/ martes 29 de diciembre de 2020

TEPJF ordena al Instituto Electoral de BCS incluir a indígenas y afroamericanos en comicios de 2021

Hilario Santiago y Margarita Vázquez consideran que las acciones no garantizan los derechos de participación y representación política de las personas indígenas y afromexicanas

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur implementar la inclusión de la población indígena y afromexicana en el presente proceso electoral 2020-2021.

Ello luego de que el pasado 12 de octubre, el Consejo General del esa entidad federativa emitiera un acuerdo con diversas modificaciones y adiciones al Reglamento para el registro de candidatas y candidatos a cargos de elección popular, con el cual se vinculó a los partidos políticos para que, entre otras cosas, en la elección de diputaciones postularan en un distrito una fórmula compuesta por personas que se auto adscriban como indígenas, afromexicanas, con discapacidad o jóvenes, así como que incluyeran una fórmula de candidaturas integrada por personas indígenas o afromexicanas en la elección de algún ayuntamiento.

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Tras ese acuerdo, Hilario Rufino Velasco Santiago y Margarita Vázquez Vázquez quienes se ostentaron como indígenas mixtecos y náhuatl, respectivamente, consideraron que las acciones tomadas por Instituto Electoral local no garantizaron los derechos de participación y representación política de las personas indígenas y afromexicanas.

Por lo que acudieron al Tribunal Electoral de Baja California Sur el cual confirmó el acuerdo del Instituto electoral.

Tras no obtener una respuesta a su favor, acudieron a la Sala Regional Guadalajara que confirmó la sentencia del Tribunal local y consideró que los planteamientos que se hacían valer eran ineficaces, porque ya no era posible modificar las reglas para aplicarse en el proceso electoral en curso. Ello, se estimó, porque contravendría el principio de certeza.

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La sentencia de la Sala Regional fue recurrida y, en sesión pública no presencial del día de hoy, las magistradas y los magistrados revocaron la resolución impugnada, considerando que la inclusión de acciones afirmativas no constituye modificaciones fundamentales a las normas rectoras del proceso, por lo que no trastocan el principio de certeza.

Luego, en plenitud de jurisdicción, determinaron modificar la sentencia del Tribunal local, así como el acuerdo emitido por el IEEBCS, al considerar que no se garantizó la participación política, ni la representación de los indígenas y afromexicanos en el proceso electoral en curso.

Por ello, la Sala Superior ordenó al Consejo General del IEEBCS que implemente acciones afirmativas que conforme a sus atribuciones logre la inclusión y garanticen el acceso efectivo a los cargos públicos de la población indígena y afromexicana en esa entidad, medidas que se aplicarán en el presente proceso electoral.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur implementar la inclusión de la población indígena y afromexicana en el presente proceso electoral 2020-2021.

Ello luego de que el pasado 12 de octubre, el Consejo General del esa entidad federativa emitiera un acuerdo con diversas modificaciones y adiciones al Reglamento para el registro de candidatas y candidatos a cargos de elección popular, con el cual se vinculó a los partidos políticos para que, entre otras cosas, en la elección de diputaciones postularan en un distrito una fórmula compuesta por personas que se auto adscriban como indígenas, afromexicanas, con discapacidad o jóvenes, así como que incluyeran una fórmula de candidaturas integrada por personas indígenas o afromexicanas en la elección de algún ayuntamiento.

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Tras ese acuerdo, Hilario Rufino Velasco Santiago y Margarita Vázquez Vázquez quienes se ostentaron como indígenas mixtecos y náhuatl, respectivamente, consideraron que las acciones tomadas por Instituto Electoral local no garantizaron los derechos de participación y representación política de las personas indígenas y afromexicanas.

Por lo que acudieron al Tribunal Electoral de Baja California Sur el cual confirmó el acuerdo del Instituto electoral.

Tras no obtener una respuesta a su favor, acudieron a la Sala Regional Guadalajara que confirmó la sentencia del Tribunal local y consideró que los planteamientos que se hacían valer eran ineficaces, porque ya no era posible modificar las reglas para aplicarse en el proceso electoral en curso. Ello, se estimó, porque contravendría el principio de certeza.

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La sentencia de la Sala Regional fue recurrida y, en sesión pública no presencial del día de hoy, las magistradas y los magistrados revocaron la resolución impugnada, considerando que la inclusión de acciones afirmativas no constituye modificaciones fundamentales a las normas rectoras del proceso, por lo que no trastocan el principio de certeza.

Luego, en plenitud de jurisdicción, determinaron modificar la sentencia del Tribunal local, así como el acuerdo emitido por el IEEBCS, al considerar que no se garantizó la participación política, ni la representación de los indígenas y afromexicanos en el proceso electoral en curso.

Por ello, la Sala Superior ordenó al Consejo General del IEEBCS que implemente acciones afirmativas que conforme a sus atribuciones logre la inclusión y garanticen el acceso efectivo a los cargos públicos de la población indígena y afromexicana en esa entidad, medidas que se aplicarán en el presente proceso electoral.

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