/ miércoles 12 de diciembre de 2018

SIP alerta de censura en Colombia ante colegiación obligatoria para periodistas

Sería un consejo que estudiar y aprobar las solicitudes presentadas por quienes quieran ejercer el periodismo".

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) manifestó sorpresa y desconcierto por la discusión en Colombia de un proyecto de ley que restablecería la colegiación obligatoria de periodistas, figura que hace más de 30 años fue descartada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

De sancionarse el proyecto de Ley 234 que pasó a segundo debate en el Senado tras ser tratado en forma urgente, se crearía un Consejo Profesional que "tendrá la función de estudiar y aprobar las solicitudes presentadas por quienes quieran ejercer el periodismo".

Crea, además, un Consejo Profesional que "tendrá el poder de suspender temporal o, incluso, definitivamente las credenciales de quienes ejerzan la comunicación social, sin mayores criterios y limitaciones".

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La presidenta de la SIP, María Elvira Domínguez, quien dirige al diario El País de Cali, Colombia, manifestó que "esta pretendida ley nos retrotrae a más de tres décadas, cuando la colegiación obligatoria y sus mecanismos eran utilizados por gobiernos y grupos de poder para neutralizar a periodistas incómodos".

Añadió que le preocupa que haya una entidad que pueda decidir qué contenidos y qué líneas editoriales son las adecuadas. "Ese tipo de decisiones fácilmente puede devenir en censura".

El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, Roberto Rock, director del portal mexicano La Silla Rota, recordó que en 1985 la Corte IDH emitió una opinión consultiva en la que declaró "incompatible" la colegiación obligatoria de periodistas con la Convención Americana de Derechos Humanos, específicamente en su Artículo 13 que favorece el acceso de cualquier persona "al uso pleno de los medios de comunicación" ya sea "como vehículo para expresarse o transmitir información".

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Rock agregó que la iniciativa legal "censura de cuajo a nuevas generaciones de informadores que se apoyan en las nuevas tecnologías y en las redes sociales para ejercer sus derechos y libertades a informar y estar informados".

Domínguez y Rock hicieron un llamado público para que se deje de lado esta iniciativa legislativa que discrimina a todos los individuos a la libertad de expresión y viola principios de libertad de prensa.

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La Corte emitió la opinión a petición del gobierno de Costa Rica e intermediación de la SIP, basándose también en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que establece que todo individuo, no solo los periodistas, tienen derecho a la libertad de opinión y de expresión y a ejércelo por cualquier medio de expresión. A partir de la opinión de 1985, la figura de colegiación obligatoria comenzó a extinguirse en la mayoría de países de América Latina.

Domínguez y Rock recordaron que la SIP no se opone a ningún tipo de profesionalización o asociación de periodistas, pero aclarando que siempre debe ser de carácter voluntario, tal como establece el Artículo 8 de la Declaración de Chapultepec: "El carácter colegiado de periodistas, su incorporación a asociaciones profesionales o gremiales y la afiliación de los medios de comunicación a cámaras empresariales, deben ser estrictamente voluntarias".

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) manifestó sorpresa y desconcierto por la discusión en Colombia de un proyecto de ley que restablecería la colegiación obligatoria de periodistas, figura que hace más de 30 años fue descartada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

De sancionarse el proyecto de Ley 234 que pasó a segundo debate en el Senado tras ser tratado en forma urgente, se crearía un Consejo Profesional que "tendrá la función de estudiar y aprobar las solicitudes presentadas por quienes quieran ejercer el periodismo".

Crea, además, un Consejo Profesional que "tendrá el poder de suspender temporal o, incluso, definitivamente las credenciales de quienes ejerzan la comunicación social, sin mayores criterios y limitaciones".

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La presidenta de la SIP, María Elvira Domínguez, quien dirige al diario El País de Cali, Colombia, manifestó que "esta pretendida ley nos retrotrae a más de tres décadas, cuando la colegiación obligatoria y sus mecanismos eran utilizados por gobiernos y grupos de poder para neutralizar a periodistas incómodos".

Añadió que le preocupa que haya una entidad que pueda decidir qué contenidos y qué líneas editoriales son las adecuadas. "Ese tipo de decisiones fácilmente puede devenir en censura".

El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, Roberto Rock, director del portal mexicano La Silla Rota, recordó que en 1985 la Corte IDH emitió una opinión consultiva en la que declaró "incompatible" la colegiación obligatoria de periodistas con la Convención Americana de Derechos Humanos, específicamente en su Artículo 13 que favorece el acceso de cualquier persona "al uso pleno de los medios de comunicación" ya sea "como vehículo para expresarse o transmitir información".

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Rock agregó que la iniciativa legal "censura de cuajo a nuevas generaciones de informadores que se apoyan en las nuevas tecnologías y en las redes sociales para ejercer sus derechos y libertades a informar y estar informados".

Domínguez y Rock hicieron un llamado público para que se deje de lado esta iniciativa legislativa que discrimina a todos los individuos a la libertad de expresión y viola principios de libertad de prensa.

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La Corte emitió la opinión a petición del gobierno de Costa Rica e intermediación de la SIP, basándose también en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que establece que todo individuo, no solo los periodistas, tienen derecho a la libertad de opinión y de expresión y a ejércelo por cualquier medio de expresión. A partir de la opinión de 1985, la figura de colegiación obligatoria comenzó a extinguirse en la mayoría de países de América Latina.

Domínguez y Rock recordaron que la SIP no se opone a ningún tipo de profesionalización o asociación de periodistas, pero aclarando que siempre debe ser de carácter voluntario, tal como establece el Artículo 8 de la Declaración de Chapultepec: "El carácter colegiado de periodistas, su incorporación a asociaciones profesionales o gremiales y la afiliación de los medios de comunicación a cámaras empresariales, deben ser estrictamente voluntarias".

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