/ domingo 29 de septiembre de 2019

Proponen multa de hasta 15 mil pesos y seis meses de cárcel a quien maneje ebrio

Cada 32 minutos muere una persona por accidentes de tránsito, de acuerdo con el Informe sobre la Situación de la Seguridad Vial en México de 2017

Cárcel de tres a seis meses y multa de entre 10 mil y 15 mil pesos a quienes conduzcan fuera del límite permitido de alcohol en la sangre, que no será superior al 0.8 gramos por litro de plasma; y al doble el castigo si es reincidente, es la propuesta del coordinador parlamentario de Morena en el Senado, Ricardo Monreal Ávila.

De acuerdo con el Informe sobre la Situación de la Seguridad Vial en México de 2017, de la Secretaría de Salud, cada 32 minutos muere una persona por accidentes de tránsito, lo que hace que nuestro país tenga el índice más alto de mortalidad entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

En la iniciativa de Morena se plantea reformar el artículo 171 del Código Penal Federal, incorporando una pena de tres a seis meses de prisión, una multa de entre 10 mil y 15 mil pesos, así como la suspensión de la licencia de manejo de uno a dos años. Y de forma independiente las sanciones que correspondan por la comisión de alguna infracción a los reglamentos de tránsito, y si causa daño a las personas o las cosas.

Actualmente el artículo 171, establece: se impondrán prisión hasta de seis meses, multa hasta de cien pesos y suspensión o pérdida del derecho a usar la licencia de manejador:

I.- (Se deroga).

II.- Al que en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas enervantes cometa alguna infracción a los reglamentos de tránsito y circulación al manejar vehículos de motor, independientemente de la sanción que le corresponda si causa daño a las personas o las cosas.

CÁRCEL AL DOBLE

Monreal justifica que ante el alto índice de mortalidad que provocan los accidentes de tránsito en México, llevará al Pleno una iniciativa para aplicar medidas legales “más contundentes’’ para sancionar a quienes conduzcan fuera del límite permitido de alcohol en la sangre, o bajo el influjo de estupefacientes o psicotrópicos.

La iniciativa también indica que las penas señaladas pueden elevarse al doble cuando el delito sea cometido: durante el primer año de haber obtenido la licencia de manejo, por quien maneje vehículos de motor destinados a servicios de autotransporte federal de carga, pasajeros, turismo o transporte privado, o en caso de reincidencia.

Se señala, además, que el Poder Ejecutivo establecerá el límite de concentración de alcohol permitido en la sangre, mismo que no podrá ser mayor de 0.8 gramos por litro de sangre.

Ricardo Monreal menciona que en 2011, nuestro país creó la Estrategia Nacional de Seguridad Vial 2011-2020, con el objetivo de reducir en 50 por ciento las muertes por accidentes de tránsito; sin embargo, se ha identificado una falta de coordinación y asignación de recursos para alinear las estrategias de seguridad entre los organismos involucrados.

A lo anterior, se suma la falta de medidas legales más contundentes para concretar las metas establecidas, lo que repercute en una falta de efectividad para alcanzar los resultados deseados.

Del total de casos de muerte por accidente, se calcula que el 19.5 por ciento de las muertes de ocupantes de automóviles causadas por accidentes de tránsito son atribuibles al consumo de alcohol.

Por otro lado, argumenta Monreal Ávila, el informe sobre el Estado de la seguridad vial en la región de las Américas 2019, elaborado por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), revela que la legislación mexicana es “insatisfactoria” en materia de seguridad vial, ya que, salvo las normas sobre límites de velocidad, no se atienden las mejores prácticas respecto a otros factores de riesgo clave relacionados con los accidentes viales, como es el relativo a los niveles de alcohol permitidos.

Cárcel de tres a seis meses y multa de entre 10 mil y 15 mil pesos a quienes conduzcan fuera del límite permitido de alcohol en la sangre, que no será superior al 0.8 gramos por litro de plasma; y al doble el castigo si es reincidente, es la propuesta del coordinador parlamentario de Morena en el Senado, Ricardo Monreal Ávila.

De acuerdo con el Informe sobre la Situación de la Seguridad Vial en México de 2017, de la Secretaría de Salud, cada 32 minutos muere una persona por accidentes de tránsito, lo que hace que nuestro país tenga el índice más alto de mortalidad entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

En la iniciativa de Morena se plantea reformar el artículo 171 del Código Penal Federal, incorporando una pena de tres a seis meses de prisión, una multa de entre 10 mil y 15 mil pesos, así como la suspensión de la licencia de manejo de uno a dos años. Y de forma independiente las sanciones que correspondan por la comisión de alguna infracción a los reglamentos de tránsito, y si causa daño a las personas o las cosas.

Actualmente el artículo 171, establece: se impondrán prisión hasta de seis meses, multa hasta de cien pesos y suspensión o pérdida del derecho a usar la licencia de manejador:

I.- (Se deroga).

II.- Al que en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas enervantes cometa alguna infracción a los reglamentos de tránsito y circulación al manejar vehículos de motor, independientemente de la sanción que le corresponda si causa daño a las personas o las cosas.

CÁRCEL AL DOBLE

Monreal justifica que ante el alto índice de mortalidad que provocan los accidentes de tránsito en México, llevará al Pleno una iniciativa para aplicar medidas legales “más contundentes’’ para sancionar a quienes conduzcan fuera del límite permitido de alcohol en la sangre, o bajo el influjo de estupefacientes o psicotrópicos.

La iniciativa también indica que las penas señaladas pueden elevarse al doble cuando el delito sea cometido: durante el primer año de haber obtenido la licencia de manejo, por quien maneje vehículos de motor destinados a servicios de autotransporte federal de carga, pasajeros, turismo o transporte privado, o en caso de reincidencia.

Se señala, además, que el Poder Ejecutivo establecerá el límite de concentración de alcohol permitido en la sangre, mismo que no podrá ser mayor de 0.8 gramos por litro de sangre.

Ricardo Monreal menciona que en 2011, nuestro país creó la Estrategia Nacional de Seguridad Vial 2011-2020, con el objetivo de reducir en 50 por ciento las muertes por accidentes de tránsito; sin embargo, se ha identificado una falta de coordinación y asignación de recursos para alinear las estrategias de seguridad entre los organismos involucrados.

A lo anterior, se suma la falta de medidas legales más contundentes para concretar las metas establecidas, lo que repercute en una falta de efectividad para alcanzar los resultados deseados.

Del total de casos de muerte por accidente, se calcula que el 19.5 por ciento de las muertes de ocupantes de automóviles causadas por accidentes de tránsito son atribuibles al consumo de alcohol.

Por otro lado, argumenta Monreal Ávila, el informe sobre el Estado de la seguridad vial en la región de las Américas 2019, elaborado por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), revela que la legislación mexicana es “insatisfactoria” en materia de seguridad vial, ya que, salvo las normas sobre límites de velocidad, no se atienden las mejores prácticas respecto a otros factores de riesgo clave relacionados con los accidentes viales, como es el relativo a los niveles de alcohol permitidos.

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