/ martes 11 de mayo de 2021

SFP inhabilita a distribuidora de equipos médicos

La Secretaría de la Función Pública inhabilitó por dos años, a la empresa Dacega Corporation, S.A. De C.V, distribuidora de equipos médicos

La Secretaría de la Función Pública (SFP) inhabilitó por dos años, a la empresa Dacega Corporation, S.A. De C.V, distribuidora de equipos médicos.

De acuerdo con la circular publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría ordenó a las dependencias del gobierno federal, estados y empresas productivas del Estado no celebrar contratos con dicha empresa.

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"Deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, con dicha empresa, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de dos años", se lee en la circular.

Asimismo se expone que las entidades federativas y los municipios interesados tendrán que cumplir con lo señalado en la circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.

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Manifestó que, en caso de que el día que se cumpla el plazo de la inhabilitación, la empresa no haya pagado la multa impuesta, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente de la misma, sin que sea necesaria la publicación de algún otro comunicado.

Por lo que dijo que los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la empresa infractora, "no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular".

La Secretaría de la Función Pública (SFP) inhabilitó por dos años, a la empresa Dacega Corporation, S.A. De C.V, distribuidora de equipos médicos.

De acuerdo con la circular publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría ordenó a las dependencias del gobierno federal, estados y empresas productivas del Estado no celebrar contratos con dicha empresa.

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"Deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, con dicha empresa, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de dos años", se lee en la circular.

Asimismo se expone que las entidades federativas y los municipios interesados tendrán que cumplir con lo señalado en la circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.

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Manifestó que, en caso de que el día que se cumpla el plazo de la inhabilitación, la empresa no haya pagado la multa impuesta, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente de la misma, sin que sea necesaria la publicación de algún otro comunicado.

Por lo que dijo que los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la empresa infractora, "no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular".

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