo, los ministros de la Suprema Corte dejaron abierta la posibilidad de que el gobierno federal pueda declarar sus obras públicas como de seguridad nacional, pero analizando cada caso de forma individual y fundamentado conforme a la legislación en la materia.

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Luego de que se hizo público el nuevo decreto del Presidente López Obrador, el Instituto de Transparencia respondió vía Twitter que analizará el tema y la ruta legal que seguirá.

Analiza Inai mecanismos legales para defender transparencia y derecho de acceso a la información sobre obras y proyectos de infraestructura del Gobierno Federal, ante nuevo Decreto del Ejecutivo”.

El presidente Andrés Manuel López Obrador publicó la tarde de ayer un nuevo decreto que declara como asunto de seguridad nacional las obras de infraestructura de su gobierno, apenas unas horas después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional un decreto similar que se publicó en 2021.

Son de seguridad nacional y de interés público la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, los espacios, bienes de interés público, ejecución y administración de la infraestructura de transportes, de servicios y polos de desarrollo para el bienestar y equipo tanto del Tren Maya como del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (CIIT), y los aeropuertos de Palenque, Chiapas; de Chetumal y de Tulum, Quintana Roo, en los términos expresados en la parte considerativa de este decreto”, señala el nuevo "decretazo".

Puedes leer: Corte revoca decretazo de AMLO para clasificar obras como de seguridad nacional


De acuerdo con lo asentado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), este decreto entrará en vigor hoy mismo.

Entre los argumentos que expuso el gobierno federal para impulsar su promulgación es que en el artículo 28 de la Constitución Mexicana se establece que obras ferrocarrileras son prioritarias para el desarrollo nacional, lo cual debe ser salvaguardado por el Estado.

En este sentido, asegura que “el Tren Maya es el más importante proyecto de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo del presente sexenio”, el cual tendrá una extensión de más de mil 500 kilómetros y que atravesará los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo.

Respecto al Corredor Interoceánico, que corre entre Veracruz y Oaxaca, la Cuatroté justificó su inclusión debido a su ubicación geográfica entre los estados de Oaxaca, Veracruz, Tabasco y Chiapas, la cual, señalan, es “estratégica” dado que permite comunicar el Océano Pacífico con el Golfo de México y el océano Atlántico, lo que facilitará el transporte de mercancía.

En el caso de los aeropuertos en Chiapas y Quintana Roo, el decreto resaltó queresultan estratégicos para la vigilancia y control del espacio aéreo en la frontera sur, lo cual permite la detección e intercepción oportunas de aeronaves no identificadas que pudieran realizar actos ilícitos en contra de la seguridad nacional y la integridad territorial del país”.

Con lo publicado, la administración federal puede sortear procesos de revisión ambiental, trámites de permisos correspondientes para la construcción de los proyectos, además de clasificar la información en torno a las obras como confidenciales, por lo que el desarrollo de los mismos y el ejercicio del gasto público podría ser discrecional.


Ayer, el Pleno de la SCJN invalidó un acuerdo similar publicado por el presidente López Obrador en noviembre de 2021, el cual declaró proyectos de su administración como de seguridad nacional, pero que fue controvertido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), al considerar que atentaba contra el principio de máxima publicidad y derecho de acceso a la información pública.

Ese acuerdo, conocido como "decretazo", además de aeropuertos y obras ferroviarias contemplaba otros asociados al sector de comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, puertos,“y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”.

Ante esa pretensión, al analizar la controversia constitucional interpuesta por el Inai, ocho ministros declararon inconstitucional su artículo 1, pues estimaron que invade facultades del organismo autónomo e inhibe a la ciudadanía solicitar información respecto a obras de infraestructura del gobierno federal.

Es inconstitucional este acuerdo porque su amplitud y su ambigüedad obstaculizan e inhiben el acceso a la información de toda la ciudadanía respecto de las obras del Gobierno de México, además, tal y como está formulado, el acuerdo analizado pone en entredicho las obligaciones de transparencia que pesan sobre las autoridades que ejercen recursos públicos y que tiene como objetivo un control ciudadano”, sostuvo en su proyecto el ministro Juan Luis González alcántara Carrancá.

Sin embargo, los ministros de la Suprema Corte dejaron abierta la posibilidad de que el gobierno federal pueda declarar sus obras públicas como de seguridad nacional, pero analizando cada caso de forma individual y fundamentado conforme a la legislación en la materia.

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Luego de que se hizo público el nuevo decreto del Presidente López Obrador, el Instituto de Transparencia respondió vía Twitter que analizará el tema y la ruta legal que seguirá.

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