/ jueves 26 de septiembre de 2019

Policía Municipal tortura y abusa sexualmente de defensora de DH

Tras los hechos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió una recomendación al Presidente Municipal de Tlapa de Comonfort

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió una recomendación al Presidente Municipal de Tlapa de Comonfort, Dionicio Merced Pichardo García, luego de que mujeres integrantes de la Policía Municipal torturaron y agredieron sexualmente a una persona defensora de derechos humanos.

La recomendación también la hizo para el Fiscal General del Estado de Guerrero, Jorge Zuriel de los Santos Barrila, por la inadecuada atención de los hechos vulnerando los derechos humanos a la integridad personal, acceso a la justicia, en su modalidad de procuración de justicia, a la privacidad y a vivir una vida libre de violencia.

De acuerdo al expediente, el 16 de septiembre de 2017 la activista fue detenida con su pareja por policías municipales al alterar el orden en la vía pública y tener comportamientos agresivos contra las autoridades policiales al momento de su detención, lo que no justifica la reacción de éstas hacia la activista.

Por ello, dichas personas fueron trasladadas a la Comandancia Municipal, donde la defensora fue intimidada por dos mujeres policías, quienes, además, la agredieron sexualmente.

Al ser liberada, se dirigió a la Agencia del Ministerio Público Especializada en Delitos Sexuales para presentar la denuncia.

Sin embargo, dicha instancia estaba cerrada, por lo cual acudió a la Agencia del Ministerio Público del Fuero Común, donde le informaron que no podían atenderla porque se encontraba alterada y el delito no era de su competencia, por lo que le solicitaron retirarse, llamando a la Policía Municipal.

Al investigar el caso, la CNDH concluyó que la agraviada presentó lesiones en el cuerpo y secuelas psicológicas consecuencia de la violencia sexual, y resolvió que dichos actos trascienden a tortura, ya que le fueron realizados con la finalidad de castigarla por su comportamiento y resistencia en su detención.

De igual forma, encontró que la Fiscalía Estatal vulneró el derecho de la agraviada de acceso a la justicia, al negarle la posibilidad de presentar su denuncia debido a estereotipos de género, lo que derivó en dilación para la investigación de la agresión sexual. Además, tras presentar la denuncia, los dictámenes periciales en Medicina Legal y Psicología no le fueron practicados de manera inmediata porque no había personal disponible.

La CNDH determinó también que la Policía Municipal y la Fiscalía Estatal no garantizaron la protección de los datos personales de la víctima, contenidos en soportes electrónicos de imagen y vídeo, debido a que fueron divulgados en redes sociales y medios de comunicación mientras ambas autoridades tenían el material en su resguardo.

Asimismo los días 22 y 23 de octubre del mismo año, la Fiscalía difundió dos comunicados con información inexacta del motivo de la detención e información sensible de la activista, que dieron lugar a discriminación y estigmatización por su calidad de defensora de derechos humanos y por su reclamo de ser víctima de violencia sexual.

Por esos hechos, la CNDH recomienda al Fiscal General del Estado de Guerrero y al Presidente Municipal de Tlapa de Comonfort reparar el daño a la víctima.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió una recomendación al Presidente Municipal de Tlapa de Comonfort, Dionicio Merced Pichardo García, luego de que mujeres integrantes de la Policía Municipal torturaron y agredieron sexualmente a una persona defensora de derechos humanos.

La recomendación también la hizo para el Fiscal General del Estado de Guerrero, Jorge Zuriel de los Santos Barrila, por la inadecuada atención de los hechos vulnerando los derechos humanos a la integridad personal, acceso a la justicia, en su modalidad de procuración de justicia, a la privacidad y a vivir una vida libre de violencia.

De acuerdo al expediente, el 16 de septiembre de 2017 la activista fue detenida con su pareja por policías municipales al alterar el orden en la vía pública y tener comportamientos agresivos contra las autoridades policiales al momento de su detención, lo que no justifica la reacción de éstas hacia la activista.

Por ello, dichas personas fueron trasladadas a la Comandancia Municipal, donde la defensora fue intimidada por dos mujeres policías, quienes, además, la agredieron sexualmente.

Al ser liberada, se dirigió a la Agencia del Ministerio Público Especializada en Delitos Sexuales para presentar la denuncia.

Sin embargo, dicha instancia estaba cerrada, por lo cual acudió a la Agencia del Ministerio Público del Fuero Común, donde le informaron que no podían atenderla porque se encontraba alterada y el delito no era de su competencia, por lo que le solicitaron retirarse, llamando a la Policía Municipal.

Al investigar el caso, la CNDH concluyó que la agraviada presentó lesiones en el cuerpo y secuelas psicológicas consecuencia de la violencia sexual, y resolvió que dichos actos trascienden a tortura, ya que le fueron realizados con la finalidad de castigarla por su comportamiento y resistencia en su detención.

De igual forma, encontró que la Fiscalía Estatal vulneró el derecho de la agraviada de acceso a la justicia, al negarle la posibilidad de presentar su denuncia debido a estereotipos de género, lo que derivó en dilación para la investigación de la agresión sexual. Además, tras presentar la denuncia, los dictámenes periciales en Medicina Legal y Psicología no le fueron practicados de manera inmediata porque no había personal disponible.

La CNDH determinó también que la Policía Municipal y la Fiscalía Estatal no garantizaron la protección de los datos personales de la víctima, contenidos en soportes electrónicos de imagen y vídeo, debido a que fueron divulgados en redes sociales y medios de comunicación mientras ambas autoridades tenían el material en su resguardo.

Asimismo los días 22 y 23 de octubre del mismo año, la Fiscalía difundió dos comunicados con información inexacta del motivo de la detención e información sensible de la activista, que dieron lugar a discriminación y estigmatización por su calidad de defensora de derechos humanos y por su reclamo de ser víctima de violencia sexual.

Por esos hechos, la CNDH recomienda al Fiscal General del Estado de Guerrero y al Presidente Municipal de Tlapa de Comonfort reparar el daño a la víctima.

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