Las representaciones en México de la Organización del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) expresan su profunda preocupación por las reformas a la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Aguascalientes y la recién promulgada Ley de Educación del Estado, en relación al denominado “pin parental” y la aparente permisividad del castigo corporal, por su carácter violatorio de los derechos de la infancia.
“Al proponer que madres, padres o tutores puedan prohibir que niños, niñas y adolescentes bajo su responsabilidad participen en programas, cursos, talleres y otras actividades sobre moralidad, sexualidad y valores cívicos, vulneran los derechos de la infancia a la salud, protección contra la violencia y participación”, afirmaron las representaciones de la ONU.
Recordaron que con base en el artículo 18 de la Convención de los Derechos del Niño y las observaciones generales del Comité de Derechos del Niño, si bien los adultos responsables – sean padres, madres, cuidadores o instituciones de protección – tienen la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo de las niñas y los niños bajo su tutela, esa responsabilidad no es discrecional ni absoluta, sino que está condicionada a que los menores y adolescentes puedan ejercer plena y prioritariamente sus derechos.
“De acuerdo con el artículo 29 de la Convención y el 57 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, independientemente de las consideraciones éticas o morales de quienes ejercen la patria potestad, tutela, guarda o custodia, los propósitos de la educación deben asegurar, proteger y dar a conocer a niñas, niños y adolescentes sus derechos y la forma de ejercerlos”, destacaron.
Asimismo, subrayaron que el Estado tiene la obligación de garantizar que niñas, niños y adolescentes puedan acceder a servicios, información y educación, incluso en materia de salud sexual y reproductiva, sin verse obstaculizados por el consentimiento o autorización de terceros.
“La Constitución Política Mexicana establece que la educación debe contar con un enfoque de derechos humanos y con perspectiva de género, y que la educación sexual y reproductiva debe formar parte de los planes de estudio, en concordancia por lo recomendado por la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (conocida como CEDAW, por sus siglas en inglés) y por el Comité de Derechos Humanos de la ONU al Estado mexicano”, destacaron.
Las agencias de las Naciones Unidas expresaron también su preocupación por la aparente permisividad y discrecionalidad que establece el ordenamiento estatal para que padres, madres y cuidadores puedan ejercer violencia contra niñas, niños y adolescentes como método de disciplina, contraviniendo a las disposiciones y principios más fundamentales de la Constitución mexicana y los tratados internacionales de derechos humanos que protegen la dignidad e integridad de todas las personas, independientemente de su edad o cualquier otra consideración.
“Toda forma de violencia contra la infancia es inaceptable, por leve que sea, y tiene repercusiones físicas, psico-emocionales y relacionales a corto y largo plazo. El Estado, a través de los gobiernos estatales, municipales y federal, tiene la obligación de combatir y eliminar la violencia contra niños, niñas y adolescentes”, afirmaron.
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